Foros de discusión de Catholic.net :: Ver tema - La indulgencias
Foros de discusión
El lugar de encuentro de los católicos en la red
Ir a Catholic.net


Importante: Estos foros fueron cerrados en julio de 2009, y se conservan únicamente como banco de datos de todas las participaciones, si usted quiere participar en los nuevos foros solo de click aquí.


La indulgencias

 
Publicar nuevo tema   Responder al tema    Foros de discusión -> Temas Controvertidos de la fe y la moral
Ver tema anterior :: Ver tema siguiente  
Autor Mensaje
Montse*
Veterano


Registrado: 02 Oct 2005
Mensajes: 1020

MensajePublicado: Lun Abr 02, 2007 6:45 pm    Asunto: La indulgencias
Tema: La indulgencias
Responder citando

La bendición que da el Papa en la misa de Pascua, en este caso es la que toca el domingo que viene, sirve de indulgencia plenaria.

¿Qué hay que hacer para ganarla?

- Confesarse dentro de los 7 días que hay antes del domingo de Pascua o confesarse dentro de los 7 días que hay después del domingo de Pascua

- Comulgar

- Rezar para el Papa y sus intenciones, rezar un Padre Nuestro, un Avemaría y un Gloria o un rosario, lo que se quiera, como si se quiere rezar una jaculatoria.

- Recibir la bendición que da el Papa al final de la misa, estando presente en el momento en que el Papa la da, puede ser o por radio o por televisión, el hecho es recibirla cuando la da en directo, no sirve la grabación de la misa. Cuando la da el Papa, quien la recibe se arrodilla y se santigua y ya está, ya está recibida la bendición Very Happy

_________________
Montse*

http://www.diosjesustehabla.com
http://www.gloriapolo.com/video.html
http://www.catholicosonline.com
http://www.oracionmundial.com
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado Enviar email MSN Messenger
Montse*
Veterano


Registrado: 02 Oct 2005
Mensajes: 1020

MensajePublicado: Lun Abr 02, 2007 6:45 pm    Asunto:
Tema: La indulgencias
Responder citando

http://www.ideasrapidas.org/indulgencias.htm


A. Las indulgencias en general
B. Indulgencias plenarias.
C. Indulgencias parciales

A. LAS INDULGENCIAS EN GENERAL

1. ¿Dónde situamos las indulgencias? Las indulgencias están relacionadas con la confesión, los pecados, la redención y la comunión de los santos.

2. ¿En qué estado queda un hombre al pecar? Una persona que comete un pecado adquiere obviamente la condición de pecador, se aleja del Señor y queda más inclinado al mal. Además, la justicia reclama una reparación, llamada también pena, expiación o penitencia.

3. ¿Cómo cambia la situación al confesarse? La confesión borra la culpa del pecado, -la condición actual de pecador-, y también perdona parte de la penitencia que debía realizarse, aunque queda en el alma una señal o cualidad de que ha sido pecador y debe repararlo. Esto que falta por expiar se purifica mediante los sufrimientos y buenas obras de esta vida, con las penas del purgatorio, y mediante las indulgencias.

4. ¿Qué son las indulgencias? Digamos dos definiciones:

Brevemente: indulgencia es la supresión de la pena debida por los pecados que la Iglesia otorga a quien realice determinadas acciones.
La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos. (cfr. Mt 16, 19).

5. ¿Las indulgencias pueden aplicarse a los difuntos? Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en la tierra. Algunas indulgencias sólo pueden aplicarse a los difuntos; por ejemplo, rezando por ellos en un cementerio se consigue una indulgencia parcial, que será plenaria si se hace los días 1 al 8 de noviembre (una cada día).
6. Tipos de indulgencias: Las indulgencias se agrupan en dos clases:

Indulgencias plenarias: borran todo resto de pecado dejando el alma dispuesta para entrar inmediatamente en el cielo.
Indulgencias parciales: borran parte de la pena que los pecados cometidos reclaman.

