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Solo para personas Divorciadas
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Catholic.net
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Registrado: 23 Sep 2005
Mensajes: 1144

MensajePublicado: Jue Ene 25, 2007 8:50 am    Asunto:
Tema: Solo para personas Divorciadas
Responder citando

El P. Fernando me ha mandado este texto, complementando sabiamente mi explicación, para que este tema quede aclarado perfectamente.

P. Fernando escribió:
Ya hice consultas con padres especialistas (dos canonistas, un teólogo moral y un especialista en el sacramento del matrimonio) y quería presentarle este texto para que sustituyese el que puso Catholic net en http://www.foros.catholic.net/viewtopic.php?t=20932&start=60

La propuesta de nuevo texto es esta:

1a. Los que están divorciados porque quisieron y lograron destruir su matrimonio, y no se han vuelto a casar. Estas personas habrían cometido un pecado grave (siempre que se haya dado plena advertencia y deliberado consentimiento de los actos que les llevaron a romper su matrimonio, y hayan, de esta forma, actuado con desprecio hacia el sacramento), y por ello, aunque no se hayan vuelto a casar, no deberían comulgar, a no ser que se arrepientan y pidan perdón en la confesión. Una vez perdonadas, si no es posible que se reúnan los esposos, de todas maneras están llamados a vivir en castidad, y pueden confesarse y comulgar según las condiciones que se exigen a todo bautizado.


1b. Los que están divorciados sin buscarlo ni quererlo y haciendo todo el esfuerzo por salvar su matrimonio fueron víctimas de un abandono injusto y el divorcio civil fue su única salida para asegurar sus derechos. Estas personas no buscaron el divorcio, ni han pensado en el adulterio. Aceptaron el divorcio civil porque no les quedaba otro remedio.
Una persona en esta situación, como afirma el Catecismo (n. 2386), “no contradice el precepto moral”, es decir, no comete pecado mientras viva en castidad. Puede comulgar y confesarse según las condiciones que se exigen a todo bautizado.

2. Los divorciados vueltos a casar. En cualquier caso, un “divorciado” (sólo ante la ley civil, pues ante Dios, el vínculo continúa) no puede volver a casarse. Si lo hace, se pone en una situación continua de pecado grave que le impide el acceso a la comunión. Para recibir la absolución, debe arrepentirse, lo cual incluye el propósito de romper la nueva unión, o si no puede, por causa de obligaciones contraídas (hacia los hijos que se hayan tenido en la nueva unión, por ejemplo), abstenerse de relaciones conyugales. Si ha sido absuelto de esta manera y desea recibir la comunión, debería acudir a lugares donde no se produzca escándalo. Cf. Juan Pablo II, “Familiaris consortio” n. 84, y Declaración del Pontificio consejo para los textos legislativos, “Sobre la admisión a la sagrada comunión de los fieles divorciados que se han vuelto a casar” http://www.archivalencia.org/document/santasede/textos_legislativos/20000624_comuniondivorciados.htm

¡Muchas gracias!

P. Fernando


Gracias, P. Fernando.
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Johanna
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Registrado: 19 Nov 2005
Mensajes: 77

MensajePublicado: Jue Ene 25, 2007 2:46 pm    Asunto:
Tema: Solo para personas Divorciadas
Responder citando

Gracias Padre Fernando.
Es clarisimo que en el primer punto que Ud señala, destruir un matrimonio es una falta muy grave, y no solo para el esposo, creo que un padre que interviene en el matrimonio de un hijo para destruirlo, tambien esta cometiendo una falta muy grave, y ya no se diga un tercero que interviene como complice de un adulterio, creo que estaria cometiendo muchos pecados.
Pero, como Ud. nos enseña, pueden obtener el perdon si se arrepienten y se confiesan.
Como nos enseña Ud. en es segundo punto, el esposo que sufre el divorcio, que, en muchos casos es el que lo promueve para salvaguardar su integridad, por haber llegado las cosas a un limite, no comete pecado mientras viva en castidad.
Creo que ahora si queda claro.
Gracias nuevamente !
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Juan Pablo !!
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*Primavera
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Mensajes: 2918
Ubicación: España

MensajePublicado: Jue Ene 25, 2007 3:39 pm    Asunto:
Tema: Solo para personas Divorciadas
Responder citando

Amados todos en Cristo:

Creo FIELMENTE en el documento del actual Papa Benedicto XVI, (Joseph Card. Ratzinger. Prefecto)

Y doy las gracias a Josepmaria por esta NECESARIA aportación, para SABER LA VERDAD de las personas divorciadas.

