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La destrucción de las palabras es algo muy hermoso

 
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Beatriz
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Registrado: 01 Oct 2005
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MensajePublicado: Mie May 24, 2006 5:11 am    Asunto: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

"La destrucción de las palabras es algo muy hermoso"


El Boletín Oficial del Estado, en España, acaba de publicar una orden del Ministerio de justicia sobre la "imprescindible adaptación terminológica" que se practicará en los registros civiles de matrimonio y familia. El cambio es una consecuencia de la reciente modificación del Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio, que permite que éste "sea celebrado entre personas del mismo o distinto sexo, con plenitud e igualdad de derechos y obligaciones cualquiera que sea su composición".

De este modo, "para certificar la inscripción de los matrimonios contraidos por personas del mismo sexo" se sustituirá la expresión "marido" y "mujer" por la de "cónyuge A" y "cónyuge B"... La expresión "padre" se sustituirá por la de "progenitor A" y la expresión "madre" por la de "progenitor B". (clicar gráficos para ampliar).

Es inevitable que tal disposición (ver texto completo en el BOE) no me haya producido un escalofrío. Recuerda demasiado a la tarea del "Ministerio de la Verdad" y a sus esfuerzos por construir la neolengua, magistralmente descritos por George Orwell en su obra "1984". Cambiar las palabras para cambiar el mundo. Un pasaje de la novela ayuda a refrescar la memoria sobre esta inquietante actividad:

-¿Cómo va el Diccionario? -preguntó Winston, levantando la voz para vencer el ruido.
-Va despacio -contestó Syme-. Estoy con los adjetivos. Es fascinante. [...]
-La undécima edición es la definitiva -dijo-. Estamos dando al lenguaje su forma final, la forma que tendrá cuando nadie hable otra cosa. Cuando hayamos terminado, la gente como tú tendrá que volver a aprenderlo. Me parece que crees que nuestra tarea fundamental es inventar nuevas palabras. Pues nada de eso. Estamos destruyendo palabras, cantidades ingentes, cientos de ellas cada día. Estamos dejando el lenguaje en los huesos. La undécima edición no contendrá ni una sola palabra que pueda quedarse anticuada antes del 2050. [...] La destrucción de las palabras es algo muy hermoso.

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confuso
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MensajePublicado: Mie May 24, 2006 6:07 am    Asunto: Re: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Beatriz escribió:
"La destrucción de las palabras es algo muy hermoso"


El Boletín Oficial del Estado, en España, acaba de publicar una orden del Ministerio de justicia sobre la "imprescindible adaptación terminológica" que se practicará en los registros civiles de matrimonio y familia. El cambio es una consecuencia de la reciente modificación del Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio, que permite que éste "sea celebrado entre personas del mismo o distinto sexo, con plenitud e igualdad de derechos y obligaciones cualquiera que sea su composición".

De este modo, "para certificar la inscripción de los matrimonios contraidos por personas del mismo sexo" se sustituirá la expresión "marido" y "mujer" por la de "cónyuge A" y "cónyuge B"... La expresión "padre" se sustituirá por la de "progenitor A" y la expresión "madre" por la de "progenitor B". (clicar gráficos para ampliar).

Es inevitable que tal disposición (ver texto completo en el BOE) no me haya producido un escalofrío. Recuerda demasiado a la tarea del "Ministerio de la Verdad" y a sus esfuerzos por construir la neolengua, magistralmente descritos por George Orwell en su obra "1984". Cambiar las palabras para cambiar el mundo. Un pasaje de la novela ayuda a refrescar la memoria sobre esta inquietante actividad:

-¿Cómo va el Diccionario? -preguntó Winston, levantando la voz para vencer el ruido.
-Va despacio -contestó Syme-. Estoy con los adjetivos. Es fascinante. [...]
-La undécima edición es la definitiva -dijo-. Estamos dando al lenguaje su forma final, la forma que tendrá cuando nadie hable otra cosa. Cuando hayamos terminado, la gente como tú tendrá que volver a aprenderlo. Me parece que crees que nuestra tarea fundamental es inventar nuevas palabras. Pues nada de eso. Estamos destruyendo palabras, cantidades ingentes, cientos de ellas cada día. Estamos dejando el lenguaje en los huesos. La undécima edición no contendrá ni una sola palabra que pueda quedarse anticuada antes del 2050. [...] La destrucción de las palabras es algo muy hermoso.

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Beatriz, como sabras el Boletín Oficial del Estado, no es ninguna Biblia, ni Diccionario, es simplemente un canon social, es decir, lo que allí se defina no tiene caracter moral ni filosofico ni menos linguistico, es simplemente un conjunto de normas y leyes sociales, ya te digo. No entiendo porke te sabe mal que sea asi, yo no acepto el matrimonio homosexual cristiano, pero si el civil.. k tendria k tener otra palabra porke sino se confunde con el tradicoonal cristiano? OK puede ser ese es otro tema, pero es justo k ellos puedan tener los mismos derechos k la sociedad, excepto el tema de la adopcion de niños, hay el tema yo no lo tengo claro, muchos estan en contra y otros no, mi razon para no tenerlo claro es k yo no soy psicopedagogo y no se como puede afectar el k un niño sea adoptado por homosexuales, muchos de los k estan en contra o a favor creen ser pedagogos y opinar..pero yo humildemente no lo voy ha hacer.
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Beatriz
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MensajePublicado: Vie May 26, 2006 6:38 am    Asunto: Re: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

confuso escribió:
Beatriz escribió:
"La destrucción de las palabras es algo muy hermoso"


El Boletín Oficial del Estado, en España, acaba de publicar una orden del Ministerio de justicia sobre la "imprescindible adaptación terminológica" que se practicará en los registros civiles de matrimonio y familia. El cambio es una consecuencia de la reciente modificación del Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio, que permite que éste "sea celebrado entre personas del mismo o distinto sexo, con plenitud e igualdad de derechos y obligaciones cualquiera que sea su composición".