B. INDULGENCIAS PLENARIAS

1. Condiciones para conseguir una indulgencia plenaria: Esta indulgencia tiene un valor muy grande y requiere varias condiciones:

Los mismos requisitos que en las indulgencias parciales:
. realizar la acción que la Iglesia premia con esta indulgencia.
. estar en gracia de Dios antes de acabar la obra premiada.
. tener intención al menos general de ganar la indulgencia.
Sólo se puede ganar una indulgencia plenaria cada día.
Tener la disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial.
Confesarse, al menos veinte días antes o después de realizar la acción premiada (sin olvidar que hay que estar en gracia de Dios antes de acabar la acción). Una misma confesión puede servir para ganar varias indulgencias plenarias.
Comulgar, en ese mismo periodo de tiempo.
Rezar por las intenciones del Papa un Padrenuestro y un Avemaría, u otras oraciones. Debe hacerse también en esos días.
2. ¿Qué acciones están premiadas con indulgencia plenaria? Cualquier día se puede obtener una indulgencia plenaria en estos casos:
Adoración a la Eucaristía durante media hora.
Realización del Via Crucis recorriendo las catorce estaciones erigidas meditando la Pasión del Señor.
Rezo del santo Rosario (5 misterios seguidos) en una iglesia, o en familia, o acompañado de otros.
Lectura o audición de la Sagrada escritura durante media hora.
3. Indulgencias plenarias en circunstancias especiales.- En determinadas ocasiones pueden ganarse indulgencias plenarias. Por ejemplo:
En el momento de la muerte a quien hubiere rezado algo durante su vida (es muy consolador). En este caso no se precisa la confesión, ni la comunión, ni la oración por el Papa; pero es necesario estar bien dispuesto: en gracia de Dios, rechazando cualquier pecado, y habiendo deseado alguna vez ganar esta indulgencia.
Rezar un padrenuestro y un credo en un santuario o basílica (se concede una vez al año por santuario; santuario es una iglesia con muchos peregrinos, aprobada como santuario por el Obispo correspondiente).
Recibir la bendición papal Urbi et Orbi (o escucharla por radio o televisión, en directo).
Realizar ejercicios espirituales de al menos tres días completos.
Asistir a una primera Comunión.
4. Indulgencias plenarias en fechas especiales.- Hay varios días al año donde se pueden conseguir indulgencias plenarias, con algunas condiciones. Por ejemplo:
31 de diciembre: recitando solemnemente un "Te Deum" en una iglesia, dando gracias a Dios por los beneficios recibidos el último año.
1 de enero: recitando solemnemente el "Veni Creator" en una iglesia.
Los viernes de Cuaresma: después de comulgar, rezando ante un crucifijo la oración "Miradme o mi amado y buen Jesús".
En los oficios de Semana Santa:
. jueves santo: recitando el "Tantum ergo" durante la exposición que sigue a la Misa.
. viernes santo: asistiendo a los oficios.
. sábado santo: renovando las promesas bautismales en la Vigilia Pascual.
Pentecostés: recitando solemnemente el "Veni Creator" en una iglesia.
Corpus Christi: participando en la procesión eucarística (dentro o fuera de la iglesia).
2 Agosto: rezando un padrenuestro y un credo en la catedral o parroquia.
5. Indulgencias plenarias particulares.- Muchas instituciones gozan de indulgencias en determinados días del año, coincidiendo normalmente con fechas o santos propios. Hay un caso especialmente interesante, pues quienes llevan el escapulario del Carmen se unen a la familia carmelita y pueden ganar indulgencia plenaria el día en que le imponen el escapulario y los siguientes días:
16 de mayo (San Simón Stock).
16 de julio (Virgen del Carmen).
20 de julio (San Elías Profeta).
1 de octubre (Santa Teresa de Lisieux).
15 de octubre (Santa Teresa de Jesús).
14 de noviembre (Todos los Santos Carmelitas).
14 de diciembre (San Juan de la Cruz).
C. INDULGENCIAS PARCIALES
1. Condiciones para conseguir una indulgencia parcial: Cada día pueden ganarse muchas indulgencias parciales, con cumplir sólo tres condiciones: estar en gracia de Dios, realizar las obras que la Iglesia premia con esa indulgencia, y tener intención al menos general de ganar la indulgencia.

2. ¿Qué premios aportan las indulgencias parciales? Las indulgencias parciales proporcionan una remisión de la pena del mismo valor que el otorgado por esa misma acción. Dicho de otro modo: en las indulgencias parciales, la Iglesia duplica el mérito de esas acciones.

