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Declaración de nulidad matrimonial

 
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Itzta
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Registrado: 01 Abr 2009
Mensajes: 3

MensajePublicado: Mie Abr 01, 2009 11:38 pm    Asunto: Declaración de nulidad matrimonial
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
Responder citando

Tengo una pregunta. El proceso de anulación o invalidación matrimonial debe estar aprobada por el Vaticano?
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midka
Constante


Registrado: 29 Abr 2008
Mensajes: 748
Ubicación: México

MensajePublicado: Jue Abr 02, 2009 2:11 am    Asunto:
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
Responder citando

Una declaración de nulidad de matrimonio, es un decreto emitido por una autoridad competente de la Iglesia o un acto eclesiástico del Tribunal de la Iglesia, generalmente a nivel diocesano.

El Tribunal de la Iglesia puede conceder la anulación del matrimonio después de una minuciosa investigación de las razones presentadas por la parte actora.

El tribunal que decide los casos tiene su cede generalmente en la diócesis donde vive la parte actora. Para pedir una anulación matrimonial se debe recurrir al sacerdote de la parroquia.
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Miguel Angel Montaño
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Leandro del Santo Rosario
Moderador
Moderador


Registrado: 24 Mar 2006
Mensajes: 3567
Ubicación: Buenos Aires, Argentina.

MensajePublicado: Jue Abr 02, 2009 2:26 am    Asunto:
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
Responder citando

Esto es importante: un matrimonio no se anula, eso es imposible. El hombre no puede separar lo que Dios ha unido. Lo que sí se puede hacer es declarar la nulidad, que es sustancialmente distinto. Es decir, se declara que nunca existió el matrimonio, que es nulo. No anulación, sino declaración de nulidad.
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Itzta
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Registrado: 01 Abr 2009
Mensajes: 3

MensajePublicado: Jue Abr 02, 2009 4:05 am    Asunto:
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
Responder citando

Entonces solo a nivel diocesano? Es decir que luego de las respetivas investigaciones, que me imagino son validadas por una autoridad eclasiástica, puede ser decisiva por un tribunal de la iglesia sin notificar al Vaticano?
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midka
Constante


Registrado: 29 Abr 2008
Mensajes: 748
Ubicación: México

MensajePublicado: Jue Abr 02, 2009 8:38 pm    Asunto:
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
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Si existe una notificación al Vaticano a manera de aviso.
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Miguel Angel Montaño
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enrique_ellena
Asiduo


Registrado: 13 Dic 2007
Mensajes: 395
Ubicación: Argentina

MensajePublicado: Jue Abr 02, 2009 10:51 pm    Asunto:
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
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Hola Itzta: Veámoslo por parte: La Iglesia lo que hace es declarar que el matrimonio al momento del Sacramento no existió, de esta manera surge la nulidad del matrimonio, no la anulación ni cualquier nombre que muchas veces le damos por error.

El proceso de nulidad matrimonial se inicia en el Tribunal Eclesiástico de la Diócesis que corresponde a la pareja, quien dictamina si es o no nulo ese matrimonio, conforme lo establece el Código de Derecho Canónico, (La ley de la iglesia) en los cánones correspondientes al matrimonio a partir del Canon 1045 en adelante.

Este fallo es sometido a una segunda revisión por otro tribunal mayor, si los resultados fueran diferentes el juicio es elevado al Tribunal de Roma, la Rota Romana donde se falla de manera inapelable. Cualquier acto de la iglesia, dentro de sus estructuras tiene sus procesos y sus regimenes a los que se debe ajustar y se actúa de acuerdo a lo que sus estructuras tiene previsto, por eso no se puede decir si el Tribunal local informa o no a Roma. En estos casos en particular son informados a la Santa Sede, como parte de la norma vigente, pero su valor no esta en ello, es algo que podríamos decir o comparar con los Sacramentos son validos por el acto en si mismo y no cambia las cosas por el tramite que se haga.
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Ayúdame Señor a servirte en mis hermanos
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Itzta
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Registrado: 01 Abr 2009
Mensajes: 3

MensajePublicado: Vie Abr 03, 2009 6:27 pm    Asunto:
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
Responder citando

enrique_ellena escribió:
Hola Itzta: Veámoslo por parte: La Iglesia lo que hace es declarar que el matrimonio al momento del Sacramento no existió, de esta manera surge la nulidad del matrimonio, no la anulación ni cualquier nombre que muchas veces le damos por error.