De este modo, "para certificar la inscripción de los matrimonios contraidos por personas del mismo sexo" se sustituirá la expresión "marido" y "mujer" por la de "cónyuge A" y "cónyuge B"... La expresión "padre" se sustituirá por la de "progenitor A" y la expresión "madre" por la de "progenitor B". (clicar gráficos para ampliar).

Es inevitable que tal disposición (ver texto completo en el BOE) no me haya producido un escalofrío. Recuerda demasiado a la tarea del "Ministerio de la Verdad" y a sus esfuerzos por construir la neolengua, magistralmente descritos por George Orwell en su obra "1984". Cambiar las palabras para cambiar el mundo. Un pasaje de la novela ayuda a refrescar la memoria sobre esta inquietante actividad:

-¿Cómo va el Diccionario? -preguntó Winston, levantando la voz para vencer el ruido.
-Va despacio -contestó Syme-. Estoy con los adjetivos. Es fascinante. [...]
-La undécima edición es la definitiva -dijo-. Estamos dando al lenguaje su forma final, la forma que tendrá cuando nadie hable otra cosa. Cuando hayamos terminado, la gente como tú tendrá que volver a aprenderlo. Me parece que crees que nuestra tarea fundamental es inventar nuevas palabras. Pues nada de eso. Estamos destruyendo palabras, cantidades ingentes, cientos de ellas cada día. Estamos dejando el lenguaje en los huesos. La undécima edición no contendrá ni una sola palabra que pueda quedarse anticuada antes del 2050. [...] La destrucción de las palabras es algo muy hermoso.

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Beatriz, como sabras el Boletín Oficial del Estado, no es ninguna Biblia, ni Diccionario, es simplemente un canon social, es decir, lo que allí se defina no tiene caracter moral ni filosofico ni menos linguistico, es simplemente un conjunto de normas y leyes sociales, ya te digo. No entiendo porke te sabe mal que sea asi, yo no acepto el matrimonio homosexual cristiano, pero si el civil.. k tendria k tener otra palabra porke sino se confunde con el tradicoonal cristiano? OK puede ser ese es otro tema, pero es justo k ellos puedan tener los mismos derechos k la sociedad, excepto el tema de la adopcion de niños, hay el tema yo no lo tengo claro, muchos estan en contra y otros no, mi razon para no tenerlo claro es k yo no soy psicopedagogo y no se como puede afectar el k un niño sea adoptado por homosexuales, muchos de los k estan en contra o a favor creen ser pedagogos y opinar..pero yo humildemente no lo voy ha hacer.



Hermanito, este artículo publicado aqui

http://foros.catholic.net/viewtopic.php?p=99140#99140

te responde por qué no es bueno seguir las tendencias de matrimonios gay y adopción de niños que hay en Europa.

Dios te bendiga
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confuso
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MensajePublicado: Dom May 28, 2006 1:22 am    Asunto: Re: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Editado por faltar a la regla de la caridad.[/b]
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Beatriz
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 4:39 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE

CONSIDERACIONES
ACERCA DE LOS PROYECTOS
DE RECONOCIMIENTO LEGAL
DE LAS UNIONES
ENTRE PERSONAS HOMOSEXUALES



INTRODUCCIÓN

1. Recientemente, el Santo Padre Juan Pablo II y los Dicasterios competentes de la Santa Sede (1) han tratado en distintas ocasiones cuestiones concernientes a la homosexualidad. Se trata, en efecto, de un fenómeno moral y social inquietante, incluso en aquellos Países donde no es relevante desde el punto de vista del ordenamiento jurídico. Pero se hace más preocupante en los Países en los que ya se ha concedido o se tiene la intención de conceder reconocimiento legal a las uniones homosexuales, que, en algunos casos, incluye también la habilitación para la adopción de hijos. Las presentes Consideraciones no contienen nuevos elementos doctrinales, sino que pretenden recordar los puntos esenciales inherentes al problema y presentar algunas argumentaciones de carácter racional, útiles para la elaboración de pronunciamientos más específicos por parte de los Obispos, según las situaciones particulares en las diferentes regiones del mundo, para proteger y promover la dignidad del matrimonio, fundamento de la familia, y la solidez de la sociedad, de la cual esta institución es parte constitutiva. Las presentes Consideraciones tienen también como fin iluminar la actividad de los políticos católicos, a quienes se indican las líneas de conducta coherentes con la conciencia cristiana para cuando se encuentren ante proyectos de ley concernientes a este problema.(2) Puesto que es una materia que atañe a la ley moral natural, las siguientes Consideraciones se proponen no solamente a los creyentes sino también a todas las personas comprometidas en la promoción y la defensa del bien común de la sociedad.



I. NATURALEZA Y CARACTERÍSTICAS
IRRENUNCIABLES DEL MATRIMONIO

2. La enseñanza de la Iglesia sobre el matrimonio y la complementariedad de los sexos repropone una verdad puesta en evidencia por la recta razón y reconocida como tal por todas las grandes culturas del mundo. El matrimonio no es una unión cualquiera entre personas humanas. Ha sido fundado por el Creador, que lo ha dotado de una naturaleza propia, propiedades esenciales y finalidades.(3) Ninguna ideología puede cancelar del espíritu humano la certeza de que el matrimonio en realidad existe únicamente entre dos personas de sexo opuesto, que por medio de la recíproca donación personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus personas. Así se perfeccionan mutuamente para colaborar con Dios en la generación y educación de nuevas vidas.

3. La verdad natural sobre el matrimonio ha sido confirmada por la Revelación contenida en las narraciones bíblicas de la creación, expresión también de la sabiduría humana originaria, en la que se deja escuchar la voz de la naturaleza misma. Según el libro del Génesis, tres son los datos fundamentales del designo del Creador sobre el matrimonio.

En primer lugar, el hombre, imagen de Dios, ha sido creado « varón y hembra » (Gn 1, 27). El hombre y la mujer son iguales en cuanto personas y complementarios en cuanto varón y hembra. Por un lado, la sexualidad forma parte de la esfera biológica y, por el otro, ha sido elevada en la criatura humana a un nuevo nivel, personal, donde se unen cuerpo y espíritu.