3. Oraciones premiadas con indulgencia parcial. Digamos unas cuantas (todas ellas deben rezarse piadosamente, como es lógico):

El Angelus, el Magnificat, la Salve, el Acordaos, las Letanías u otras oraciones marianas aprobadas. Lo mismo a san José o al propio ángel custodio. También con el Credo.
rezar con devoción filial por el Papa una oración aprobada.
rezar agradecido la oración por los benefactores.
rezar antes y después de comer una oración aprobada de súplica y de acción de gracias. Lo mismo al empezar y acabar el día o el trabajo.
visitar al Santísimo adorándolo; rezar una comunión espiritual; recitar una de las oraciones aprobadas de acción de gracias tras la Comunión (ej.: Alma de Cristo; Miradme o mi amado y buen Jesús).
hacer examen de conciencia con propósito de enmendarse; rezar el Yo Confieso u otro acto de contrición aprobado.
hacer la señal de la cruz diciendo En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo.
3. Otros ejemplos de indulgencias parciales. Si falta algún requisito a una indulgencia plenaria, suele alcanzarse una indulgencia parcial. Además de esto, hay muchas acciones premiadas por la iglesia con indulgencia parcial. Digamos unas cuantas:

decir mentalmente una oración breve al trabajar o al soportar los sufrimientos de la vida.
dedicarse uno mismo o gastar bienes en servicio a los demás, por amor a Dios.
privarse libremente de algo grato y correcto, con espíritu de penitencia.
dar testimonio de la propia fe; trabajar en la enseñanza o trasmisión de la doctrina cristiana.
usar piadosamente un objeto de piedad bendecido (crucifijo, rosario, escapulario o medalla).
dedicar un tiempo a la oración.
asistir devotamente a cualquier predicación de la palabra de Dios.
asistir piadosamente a una novena pública (ej.: Inmaculada).

4.¿Es raro que no se haya mencionado la misa? Según la tradición, no se incluye la participación en la misa ni los sacramentos entre las indulgencias pues ya tienen en sí mismos una gran eficacia santificadora y de purificación.

5. ¿Dónde encontrar todas las indulgencias? Sobre las condiciones para ganar indulgencias hay un breve resumen en esta web del vaticano (en español). Las normas completas están en estos documentos, también del vaticano (un texto muy amplio en latín, con un resumen al final).
_________________
Montse*

http://www.diosjesustehabla.com
http://www.gloriapolo.com/video.html
http://www.catholicosonline.com
http://www.oracionmundial.com
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado Enviar email MSN Messenger
Montse*
Veterano


Registrado: 02 Oct 2005
Mensajes: 1020

MensajePublicado: Lun Abr 02, 2007 6:46 pm    Asunto:
Tema: La indulgencias
Responder citando

http://www.vatican.va/roman_curia/tribunals/apost_penit/documents/rc_trib_appen_pro_20000129_indulgence_sp.html

CONDICIONES PARA GANAR INDULGENCIAS
PENITENCIARÍA APOSTÓLICA
EL DON DE LA INDULGENCIA

La celebración del Año jubilar no sólo constituye una ocasión singular para aprovechar el gran don de las indulgencias, que el Señor nos hace mediante la Iglesia, sino que también es una feliz oportunidad para volver a presentar a la consideración de los fieles la catequesis sobre las indulgencias. Por eso, la Penitenciaría apostólica publica, para utilidad de cuantos realizan las visitas jubilares, este aviso sagrado.

