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Porque de las objeciones contra los cismaticos
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Autor Mensaje
Esther Filomena
Veterano


Registrado: 03 Ene 2006
Mensajes: 2345

MensajePublicado: Vie Nov 16, 2007 1:03 pm    Asunto: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Deseaba para terminar mi participación en el asunto de los ortodoxos explicar el porqué de mi participacion. Me parece prudente ponerles y desentrañar lo que es un cisma, para ello he recurrido a fuentes católicas.

Cisma.-

Ab unitate Ecclesiae voluntaria separatio. Es pecado mortal gravísimo; pues rasga la unidad de la Iglesia, que forma la caridad. No admite parvidad de materia. Todo hereje es cismático; porque por la herejía se separa de la unidad de la Iglesia. El cismático puede, metafísicamente hablando, no ser hereje, como si no tuviese error alguno pertinaz contra la fe; pero si se habla moralmente los cismáticos siempre juntan con el cisma alguna herejía, que les sirva de pretexto para separarse de la unidad de la Iglesia. Así S. Tom. 2. 2. q. 39. art. 1. ad. 3.


Según el Código de Derecho canónico se define el cisma como «el rechazo de la sujeción al sumo pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos» (CIC 751). Ya antes el Código afirma la obligación de permanecer en comunión (CIC 209 § 1). Esta claridad no se encuentra siempre en la historia anterior, en la que a veces se usan las palabras «herejía» y «cisma» como sinónimos. Según el uso moderno, la herejía afecta a la fe, y el cisma a la comunión y la caridad. El segundo surge usualmente por desacuerdos en torno al orden y la autoridad eclesiásticos.

La palabra misma (del griego schisma) significa desgarrón, fractura o división. En este sentido la usa Pablo refiriéndose a las divisiones de Corinto (1Cor 1,10; 11,18; 1 Cor 12,25). En el período patrístico el cisma se consideraba sobre todo la ruptura de la comunidad eucarística, «altar contra altar». Se consideraba también una ruptura en el amor, como en las palabras de Agustín: «El origen y la pertinacia del cisma no estriba sino en el odio a los hermanos». En el período escolástico se producen dos desarrollos: el cisma no se ve tanto en términos sacramentales en relación con las Iglesias locales cuanto más bien como un pecado contra la Iglesia universal; se trata de un pecado contra la caridad. Santo Tomás distingue la herejía del cisma, de modo que toda herejía es un cisma, pero no viceversa; sin embargo, el cisma conduce fácilmente a la herejía. A partir del siglo XVI se hizo común considerar el cisma como un rechazo de la unidad con el papa, una negativa a formar parte del conjunto total de la Iglesia.

El cisma puede producirse a través de una serie de disputas, que conducen a la ruptura de la comunión. La palabra «cisma» se usa también en relación con la época en que eran varios los que pretendían ser papas, durante el período de residencia en >Aviñón, en la expresión gran >Cisma de Occidente entre 1378-1417 (Concilio de >Constanza). A partir del siglo XVII ha habido un cisma en la Iglesia ortodoxa rusa (Viejos Creyentes: raskolniks) como consecuencia del rechazo de los cambios litúrgicos. En la Iglesia católica, el movimiento cismático del arzobispo /Lefebvre se produjo por el rechazo al Vaticano II y a los cambios que trajo consigo «sobre todo en el culto».

El cisma más serio de la historia de la Iglesia fue el que se produjo entre Oriente y Occidente, que se formalizó el año 1054, pero fue consecuencia de una separación que venía acentuándose durante los 200 años anteriores. Después del Vaticano II hubo un acercamiento cada vez mayor entre Pablo VI y los patriarcas ortodoxos Atenágoras y Dimitrios I, que llevó al levantamiento de los anatemas lanzados en el siglo XI (7 de diciembre de 1965).