El matrimonio, además, ha sido instituido por el Creador como una forma de vida en la que se realiza aquella comunión de personas que implica el ejercicio de la facultad sexual. « Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre y se unirá a su mujer, y se harán una sola carne » (Gn 2, 24).

En fin, Dios ha querido donar a la unión del hombre y la mujer una participación especial en su obra creadora. Por eso ha bendecido al hombre y la mujer con las palabras: « Sed fecundos y multiplicaos » (Gn 1, 2Cool. En el designio del Creador complementariedad de los sexos y fecundidad pertenecen, por lo tanto, a la naturaleza misma de la institución del matrimonio.

Además, la unión matrimonial entre el hombre y la mujer ha sido elevada por Cristo a la dignidad de sacramento. La Iglesia enseña que el matrimonio cristiano es signo eficaz de la alianza entre Cristo y la Iglesia (cf. Ef 5, 32). Este significado cristiano del matrimonio, lejos de disminuir el valor profundamente humano de la unión matrimonial entre el hombre la mujer, lo confirma y refuerza (cf. Mt 19, 3-12; Mc 10, 6-9).

4. No existe ningún fundamento para asimilar o establecer analogías, ni siquiera remotas, entre las uniones homosexuales y el designio de Dios sobre el matrimonio y la familia. El matrimonio es santo, mientras que las relaciones homosexuales contrastan con la ley moral natural. Los actos homosexuales, en efecto, « cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso ».(4)

En la Sagrada Escritura las relaciones homosexuales « están condenadas como graves depravaciones... (cf. Rm 1, 24-27; 1 Cor 6, 10; 1 Tim 1, 10). Este juicio de la Escritura no permite concluir que todos los que padecen esta anomalía sean personalmente responsables de ella; pero atestigua que los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados ».(5) El mismo juicio moral se encuentra en muchos escritores eclesiásticos de los primeros siglos,(6) y ha sido unánimemente aceptado por la Tradición católica.

Sin embargo, según la enseñanza de la Iglesia, los hombres y mujeres con tendencias homosexuales « deben ser acogidos con respeto, compasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de discriminación injusta ».(7) Tales personas están llamadas, como los demás cristianos, a vivir la castidad.(Cool Pero la inclinación homosexual es « objetivamente desordenada »,(9) y las prácticas homosexuales « son pecados gravemente contrarios a la castidad ».(10)



II. ACTITUDES ANTE EL PROBLEMA
DE LAS UNIONES HOMOSEXUALES

5. Con respecto al fenómeno actual de las uniones homosexuales, las autoridades civiles asumen actitudes diferentes: A veces se limitan a la tolerancia del fenómeno; en otras ocasiones promueven el reconocimiento legal de tales uniones, con el pretexto de evitar, en relación a algunos derechos, la discriminación de quien convive con una persona del mismo sexo; en algunos casos favorecen incluso la equivalencia legal de las uniones homosexuales al matrimonio propiamente dicho, sin excluir el reconocimiento de la capacidad jurídica a la adopción de hijos.

Allí donde el Estado asume una actitud de tolerancia de hecho, sin implicar la existencia de una ley que explícitamente conceda un reconocimiento legal a tales formas de vida, es necesario discernir correctamente los diversos aspectos del problema. La conciencia moral exige ser testigo, en toda ocasión, de la verdad moral integral, a la cual se oponen tanto la aprobación de las relaciones homosexuales como la injusta discriminación de las personas homosexuales. Por eso, es útil hacer intervenciones discretas y prudentes, cuyo contenido podría ser, por ejemplo, el siguiente: Desenmascarar el uso instrumental o ideológico que se puede hacer de esa tolerancia; afirmar claramente el carácter inmoral de este tipo de uniones; recordar al Estado la necesidad de contener el fenómeno dentro de límites que no pongan en peligro el tejido de la moralidad pública y, sobre todo, que no expongan a las nuevas generaciones a una concepción errónea de la sexualidad y del matrimonio, que las dejaría indefensas y contribuiría, además, a la difusión del fenómeno mismo. A quienes, a partir de esta tolerancia, quieren proceder a la legitimación de derechos específicos para las personas homosexuales conviventes, es necesario recordar que la tolerancia del mal es muy diferente a su aprobación o legalización.

Ante el reconocimiento legal de las uniones homosexuales, o la equiparación legal de éstas al matrimonio con acceso a los derechos propios del mismo, es necesario oponerse en forma clara e incisiva. Hay que abstenerse de cualquier tipo de cooperación formal a la promulgación o aplicación de leyes tan gravemente injustas, y asimismo, en cuanto sea posible, de la cooperación material en el plano aplicativo. En esta materia cada cual puede reivindicar el derecho a la objeción de conciencia.



III. ARGUMENTACIONES RACIONALES
CONTRA EL RECONOCIMIENTO LEGAL
DE LAS UNIONES HOMOSEXUALES

6. La comprensión de los motivos que inspiran la necesidad de oponerse a las instancias que buscan la legalización de las uniones homosexuales requiere algunas consideraciones éticas específicas, que son de diferentes órdenes.

De orden racional

La función de la ley civil es ciertamente más limitada que la de la ley moral,(11) pero aquélla no puede entrar en contradicción con la recta razón sin perder la fuerza de obligar en conciencia.(12) Toda ley propuesta por los hombres tiene razón de ley en cuanto es conforme con la ley moral natural, reconocida por la recta razón, y respeta los derechos inalienables de cada persona.(13) Las legislaciones favorables a las uniones homosexuales son contrarias a la recta razón porque confieren garantías jurídicas análogas a las de la institución matrimonial a la unión entre personas del mismo sexo. Considerando los valores en juego, el Estado no puede legalizar estas uniones sin faltar al deber de promover y tutelar una institución esencial para el bien común como es el matrimonio.