¡Muchas gracias!

Como también doy las gracias al P. Fernando, por su bondad y solicitud en buscar la verdad.

Yo, quiero salvarme. Quiero ser santa. Y para eso, necesito de la verdad. No quiero jugar con Dios y NUESTRO AMOR.

No temo a la verdad; temo a pecar e irme al Infierno, por falta de amor, de mi parte a Dios.

No vivimos para nosotros;vivimos, por y para Aquel que nos ha creado.

Nadie puede darse la vida a si mismo. Pues, si vivimos, es porque Dios ASÍ LO DECIDIO.

Decididamente, MI VIDA ES PARA DIOS.

Nada me importa. Solo Amar al Amado.

A los divorciados les pido, que por favor, ACUDAN A LA SANTA MADRE IGLESIA: ¡¡Jamás nos abandona Dios!! Y actua a través de Ella. Porque es Suya.

Es fácil; es GRATIS. Es ir al obispado y pedir al Tribunal Eclesiástico, que OS AYUDE.

¿Es tán dificil de hacer?

Por Dios.

Es un acto de amor. De fe. De obras de fe.

Si se ama a Dios hay que vivir como Dios nos pide: SIN PECADOS.

Estoy segura de que Dios ayuda SIEMPRE. Pero hay algo que no hace; y es obligarnos a obedecer a la Santa Iglesia: Eso, tenemos que hacerlo nosotros libremente.

¿Tanto cuesta ir al Tribunal Eclesiastico y pedir ayuda?

Yo lo hice y recibí ayuda de la Santa Iglesia; a pesar de algunos eclesiasticos (que pedian dinero) y de varios laicos (que van de santos). ¡¡Dios gana siempre!!

Pero para ganar hay que luchar. Si no se lucha: NO HAY VICTORIA.

¡¡Viva la Santa Madre Iglesia Católica!!

¡¡Viva el Papa!!

¡¡Viva Cristo Rey y María Reina!!

¡Dios es maravilloso!

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MensajePublicado: Jue Ene 25, 2007 4:51 pm    Asunto:
Tema: Solo para personas Divorciadas
Responder citando

Josepmaría, citando al Card Ratzinger escribió:
4. Para los fieles que permanecen en esa situación matrimonial, el acceso a la Comunión eucarística sólo se abre por medio de la absolución sacramental, que puede ser concedida «únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, -como, por ejemplo, la educación de los hijos- no pueden cumplir la obligación de la separación, "asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos"». En este caso ellos pueden acceder a la Comunión eucarística, permaneciendo firme sin embargo la obligación de evitar el escándalo.


P. Fernando escribió:
2. Los divorciados vueltos a casar. En cualquier caso, un “divorciado” (sólo ante la ley civil, pues ante Dios, el vínculo continúa) no puede volver a casarse. Si lo hace, se pone en una situación continua de pecado grave que le impide el acceso a la comunión. Para recibir la absolución, debe arrepentirse, lo cual incluye el propósito de romper la nueva unión, o si no puede, por causa de obligaciones contraídas (hacia los hijos que se hayan tenido en la nueva unión, por ejemplo), abstenerse de relaciones conyugales. Si ha sido absuelto de esta manera y desea recibir la comunión, debería acudir a lugares donde no se produzca escándalo. Cf. Juan Pablo II, “Familiaris consortio” n. 84, y Declaración del Pontificio consejo para los textos legislativos, “Sobre la admisión a la sagrada comunión de los fieles divorciados que se han vuelto a casar” http://www.archivalencia.org/document/santasede/textos_legislativos/20000624_comuniondivorciados.htm


Ambas aportaciones dicen exactamente lo mismo:

1. Que un divorciado vuelto a casar comete un pecado gravísimo y queda fuera de la posibilidad de comulgar mientras permanezca en ese estado.

2. Que el acceso a la comunión eucarística a los divorciados vueltos a casar, sólo puede ser concedida mediante la absolución sacramental, y sólo si se cumple con las siguientes condiciones:
a) que estén arrepentidos y con el propósito firme de acabar con su unión ilícita.
b) que si no pueden acabar con esa nueva unión (por los hijos) vivan en perfecta continencia, absteniéndose de realizar los actos propios de los esposos.

En este caso ellos pueden acceder a la Comunión eucarística, permaneciendo firme sin embargo la obligación de evitar el escándalo.

Muchas gracias, P. Fernando. Muchas gracias, Josepmaría.
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