INDICACIONES DE ÍNDOLE GENERAL
SOBRE LAS INDULGENCIAS
1. El «Código de derecho canónico» (c. 992) y el «Catecismo de la Iglesia católica» (n. 1471), definen así la indulgencia: «La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos».
2. En general, para lucrar las indulgencias hace falta cumplir determinadas condiciones (las enumeramos en los números 3 y 4) y realizar determinadas obras (en los números 8, 9 y 10 se indican las que corresponden al Año santo).
3. Para lucrar las indulgencias, tanto plenarias como parciales, es preciso que, al menos antes de cumplir las últimas exigencias de la obra indulgenciada, el fiel se halle en estado de gracia.
4. La indulgencia plenaria sólo se puede obtener una vez al día. Pero, para conseguirla, además del estado de gracia, es necesario que el fiel
- tenga la disposición interior de un desapego total del pecado, incluso venial;
- se confiese sacramentalmeпte de sus pecados;
- reciba la sagrada Eucaristía (ciertamente, es mejor recibirla participando en la santa misa, pero para la indulgencia sólo es necesaria la sagrada Comunión);
- ore según las intenciones del Romano Pontífice.
5. Es conveniente, pero no necesario, que la confesión sacramental, y especialmente la sagrada Comunión y la oración por las intenciones del Papa, se hagan el mismo día en que se realiza la obra indulgenciada; pero es suficiente que estos sagrados ritos y oraciones se realicen dentro de algunos días (unos veinte) antes o después del acto indulgenciado. La oración según la mente del Papa queda a elección de los fieles, pero se sugiere un «Padrenuestro» y un «Avemaría». Para varias indulgencias plenarias basta una confesión sacramental, pero para cada indulgencia plenaria se requiere una distinta sagrada Comunión y una distinta oración según la mente del Santo Padre.
6. Los confesores pueden conmutar, en favor de los que estén legítimamente impedidos, tanto la obra prescrita como las condiciones requeridas (obviamente, excepto el desapego del pecado, incluso venial).
7. Las indulgencias siempre son aplicables o a sí mismos o a las almas de los difuntos, pero no son aplicables a otras personas vivas en la tierra.

ASPECTOS PROPIOS DEL AÑO JUBILAR
Cumplidas las necesarias condiciones, indicadas en los números 3 y 4, los fieles pueden lucrar la indulgencia jubilar realizando una de las siguientes obras, enumeradas aquí en tres categorías:
8. Obras de piedad o religión
- O hacer una peregrinación piadosa a un santuario o lugar jubilar (para Roma: una de las cuatro basílicas patriarcales, es decir, San Pedro, San Juan de Letrán, Santa María la Mayor y San Pablo, o también a la basílica de Santa Cruz de Jerusalén, a la basílica de San Lorenzo en Campo Verano, al santuario de la Virgen del Amor Divino o a una de las catacumbas cristianas), participando en la santa misa o en otra celebración litúrgica (Laudes o Vísperas) o en un ejercicio de piedad (vía crucis, rosario, rezo del himno «Akáthistos», etc.),
- o hacer una visita piadosa, en grupo o individualmente, a uno de esos lugares jubilares, participando en la adoración eucarística y en meditaciones piadosas, concluyéndolas con el « Padrenuestro », el « Credo » y una invocación a la Virgen María.
9. Obras de misericordia o caridad
- O visitar, durante un tiempo conveniente, a hermanos necesitados o que atraviesan dificultades (enfermos, detenidos, ancianos solos, discapacitados, etc.), como realizando una peregrinación hacia Cristo presente en ellos;
- o apoyar con un donativo significativo obras de carácter religioso o social (en favor de la infancia abandonada, de la juventud en dificultad, de los ancianos necesitados, de los extranjeros que, en los diversos países, buscan mejores condiciones de vida);
- o dedicar una parte conveniente del propio tiempo libre a actividades útiles para la comunidad u otras formas similares de sacrificio personal.
10. Obras de penitencia
Al menos durante un día
- o abstenerse de consumos superfluos (fumar, bebidas alcohólicas, etc.);
- o ayunar;
- o hacer abstinencia de carne (u otros alimentos, según las indicaciones de los Episcopados),
entregando una suma proporcional a los pobres.
Dado en Roma, en la sede de la Penitenciaría apostólica, el 29 de enero de 2000.
Card. WILLIAM WAKEFIELD BAUM
Penitenciario mayor
Mons. LUIGI DE MAGISTRIS
Obispo titular de Nova
Regente
_________________
Montse*

http://www.diosjesustehabla.com
http://www.gloriapolo.com/video.html
http://www.catholicosonline.com
http://www.oracionmundial.com
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado Enviar email MSN Messenger
Montse*
Veterano


Registrado: 02 Oct 2005
Mensajes: 1020

MensajePublicado: Lun Abr 02, 2007 6:47 pm    Asunto:
Tema: La indulgencias
Responder citando


La culpa del pecado queda perdonada con la confesión, pero la pena queda perdonada o en la otra vida en el purgatorio o en esta vida con las indulgencias plenarias.