Se podría preguntar cómo puede contrariar al bien común una ley que no impone ningún comportamiento en particular, sino que se limita a hacer legal una realidad de hecho que no implica, aparentemente, una injusticia hacia nadie. En este sentido es necesario reflexionar ante todo sobre la diferencia entre comportamiento homosexual como fenómeno privado y el mismo como comportamiento público, legalmente previsto, aprobado y convertido en una de las instituciones del ordenamiento jurídico. El segundo fenómeno no sólo es más grave sino también de alcance más vasto y profundo, pues podría comportar modificaciones contrarias al bien común de toda la organización social. Las leyes civiles son principios estructurantes de la vida del hombre en sociedad, para bien o para mal. Ellas « desempeñan un papel muy importante y a veces determinante en la promoción de una mentalidad y de unas costumbres ».(14) Las formas de vida y los modelos en ellas expresados no solamente configuran externamente la vida social, sino que tienden a modificar en las nuevas generaciones la comprensión y la valoración de los comportamientos. La legalización de las uniones homosexuales estaría destinada por lo tanto a causar el obscurecimiento de la percepción de algunos valores morales fundamentales y la desvalorización de la institución matrimonial.

De orden biológico y antropológico

7. En las uniones homosexuales están completamente ausentes los elementos biológicos y antropológicos del matrimonio y de la familia que podrían fundar razonablemente el reconocimiento legal de tales uniones. Éstas no están en condiciones de asegurar adecuadamente la procreación y la supervivencia de la especie humana. El recurrir eventualmente a los medios puestos a disposición por los recientes descubrimientos en el campo de la fecundación artificial, además de implicar graves faltas de respeto a la dignidad humana,(15) no cambiaría en absoluto su carácter inadecuado.

En las uniones homosexuales está además completamente ausente la dimensión conyugal, que representa la forma humana y ordenada de las relaciones sexuales. Éstas, en efecto, son humanas cuando y en cuanto expresan y promueven la ayuda mutua de los sexos en el matrimonio y quedan abiertas a la transmisión de la vida.

Como demuestra la experiencia, la ausencia de la bipolaridad sexual crea obstáculos al desarrollo normal de los niños eventualmente integrados en estas uniones. A éstos les falta la experiencia de la maternidad o de la paternidad. La integración de niños en las uniones homosexuales a través de la adopción significa someterlos de hecho a violencias de distintos órdenes, aprovechándose de la débil condición de los pequeños, para introducirlos en ambientes que no favorecen su pleno desarrollo humano. Ciertamente tal práctica sería gravemente inmoral y se pondría en abierta contradicción con el principio, reconocido también por la Convención Internacional de la ONU sobre los Derechos del Niño, según el cual el interés superior que en todo caso hay que proteger es el del infante, la parte más débil e indefensa.

De orden social

8. La sociedad debe su supervivencia a la familia fundada sobre el matrimonio. La consecuencia inevitable del reconocimiento legal de las uniones homosexuales es la redefinición del matrimonio, que se convierte en una institución que, en su esencia legalmente reconocida, pierde la referencia esencial a los factores ligados a la heterosexualidad, tales como la tarea procreativa y educativa. Si desde el punto de vista legal, el casamiento entre dos personas de sexo diferente fuese sólo considerado como uno de los matrimonios posibles, el concepto de matrimonio sufriría un cambio radical, con grave detrimento del bien común. Poniendo la unión homosexual en un plano jurídico análogo al del matrimonio o la familia, el Estado actúa arbitrariamente y entra en contradicción con sus propios deberes.

Para sostener la legalización de las uniones homosexuales no puede invocarse el principio del respeto y la no discriminación de las personas. Distinguir entre personas o negarle a alguien un reconocimiento legal o un servicio social es efectivamente inaceptable sólo si se opone a la justicia.(16) No atribuir el estatus social y jurídico de matrimonio a formas de vida que no son ni pueden ser matrimoniales no se opone a la justicia, sino que, por el contrario, es requerido por ésta.

Tampoco el principio de la justa autonomía personal puede ser razonablemente invocado. Una cosa es que cada ciudadano pueda desarrollar libremente actividades de su interés y que tales actividades entren genéricamente en los derechos civiles comunes de libertad, y otra muy diferente es que actividades que no representan una contribución significativa o positiva para el desarrollo de la persona y de la sociedad puedan recibir del estado un reconocimiento legal específico y cualificado. Las uniones homosexuales no cumplen ni siquiera en sentido analógico remoto las tareas por las cuales el matrimonio y la familia merecen un reconocimiento específico y cualificado. Por el contrario, hay suficientes razones para afirmar que tales uniones son nocivas para el recto desarrollo de la sociedad humana, sobre todo si aumentase su incidencia efectiva en el tejido social.

De orden jurídico

9. Dado que las parejas matrimoniales cumplen el papel de garantizar el orden de la procreación y son por lo tanto de eminente interés público, el derecho civil les confiere un reconocimiento institucional. Las uniones homosexuales, por el contrario, no exigen una específica atención por parte del ordenamiento jurídico, porque no cumplen dicho papel para el bien común.

Es falso el argumento según el cual la legalización de las uniones homosexuales sería necesaria para evitar que los convivientes, por el simple hecho de su convivencia homosexual, pierdan el efectivo reconocimiento de los derechos comunes que tienen en cuanto personas y ciudadanos. En realidad, como todos los ciudadanos, también ellos, gracias a su autonomía privada, pueden siempre recurrir al derecho común para obtener la tutela de situaciones jurídicas de interés recíproco. Por el contrario, constituye una grave injusticia sacrificar el bien común y el derecho de la familia con el fin de obtener bienes que pueden y deben ser garantizados por vías que no dañen a la generalidad del cuerpo social.(17)



IV. COMPORTAMIENTO
DE LOS POLÍTICOS CATÓLICOS
ANTE LEGISLACIONES FAVORABLES
A LAS UNIONES HOMOSEXUALES

10. Si todos los fieles están obligados a oponerse al reconocimiento legal de las uniones homosexuales, los políticos católicos lo están en modo especial, según la responsabilidad que les es propia. Ante proyectos de ley a favor de las uniones homosexuales se deben tener en cuenta las siguientes indicaciones éticas.

En el caso de que en una Asamblea legislativa se proponga por primera vez un proyecto de ley a favor de la legalización de las uniones homosexuales, el parlamentario católico tiene el deber moral de expresar clara y públicamente su desacuerdo y votar contra el proyecto de ley. Conceder el sufragio del propio voto a un texto legislativo tan nocivo del bien común de la sociedad es un acto gravemente inmoral.