El proceso de nulidad matrimonial se inicia en el Tribunal Eclesiástico de la Diócesis que corresponde a la pareja, quien dictamina si es o no nulo ese matrimonio, conforme lo establece el Código de Derecho Canónico, (La ley de la iglesia) en los cánones correspondientes al matrimonio a partir del Canon 1045 en adelante.

Este fallo es sometido a una segunda revisión por otro tribunal mayor, si los resultados fueran diferentes el juicio es elevado al Tribunal de Roma, la Rota Romana donde se falla de manera inapelable. Cualquier acto de la iglesia, dentro de sus estructuras tiene sus procesos y sus regimenes a los que se debe ajustar y se actúa de acuerdo a lo que sus estructuras tiene previsto, por eso no se puede decir si el Tribunal local informa o no a Roma. En estos casos en particular son informados a la Santa Sede, como parte de la norma vigente, pero su valor no esta en ello, es algo que podríamos decir o comparar con los Sacramentos son validos por el acto en si mismo y no cambia las cosas por el tramite que se haga.


Está mucho más claro. Muchas gracias Enrique.

Gracias a todos.
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pelicano
Moderador
Moderador


Registrado: 11 Abr 2007
Mensajes: 4019
Ubicación: Tierra Santa

MensajePublicado: Sab Abr 04, 2009 8:51 am    Asunto: Re: Anulación / invalidación matrimonial
Tema: Declaración de nulidad matrimonial
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Itzta escribió:
Tengo una pregunta. El proceso de anulación o invalidación matrimonial debe estar aprobada por el Vaticano?


Fuente: corazones.org

Una anulación, o mas propiamente, una declaración de nulidad de matrimonio, es un decreto emitido por una autoridad competente de la Iglesia o un acto eclesiástico del Tribunal de la Iglesia, generalmente a nivel diocesano.

Nadie, tampoco la Iglesia, puede poner fin al sacramento matrimonial que haya sido válidamente contraído. Pero la Iglesia reconoce que hay matrimonios que, aunque se celebraron con un rito en la iglesia, no adquirieron carácter sacramental porque faltó un elemento esencial del matrimonio. Cuando se le pide hacer justicia para clarificar estos casos la Iglesia, como madre, ejerce su autoridad en un proceso jurídico.

La Iglesia tiene obligación de ser fiel a la enseñanza de Cristo sobre la indisolubilidad del matrimonio (Cf. Mt 19,6), por eso defiende el lazo matrimonial hasta que no se pruebe que es nulo. La anulación no pone fin a un matrimonio sacramental, mas bien declara que nunca existió como sacramento, aunque se haya celebrado el rito del matrimonio.

No se niega que haya habido una unión conyugal ni cesan las obligaciones naturales y civilies. El tribunal se limita a juzgar si el matrimonio en el principio fue válido como sacramento. Puede haberse celebrado una boda en la Iglesia, haber tenido hijos y sin embargo no ser un sacramento.

El Tribunal de la Iglesia puede conceder la anulación del matrimonio después de una minuciosa investigación de las razones presentadas por la parte actora (la que presenta la petición). Durante la investigación, el tribunal se comunica con ambas partes para escuchar sus argumentos. Entre las razones que pueden llevar a la anulación:

* Falta de procedimiento canónico si una parte es católica y requiere ser casada en presencia de un sacerdote, diácono u obispo.
* La existencia de un impedimento que no se puede dispensar. (ejemplo matrimonio entre hermanos)
* La presencia de una intención contraria al matrimonio en el momento de la boda.
* La presencia de un factor psicológico que a uno o a los dos le haya impedido hacer un compromiso en conciencia.
* La incapacidad de asumir las responsabilidades fundamentales del matrimonio.
* El uso de la fuerza o el engaño para llevar a uno o a los dos al matrimonio.

El tribunal que decide los casos tiene su cede generalmente en la diócesis donde vive la parte actora.

Para pedir una anulación matrimonial se debe recurrir al sacerdote de la parroquia.

¿Pueden darse injusticias en estos procedimientos?. Si, pueden darse porque la anulación es un ejercicio de la autoridad no infalible de la Iglesia. El Papa ha reconocido este peligro. Pero con más frecuencia cometen injusticia los que juzgan la decisión eclesiástica y se convierten ellos mismos en jueces sin que Dios los haya instituido.

Dios les Bendiga
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