Quien no recibe indulgencias plenarias por saber de su existencia y pide a Dios ir directo al Cielo cuando se muera, sufre en la vida para que así con el dolor se le perdone la pena de sus pecados.

Es como el niño que rompe un jarrón, la culpa se le es perdonada cuando su padre le perdona y la pena se le es perdonada cuando barre los restos del suelo o engancha el jarrón con pegamento.

El pecado es como cuando nos cortamos con un cuchillo, al confesarnos se nos perdona la culpa y queda curada la herida con una cicatriz que ya no sangra, pero queda la marca de la cicatriz. La marca de la cicatriz es la pena que con los sacrificios, mortificaciones, indulgencias se borra, desaparece completamente del alma y esta queda limpia de pena y ya no tiene que ir al purgatorio ni sufrir en la tierra para purificarse y lavarse, porque ya está lavada y perdonada la pena, y el alma está inmaculada.

_________________
Montse*

http://www.diosjesustehabla.com
http://www.gloriapolo.com/video.html
http://www.catholicosonline.com
http://www.oracionmundial.com
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado Enviar email MSN Messenger
enriqueellena
Invitado





MensajePublicado: Lun Abr 02, 2007 7:31 pm    Asunto:
Tema: La indulgencias
Responder citando

No dejaste nada para la platea.
Volver arriba
Montse*
Veterano


Registrado: 02 Oct 2005
Mensajes: 1020

MensajePublicado: Mie Abr 04, 2007 6:10 pm    Asunto:
Tema: La indulgencias
Responder citando

enriqueellena escribió:
No dejaste nada para la platea.


What?
_________________
Montse*

http://www.diosjesustehabla.com
http://www.gloriapolo.com/video.html
http://www.catholicosonline.com
http://www.oracionmundial.com
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado Enviar email MSN Messenger
Montse*
Veterano


Registrado: 02 Oct 2005
Mensajes: 1020

MensajePublicado: Mie Abr 04, 2007 6:12 pm    Asunto:
Tema: La indulgencias
Responder citando

INDULGENCIA PLENARIA A LA HORA DE LA MUERTE

Sacado del libro “Dios necesita de ti” de Leo J. Trese

“A medida que vayamos creciendo en amor de Dios, no sólo irá disminuyendo nuestro miedo a la muerte, sino que lo convertiremos en instrumento de amor. No olvidemos que por el pecado vino la muerte al mundo; por lo tanto, si ofrecemos nuestro miedo a la muerte como expiación de nuestros pecados, y por todos los pecados del mundo, estamos haciendo de ese miedo un uso magnífico.

Cuando nos angustie la idea de la muerte, podemos unirno a Jesús en el Huerto de los Olivos, quien, sudando sangre, ofreció su vida al Padre en expiación por nuestros pecados. Lo hizo, entre otras cosas, para que tu muerte y la mía pudieran ser victoriosas. Podemos decirle: “Cúmplase tu voluntad, Dios mío. Que mi muerte sea también instrumento para la salvación de muchos.”... Con actos como éste, de aceptación y ofrecimiento de tu propia muerte, irás venciendo poco a poco tu repugnancia y tu angusti. La Iglesia ha reconocido el valor de tales actos y ofrece, a quienes hayan rezado habitualmente durante su vida, una indulgencia plenaria en la hora de la muerte.”
_________________
Montse*

http://www.diosjesustehabla.com
http://www.gloriapolo.com/video.html
http://www.catholicosonline.com
http://www.oracionmundial.com
Volver arriba
Ver perfil de usuario Enviar mensaje privado Enviar email MSN Messenger
Mostrar mensajes de anteriores:   
Publicar nuevo tema   Responder al tema    Foros de discusión -> Temas Controvertidos de la fe y la moral Todas las horas son GMT
Página 1 de 1

 
Cambiar a:  
Puede publicar nuevos temas en este foro
No puede responder a temas en este foro
No puede editar sus mensajes en este foro
No puede borrar sus mensajes en este foro
No puede votar en encuestas en este foro


Powered by phpBB © 2001, 2007 phpBB Group
© 2007 Catholic.net Inc. - Todos los derechos reservados