En caso de que el parlamentario católico se encuentre en presencia de una ley ya en vigor favorable a las uniones homosexuales, debe oponerse a ella por los medios que le sean posibles, dejando pública constancia de su desacuerdo; se trata de cumplir con el deber de dar testimonio de la verdad. Si no fuese posible abrogar completamente una ley de este tipo, el parlamentario católico, recordando las indicaciones dadas en la Encíclica Evangelium Vitæ, « puede lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública », con la condición de que sea « clara y notoria a todos » su « personal absoluta oposición » a leyes semejantes y se haya evitado el peligro de escándalo.(1Cool Eso no significa que en esta materia una ley más restrictiva pueda ser considerada como una ley justa o siquiera aceptable; se trata de una tentativa legítima, impulsada por el deber moral, de abrogar al menos parcialmente una ley injusta cuando la abrogación total no es por el momento posible.



CONCLUSIÓN

11. La Iglesia enseña que el respeto hacia las personas homosexuales no puede en modo alguno llevar a la aprobación del comportamiento homosexual ni a la legalización de las uniones homosexuales. El bien común exige que las leyes reconozcan, favorezcan y protejan la unión matrimonial como base de la familia, célula primaria de la sociedad. Reconocer legalmente las uniones homosexuales o equipararlas al matrimonio, significaría no solamente aprobar un comportamiento desviado y convertirlo en un modelo para la sociedad actual, sino también ofuscar valores fundamentales que pertenecen al patrimonio común de la humanidad. La Iglesia no puede dejar de defender tales valores, para el bien de los hombres y de toda la sociedad.

El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 28 de marzo de 2003, ha aprobado las presentes Consideraciones, decididas en la Sesión Ordinaria de la misma, y ha ordenado su publicación.

Dado en Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 3 de junio de 2003, memoria de San Carlos Lwanga y Compañeros, mártires.

Joseph Card. Ratzinger
Prefecto

Angelo Amato, S.D.B.
Arzobispo titular de Sila
Secretario


--------------------------------------------------------------------------------

(1) Cf. Juan Pablo II, Alocución con ocasión del rezo del Angelus, 20 de febrero de 1994 y 19 de junio de 1994; Discurso a los participantes en la Asamblea Plenaria del Pontificio Consejo para la Familia, 24 de marzo de 1999; Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 2357-2359, 2396; Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Persona humana, 29 de diciembre de 1975, n. 8; Carta sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, 1 de octubre de 1986; Algunas consideraciones concernientes a la Respuesta a propuestas de ley sobre la no discriminación de las personas homosexuales, 24 de julio de 1992; Pontificio Consejo para la Familia, Carta a los Presidentes de las Conferencias Episcopales de Europa sobre la resolución del Parlamento Europeo en relación a las parejas de homosexuales, 25 de marzo de 1994; Familia, matrimonio y « uniones de hecho », 26 de julio de 2000, n. 23.

(2) Cf. Congregación para la Doctrina de la Fe, Nota doctrinal sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política, 24 de noviembre de 2002, n. 4.

(3) Cf. Concilio Vaticano II, Constitución pastoral Gaudium et spes, n. 48.

(4) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2357.

(5) Congregación para la Doctrina de la Fe, Declaración Persona humana, 29 de diciembre de 1975, n. 8.

(6) Cf. por ejemplo S. Policarpo, Carta a los Filipenses, V, 3; S. Justino, Primera Apología, 27, 1-4; Atenágoras, Súplica por los cristianos, 34.

(7) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2358; Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, 1 de octubre de 1986, n. 12.

(Cool Cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2359; Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta sobre la atención pastoral a las personas homosexuales, 1 de octubre de 1986, n. 12.

(9) Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2358.

(10) Cf. Ibid., n. 2396.

(11) Cf. Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, 25 de marzo de 1995, n. 71.

(12) Cf. ibid., n. 72.

(13) Cf. Sto. Tomás de Aquino, Summa Theologiæ, I-II, p. 95, a. 2.

(14) Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, 25 de marzo de 1995, n. 90.

(15) Congregación para la Doctrina de la Fe, Instrucción Donum vitæ, 22 de febrero de 1987, II. A. 1-3.

(16) Cf. Sto. Tomás de Aquino, Summa Theologiæ, II-II, p. 63, a.1, c.

(17) No hay que olvidar que subsiste siempre « el peligro de que una legislación que haga de la homosexualidad una base para poseer derechos pueda estimular de hecho a una persona con tendencia homosexual a declarar su homosexualidad, o incluso a buscar un partner con el objeto de aprovecharse de las disposiciones de la ley » (Congregación para la Doctrina de la Fe, Algunas consideraciones concernientes a la Respuesta a propuestas de ley sobre la no discriminación de las personas homosexuales, 24 de julio de 1992, n. 14).

(1Cool Juan Pablo II, Carta Encíclica Evangelium vitæ, 25 de marzo de 1995, n. 73.
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Luis Arturo Huerta
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 5:11 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Beatríz:

Creo que casi todos estamos de acuerdo con que se violan los derechos de los niños al dejarlos ser adoptados por homosexuales.

Con todo y todo yo tengo algunas dudas:

Los homosexuales como ciudadanos adultos deciden su estilo de vida; y el hecho de que escojan una pareja de su mismo sexo los pone en desventaja para asuntos como herencias, pensiones, seguro social, seguro de vida, etc.

¿Que deberíamos hacer?

¿Seguir creyendolos enfermos mentales, y rezar mucho para que se curen?, ¿darles derecho a una unión (como una asociación o algo así); pero sin que se llame matrimonio?

Creo que hay pasos intermedios, pero cada cosa que vallan ganando los va a ir acercando a la igualdad jurídica con el matrimonio.

Aunque tampoco creo que debamos de seguir tratandolos como antes, y mientras que no se compruebe que es una enfermedad, y que se puede curar no tenemos derecho a juzgarlos.

Bueno, ¿que será lo mejor?
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Luis Arturo Huerta
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 5:22 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Otro punto:

¿Que pasa con una mujer que decide ser madre soltera?

