Raimundo de Peñafort Nuevo
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Publicado:
Mie Abr 16, 2008 1:56 pm Asunto:
Indicaciones sobre lo que conviene decir o callar
Tema: Indicaciones sobre lo que conviene decir o callar |
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Otro límite: se puede indicar al cliente o a sus testigos lo que conviene que digan u omitan. Ellos sabrán si es verdad o no. Hay cosas que es mejor no saber ni, por tanto, preguntar. Si un testigo te dice que recuerda con certeza algo y luego te interesa que diga lo contrario, si se lo pides, tu conciencia te lo reprochará. Por tanto, es mejor indicar al testigo lo que conviene que diga o calle, y que él decida. Si te obedece y con ello incurre en falso testimonio, recordemos que, para el abogado, el delito y la inmoralidad están en presentar testigos falsos a sabiendas. Si son falsos y el abogado no lo sabe, la conciencia no le acusará de nada. Y no tiene ninguna obligación de cerciorarse sobre si son o no falsas las declaraciones que se indican a clinetes y testigos.
En el fondo, el abogado nunca puede quedarse en una actitud aséptica y formal. Lo que debe hacer es aceptar cuantos más clientes mejor y buscar activamente la victoria de los mismos. Ésta es la conducta a observar por el abogado, intentando, entonces sí, no traspasar los límites más allá de los cuáles la conciencia no le dejará vivir. |
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