Isa-28 Asiduo
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Publicado:
Dom Jun 07, 2009 1:10 am Asunto:
Interesante carta sobre el aborto
Tema: Interesante carta sobre el aborto |
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Hola a todos, aquí os copio y pego una carta que me llegó por e-mail, sobre el aborto. NOTA IMPORTANTE: HE SUPRIMIDO LA FIRMA, POR RESPETO A LA INTIMIDAD DE SU AUTORA.
Cita: | ARTICULO 9
1. LOS CIUDADANOS Y LOS PODERES PUBLICOS ESTAN SUJETOS A LA CONSTITUCION Y AL RESTO DEL ORDENAMIENTO JURIDICO.
2. CORRESPONDE A LOS PODERES PUBLICOS PROMOVER LAS CONDICIONES PARA QUE LA LIBERTAD Y LA IGUALDAD DEL INDIVIDUO Y DE LOS GRUPOS EN QUE SE INTEGRA SEAN REALES Y EFECTIVAS; REMOVER LOS OBSTACULOS QUE IMPIDAN O DIFICULTEN SU PLENITUD Y FACILITAR LA PARTICIPACION DE TODOS LOS CIUDADANOS EN LA VIDA POLITICA, ECONOMICA, CULTURAL Y SOCIAL.
ARTICULO 10
1. LA DIGNIDAD DE LA PERSONA, LOS DERECHOS INVIOLABLES QUE LE SON INHERENTES, EL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD, EL RESPETO A LA LEY Y A LOS DERECHOS DE LOS DEMAS SON FUNDAMENTO DEL ORDEN POLITICO Y DE LA PAZ SOCIAL.
ARTICULO 14
LOS ESPAÑOLES SON IGUALES ANTE LA LEY, SIN QUE PUEDA PREVALECER DISCRIMINACION ALGUNA POR RAZON DE NACIMIENTO, RAZA, SEXO, RELIGION, OPINION O CUALQUIER OTRA CONDICION O CIRCUNSTANCIA PERSONAL O SOCIAL.
ARTICULO 15
TODOS TIENEN DERECHO A LA VIDA Y A LA INTEGRIDAD FISICA Y MORAL, SIN QUE, EN NINGUN CASO, PUEDAN SER SOMETIDOS A TORTURA NI A PENAS O TRATOS INHUMANOS O DEGRADANTES. QUEDA ABOLIDA LA PENA DE MUERTE, SALVO LO QUE PUEDAN DISPONER LAS LEYES PENALES MILITARES PARA TIEMPOS DE GUERRA.
Ante todo he de decir que no suelo pronunciarme sobre si ha de haber o no una Ley de Aborto. Creo que el problema no está en la Ley, sino en si se considera la existencia de vida humana en el feto o no. Tengo mi propia forma de pensar que, en ningún momento, intento imponer a nadie.
A partir de aquí y partiendo de que exista una Ley de aborto, dejo de comprender el razonamiento de los legisladores.
Si se considera que no existe vida hasta transcurrido un determinado tiempo de gestación, no puedo entender una ley de supuestos como la que hemos tenido, ya que eso significaría claramente una discriminación de determinados nasciturus, considerados de segunda categoría ( tontos, malformados, económicamente débiles, de ambientes conflictivos, que pudieran dar lugar a ciudadanos problemáticos, etc.), frente a otros a los que el Estado consideraría de primera categoría por su potencial productividad.
Esta discriminación atenta claramente contra cualquiera de los tres artículos, al principio reseñados, de la Constitución Española y, no nos engañemos, este estilo de pensamiento, el de la raza superior, nos es bien conocido en Europa y se le llamó NAZISMO.
Actualmente, parece que vamos a pasar a una ley de plazos y mi sorpresa es aún mayor cuando se vuelve a discriminar, por los sesudos señores del comité de expertos, entre 14 y 22 semanas en función de si hay peligro para la madre o malformaciones. Ya estamos otra vez con los ciudadanos de segunda categoría.
Pero cuando ya me da vueltas la cabeza es cuando los expertísimos componentes del comité deciden que, si las malformaciones son incompatibles con la vida, no existirá ningún tipo de plazo, es decir el nasciturus, futuro ciudadano de segunda, pasa a no ser nada más que un producto con defectos de fabricación, que no puede pasar el control de calidad y debe ser retirado de la cadena de producción y echarse a la basura.
Pero es que, además, si no hay límite, será porque no lo consideran una vida, en cuyo caso, tampoco lo son los nasciturus sanos y, si me apuran, ningún nacido antes de transcurridas las 24 horas enteramente desprendido del seno materno, que exige el art. 30 del C.C. para que produzca efectos civiles el nacimiento. ¿Qué diferencia hay entre abortar (por llamarlo algo) el día antes de nacer o ahogarlo a las tres horas de nacido?
¿Y quién decide cuando hay incompatibilidad con la vida? ¿Los médicos?, ¿los padres?, ¿el Estado? o ¿quizá el propio malformado que decide vivir dos minutos o dos lustros? Es decir, la incompatibilidad con la vida la decide la muerte y, mientras no se muere, no se es incompatible con la vida. Si no, estaríamos autorizados para ahogar a un niño que al nacer tuviera tan graves lesiones que lo hicieran incompatible con la vida, ¡a qué esperar que muera!
Sí, ya sé, soy una exagerada, pero es que, curiosamente, yo tengo una incompatible con la vida humana de ¡14 años!
Mi hija Sol tiene una trisomía completa del par 18, lo que se llama un Síndrome de Edwards, que los expertos componentes del comité consideran incompatible con la vida humana y me indigna que pretendan que el Estado le niegue la misma protección frente a mis propias decisiones, las de su padre o las de los médicos, que sí les brinda a mis otros dos hijos mayores, sólo porque ellos son guapos y listos.
Mi “incompatible” tiene los mismos derechos que sus hermanos, entre otras cosas, porque, además de no ser una ciudadana de segunda, su vida no es indigna, que es lo que subyace detrás de toda esta hipócrita posición legisladora.
Sí señores legisladores, su vida está llena de dignidad, aunque tenga limitadas sus facultades, lo mismo que tienen dignidad sus hijos “normales” de diez meses o de un año. No empieza a tenerla cuando se desarrolla en su totalidad.
Se prohíbe la aplicación de la pena de muerte en España, en lo que estoy total y absolutamente de acuerdo, por lo que vidas como la del asesino de Mari Luz o los asesinos de Marta del Castillo se consideran dignas de la protección del Estado y, de hecho, se protegen, incluso si toda la sociedad quisiera verlos muertos, pero no se considera digna de protección la vida de mi incompatible si yo no quiero cargar con la molestia que suponga cuidarla.
¡¡¡ Hail Hitler !!!
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Considero esta carta especialmente interesante. ¿Por qué? Pues porque utiliza argumentos no catolicos. Solo tiene como argumentos a la ley y al sentido común. Y resulta muy convincente! Así que puede usarse para argumentar contra abortistas ateos o no catolicos. Por eso animo a que lo difundais. _________________ Nuestro deber es buscar la Verdad, siempre! |
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