Igualmente está condenando a su hijo a una familia "no normal"
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Beatriz
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 6:42 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Luis Arturo Huerta escribió:
Beatríz:

Creo que casi todos estamos de acuerdo con que se violan los derechos de los niños al dejarlos ser adoptados por homosexuales.

Con todo y todo yo tengo algunas dudas:

Los homosexuales como ciudadanos adultos deciden su estilo de vida; y el hecho de que escojan una pareja de su mismo sexo los pone en desventaja para asuntos como herencias, pensiones, seguro social, seguro de vida, etc.

¿Que deberíamos hacer?

¿Seguir creyendolos enfermos mentales, y rezar mucho para que se curen?, ¿darles derecho a una unión (como una asociación o algo así); pero sin que se llame matrimonio?

Creo que hay pasos intermedios, pero cada cosa que vallan ganando los va a ir acercando a la igualdad jurídica con el matrimonio.

Aunque tampoco creo que debamos de seguir tratandolos como antes, y mientras que no se compruebe que es una enfermedad, y que se puede curar no tenemos derecho a juzgarlos.

Bueno, ¿que será lo mejor?


Hermanito, no se como será en tu país pero en el mío (América del Sur)un homosexual puede heredar, puede recibir pensión de jubilación, puede estar asegurado y recibir todos los beneficios del seguro social y pueden acceder a un seguro de vida.

Dios te bendiga
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Beatriz
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 6:51 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
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De repente lo que me has querido decir es que en una unión entre homosexuales, en caso de muerte de uno el otro no hereda sus bienes, o en caso de separación, no recibe el 50% de sus bienes?

Bueno, para eso están los abogados que saben hacer muy buenos contratos y muy bien pueden firmar ambos un contrato que diga que el otro es heredero de sus bienes o en caso de separación el otro se queda con el 50% de los bienes.

Si una persona ama verdaderamente a otra se preocupa 'en vida' de no dejarla desamparada y hay muchas formas de hacerlo: una casa, un terreno, una joya, una cuenta bancaria, etc., etc., etc.
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Beatriz
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 7:00 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Luis Arturo Huerta escribió:
Otro punto:

¿Que pasa con una mujer que decide ser madre soltera?

Igualmente está condenando a su hijo a una familia "no normal"


Es recomendable siempre que los niños tengan la figura paterna y al no tenerla buscarla en un tío, hermano y hasta en un sacerdote si no hubiera nadie de confianza.

Dios te bendiga
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Javi Becerra
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 7:40 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Beatriz escribió:
De repente lo que me has querido decir es que en una unión entre homosexuales, en caso de muerte de uno el otro no hereda sus bienes, o en caso de separación, no recibe el 50% de sus bienes?

Bueno, para eso están los abogados que saben hacer muy buenos contratos y muy bien pueden firmar ambos un contrato que diga que el otro es heredero de sus bienes o en caso de separación el otro se queda con el 50% de los bienes.

Si una persona ama verdaderamente a otra se preocupa 'en vida' de no dejarla desamparada y hay muchas formas de hacerlo: una casa, un terreno, una joya, una cuenta bancaria, etc., etc., etc.



Es algo más complicado que firmar un contrato ( = ¿unirse legalmente?), pues, al menos en España, dos personas que vivan juntas han de demostrar a posteriori, si ocurre algo desgraciado, que han vivido juntos y embarcarse en un largo proceso legal, se trate o no de homosexuales. Pueden darse situaciones tan extrañas como en la que uno/una miembro de la pareja no pueda autorizar u oponerse a una intervención quirúrgica.

Y le pido que me informe, Beatriz, acerca de qué país sudamericano provee que un homosexual puede heredar de su pareja, puede recibir la pensión de jubilación de su pareja y puede estar asegurado y recibir todos los beneficios del seguro social de su pareja. Me gustaría saber cómo lo ha regulado para comparar con lo que se ha hecho aquí en España. Gracias de antemano.

Creo que no se hace mal en regular estas situaciones. Puede discutirse el modo o el contenido de la normativa, e incluso sus intenciones últimas, pero es necesario regular.

Gracias.
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Luis Arturo Huerta
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 12:48 pm    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Beatriz escribió:


Hermanito, no se como será en tu país pero en el mío (América del Sur)un homosexual puede heredar, puede recibir pensión de jubilación, puede estar asegurado y recibir todos los beneficios del seguro social y pueden acceder a un seguro de vida.

Dios te bendiga


Yo estoy en México, y no estoy muy informado, pero en el Distrito Federal está gobernando un partido de izquierda, que ha estado promoviendo la legislación de éstas uniones y los puntos que antes mencioné fueron los que me hicieron pensar que están en desventaja legal. No creo que su unión sea igual a un matrimonio, pero existen y son ciudadanos con derechos, no debemos marginarlos.
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Beatriz
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MensajePublicado: Lun May 29, 2006 8:33 pm    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

Javi Becerra escribió:
Beatriz escribió:
De repente lo que me has querido decir es que en una unión entre homosexuales, en caso de muerte de uno el otro no hereda sus bienes, o en caso de separación, no recibe el 50% de sus bienes?

Bueno, para eso están los abogados que saben hacer muy buenos contratos y muy bien pueden firmar ambos un contrato que diga que el otro es heredero de sus bienes o en caso de separación el otro se queda con el 50% de los bienes.

Si una persona ama verdaderamente a otra se preocupa 'en vida' de no dejarla desamparada y hay muchas formas de hacerlo: una casa, un terreno, una joya, una cuenta bancaria, etc., etc., etc.



Es algo más complicado que firmar un contrato ( = ¿unirse legalmente?), pues, al menos en España, dos personas que vivan juntas han de demostrar a posteriori, si ocurre algo desgraciado, que han vivido juntos y embarcarse en un largo proceso legal, se trate o no de homosexuales. Pueden darse situaciones tan extrañas como en la que uno/una miembro de la pareja no pueda autorizar u oponerse a una intervención quirúrgica.

Y le pido que me informe, Beatriz, acerca de qué país sudamericano provee que un homosexual puede heredar de su pareja, puede recibir la pensión de jubilación de su pareja y puede estar asegurado y recibir todos los beneficios del seguro social de su pareja. Me gustaría saber cómo lo ha regulado para comparar con lo que se ha hecho aquí en España. Gracias de antemano.


Javi, no es necesario que me trates de Ud. En un primer momento no entendí el custionamiento de Luis Arturo. Pensé que me decia que un homosexual no podía heredar de sus padres, etc., recibir la pensión de jubilación por sus años de servicio, y recibir los beneficios del seguro social al que tiene derecho por los descuentos de su salario. Por eso luego le dije:

[quote]De repente lo que me has querido decir es que en una unión entre homosexuales, en caso de muerte de uno el otro no hereda sus bienes, o en caso de separación, no recibe el 50% de sus bienes?
quote]

En el Perú existe una ley (Art. 326 del Código Civil) donde la conviviente (no-casada) tiene los mismos derechos de una mujer casada, pero tiene que comprobar que han vivido por un lapso no inferior a 2 años bajo el mismo techo y no es dificil comprobarlo, con un escrito y testigos es suficiente.

"El Art. 326 del Código Civil, en concordancia con el Art. 5 de la Constitución de 1993, condiciona la aplicación de las normas del régimen de sociedad de gananciales a la comunidad de bienes originada de una unión de hecho, a que haya durado por lo menos dos años continuos. Cumplido el plazo señalado se aplicarán las reglas de sociedad de gananciales; lo que no importa una conversión de la comunidad de bienes en sociedad de gananciales.

La Unión de Hecho termina por:
1. La muerte de uno de los convivientes o por su declaración de ausencia,
2. Por mutuo acuerdo o por decisión unilateral de uno de ellos.

Producido el fenecimiento por cualquiera de estas causas, debe liquidarse la comunidad de bienes de acuerdo a las normas del régimen de sociedad de gananciales."


Cita:
Creo que no se hace mal en regular estas situaciones. Puede discutirse el modo o el contenido de la normativa, e incluso sus intenciones últimas, pero es necesario regular.

Gracias.


Si lo que se busca es proteger los derechos de las parejas en las uniones homosexuales para evitar abusos, creo que se les podría dar los mismos beneficios que cuenta una conviviente, no es necesario llamarlo matrimonio porque creo firmemente que la Iglesia tiene razón, Dios creó el matrimonio entre hombre y mujer, a la unión entre dos hombres o entre dos mujeres no se le puede llamar matrimonio.

Sobre leyes para las uniones homosexuales aún no se ha dado ninguna en el Perú pero de darse el caso me parece que seria bueno tomar como ejemplo el Art. 326 del Código Civil, que sin estar casada la conviviente tiene los mismos derechos de una mujer casada y mira que benigna es la ley que con solo dos años de convivencia ya tiene sus derechos asegurados.l

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Beatriz
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MensajePublicado: Mar May 30, 2006 4:19 am    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
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Maryluz escribió:
Dije cinco años y son solo dos.

Copie este articulo sobre la legislacion mexicana:

Hay que tener presente que vivimos en constantes cambios por lo que el derecho se va ajustando de acuerdo a las necesidades sociales, las leyes se van reformando día con día. Hay que recordar que en el Distrito Federal la Asamblea Legislativa llevó a cabo reformas en materia familiar como es el caso de la inclusión del concubinato en un apartado dentro del Código Civil para el Distrito Federal, que en su artículo 291 Bis dispone:


"La concubina y el concubinario tienen derechos y obligaciones recíprocos, siempre que, sin impedimentos legales para contraer matrimonio, han vivido en común en forma constante y permanente por un período mínimo de dos años que precedan inmediatamente a la generación de derechos y obligaciones a los que alude este capítulo.
El concubinato, como se ha afirmado en la doctrina, se da por la cohabitación permanente entre un hombre y una mujer solteros que trae consecuencias jurídicas, es decir, derechos y obligaciones.
No es necesario el transcurso del período mencionado cuando, reunidos los demás requisitos, tengan un hijo en común.
Si con una misma persona se establecen varias uniones del tipo antes descrito, en ninguna reputará concubinato. Quien haya actuado de buena fe podrá demandar del otro una indemnización por daños y perjuicios¨.


Es importante hacer mención que el concubinato concede derechos alimentarios y sucesorios al igual que a un cónyuge en el caso del matrimonio, y que tanto el concubinato como el matrimonio que haya cesado tendrá derecho a alimentos conforme a los requisitos que señala el mismo código.


Al mencionar el artículo citado que la concubina y el concubinario hayan vivido de manera permanente es de interpretarse que dicha unión no debe ser pasajera, pues al igual que el matrimonio esa permanencia es importante en la relación jurídica, incluso en una relación familiar. Dicha permanencia de dos años puede ser menor cuando tengan un hijo en común pues aquí lo que se busca es mantener la familia y no la desintegración.


Es de hacer notar que en México existen muchos casos de unión libre, por tal motivo, a pesar de que estaba legislado el concubinato en distintos apartados del Código Civil para el Distrito Federal no se había regulado de manera específica como es el caso actual.


El Código Civil para el Distrito Federal anteriormente establecía, en su artículo 1635, como derecho para heredar, el plazo de cinco años o haber tenido hijos en común, situación que daba más permanencia al ser un período de tiempo más largo o al haber tenido hijos y no solo uno como se regula actualmente.


Muchas veces las personas al obligarse frente a un Juez del Registro Civil, como es el caso del matrimonio, piensan que adquieren mayores responsabilidades que el concubinato, pero con esta reforma se vienen a reafirmar obligaciones para la concubina o el concubinario, que ya se regulaban algunas en distintos apartados del Código Civil para el Distrito Federal. Hay que tener presente que los hijos nacidos de concubinato son hijos legítimos; el parentesco por afinidad también se contrae en concubinato; al igual que en el matrimonio el derecho hereditario también se da en el concubinato.


No hay que olvidar que el concubinato también ya se encontraba regulado en la Ley Federal del Trabajo, para recibir indemnización por la muerte del trabajador por riesgo profesional y en la Ley del Seguro Social en caso de muerte del asegurado, por riesgo profesional, o por invalidez y las pensiones de viudez en caso de que el concubino falleciere.


Integrar una familia no es cosa fácil, pues como ya lo he mencionado se adquieren muchas obligaciones, pero también se tienen muchos derechos y satisfacciones. La familia es importante pues es el núcleo de la sociedad, además de que con la familia la persona se desarrolla plenamente, no tener una familia con los años afecta ya que la persona se queda sola y la sociedad sin familia se desintegra. De alguna manera el legislador al legislar sobre el concubinato, buscó el núcleo familiar a través de dicha figura jurídica y responsabilizar a las personas que viven en unión libre, por eso al decir: ¨... siempre que sin impedimentos legales para contraer matrimonio...¨ la asemeja al matrimonio.


Saludos


Gracias Mil Maryluz por tu aporte!

Estamos viendo que en el Perú y en México NO ES NECESARIO ESTAR CASADO para tener los derechos que le corresponden a un cónyuge.

Entonces, si algun día nos dicen que hay que proteger los derechos en las uniones homosexuales les podemos contestar que NO ES NECESARIO ESTAR CASADO PARA QUE SE LES RECONOZCA, si es que lo que se busca es protegerlos de abusos como es el caso en el concubinato heterosexual.

Se pueden conseguir ambas cosas:

- defender el matrimonio entre hombre y mujer como Dios manda
- y darle los mismos derechos a una pareja homosexual para evitar abusos.
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Juan José Ramonfaur Royo
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MensajePublicado: Mie May 31, 2006 12:27 am    Asunto: Re: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
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confuso escribió:
Beatriz escribió:
"La destrucción de las palabras es algo muy hermoso"


El Boletín Oficial del Estado, en España, acaba de publicar una orden del Ministerio de justicia sobre la "imprescindible adaptación terminológica" que se practicará en los registros civiles de matrimonio y familia. El cambio es una consecuencia de la reciente modificación del Código civil en materia de derecho a contraer matrimonio, que permite que éste "sea celebrado entre personas del mismo o distinto sexo, con plenitud e igualdad de derechos y obligaciones cualquiera que sea su composición".

De este modo, "para certificar la inscripción de los matrimonios contraidos por personas del mismo sexo" se sustituirá la expresión "marido" y "mujer" por la de "cónyuge A" y "cónyuge B"... La expresión "padre" se sustituirá por la de "progenitor A" y la expresión "madre" por la de "progenitor B". (clicar gráficos para ampliar).

Es inevitable que tal disposición (ver texto completo en el BOE) no me haya producido un escalofrío. Recuerda demasiado a la tarea del "Ministerio de la Verdad" y a sus esfuerzos por construir la neolengua, magistralmente descritos por George Orwell en su obra "1984". Cambiar las palabras para cambiar el mundo. Un pasaje de la novela ayuda a refrescar la memoria sobre esta inquietante actividad:

-¿Cómo va el Diccionario? -preguntó Winston, levantando la voz para vencer el ruido.
-Va despacio -contestó Syme-. Estoy con los adjetivos. Es fascinante. [...]
-La undécima edición es la definitiva -dijo-. Estamos dando al lenguaje su forma final, la forma que tendrá cuando nadie hable otra cosa. Cuando hayamos terminado, la gente como tú tendrá que volver a aprenderlo. Me parece que crees que nuestra tarea fundamental es inventar nuevas palabras. Pues nada de eso. Estamos destruyendo palabras, cantidades ingentes, cientos de ellas cada día. Estamos dejando el lenguaje en los huesos. La undécima edición no contendrá ni una sola palabra que pueda quedarse anticuada antes del 2050. [...] La destrucción de las palabras es algo muy hermoso.

La Iglesia en la prensa
On Catholic Church, Journalism & More


Beatriz, como sabras el Boletín Oficial del Estado, no es ninguna Biblia, ni Diccionario, es simplemente un canon social, es decir, lo que allí se defina no tiene caracter moral ni filosofico ni menos linguistico, es simplemente un conjunto de normas y leyes sociales, ya te digo. No entiendo porke te sabe mal que sea asi, yo no acepto el matrimonio homosexual cristiano, pero si el civil.. k tendria k tener otra palabra porke sino se confunde con el tradicoonal cristiano? OK puede ser ese es otro tema, pero es justo k ellos puedan tener los mismos derechos k la sociedad, excepto el tema de la adopcion de niños, hay el tema yo no lo tengo claro, muchos estan en contra y otros no, mi razon para no tenerlo claro es k yo no soy psicopedagogo y no se como puede afectar el k un niño sea adoptado por homosexuales, muchos de los k estan en contra o a favor creen ser pedagogos y opinar..pero yo humildemente no lo voy ha hacer.


Confuso, el torcer el significado de las palabras claro que tiene conotaciones filosoficas, morales, etc porque ocultan o desvirtuan la verdad de lo que significan pero lo que mas me extraña es esa doble careta que tienes ante una misma realidad es decir aceptas la union homosexual desde el punto de vista civil pero no cristiano mi pregunta es porque? porque esa dualidad en el actuar?

Que Dios los bendiga ....
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Beatriz
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MensajePublicado: Mie May 31, 2006 2:53 pm    Asunto:
Tema: La destrucción de las palabras es algo muy hermoso
Responder citando

"La Neo-lengua"

Ese sería un buen título para un artículo sobre este problema, porque es un problema con consecuencias futuras. Como dice este artículo "cambiar las palabras para cambiar el mundo"

Antes:
Padre y Madre

Ahora:
Progenitor A - Progenitor B

Antes:
Marido y Mujer

Ahora:
Cónyuge A - Cónyuge B

Antes:
Sexo

Ahora:
Género



Dentro de poco seguramente alguien reclamará por qué los "toilet" en Cines, Centros Comerciales, oficinas, etc., están divididos en "damas" y "caballeros".

Como muy acertadamente dice Juan José el cambio de las palabras "tiene connotaciones filosóficas, morales, etc porque ocultan o desvirtuan la verdad "
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