El Vaticano II, aunque habló de las divisiones y separaciones (UR 3, 13), evitó tanto la palabra «cisma» como la palabra «herejía». Formalmente la Iglesia católica considera a la Iglesia ortodoxa como cismática, mientras que las Iglesias protestantes serían heréticas.
El Derecho canónico establece duras penas contra los cismáticos (CIC 1364); estas se aplican al cisma que es público (CIC 194 § 1, n. 2). En la actualidad la presunción es que casi todos los que se encuentran materialmente en una situación que se considera cismática, de acuerdo con los cánones, tendrían buena fe. No obstante, como se puso de manifiesto con ocasión de las ordenaciones episcopales del arzobispo Lefebvre, las penas canónicas pueden llegar a aplicarse: fue excomulgado. Sin llegar a romper de hecho con la Iglesia, pueden encontrarse en ciertos individuos y grupos una actitud cismática con respecto a determinadas cuestiones.


Suma Teológica
Santo Tomás de Aquino (1225-1274)
Doctor de la Iglesia Católica
Segunda seccion de la segunda parte




Objeciones por las que parece que el cisma no es pecado especial:
1. El cisma, como dice el papa Pelagio, suena a desgarro. Ahora bien, todo pecado, a tenor de lo que afirma el profeta, produce desgarro: Vuestros pecados han zanjado división entre vosotros y vuestro Dios (Is 59,2). El cisma, pues, no es pecado especial.
2. Se considera cismáticos a quienes no obedecen a la Iglesia. Pues bien, en todos sus pecados desobedece el hombre a los preceptos de la Iglesia, ya que, según San Ambrosio, el pecado es la desobediencia a los mandamientos del cielo . Luego todo pecado es cisma.
3. La herejía sustrae igualmente al hombre de la unidad de la fe. Si, pues, el cisma implica división, no parece que se distinga del pecado de infidelidad como pecado especial.
Contra esto: está el hecho de que San Agustín, en el tratado Contra Faust., distingue entre cisma y herejía diciendo que se da el cisma cuando uno opina lo mismo y adora con el mismo rito que los demás, y sólo se complace en la separación de la congregación; la herejía, empero, opina cosas diferentes de las que cree la Iglesia católica . El cisma, pues, no es pecado general.

Respondo: Según expone San Isidoro en el libro Etymol., la palabra cisma se ha tomado de la escisión de pareceres. Pues bien, la escisión se opone a la unidad, y por eso se llama pecado de cisma el que directa y esencialmente se opone a la unidad. En efecto, así como en el orden natural no constituye especie lo que es accidental, así tampoco en el orden moral, en el que lo intencional es esencial, mientras que lo que cae fuera de la intención es, por así decirlo, accidental. Por eso el pecado de herejía es propiamente pecado especial, por el hecho de que intenta separar de la unidad realizada por la caridad . Esta no solamente une a las personas entre sí por el vínculo especial del amor espiritual, sino que une a toda la Iglesia en la unidad del Espíritu. Por tanto, se considerará como cismáticos en sentido estricto a quienes espontánea e intencionadamente se apartan de la unidad de la Iglesia, que es la unidad principal. En efecto, la unión particular de unos con otros está ordenada a la unidad de la Iglesia, del mismo modo que la organización de los miembros en el cuerpo natural está ordenada a la unidad de todo el cuerpo.
Por otra parte, la unidad de la Iglesia radica en dos cosas, es decir, en la conexión o comunicación de los miembros de la Iglesia entre sí y en la ordenación de todos ellos a una misma cabeza, a tenor de lo que escribe el Apóstol: Vanamente hinchado por su mente carnal, sin mantenerse unido a la Cabeza, de la cual todo el Cuerpo, por medio de junturas y ligamentos, recibe nutrición y cohesión para realizar su crecimiento en Dios (Col 2,18-19). Pues bien, esa Cabeza es Cristo mismo, cuyas veces desempeña en la Iglesia el Sumo Pontífice. Por eso se llama cismáticos a quienes rehusan someterse al Romano Pontífice y a los que se niegan a comunicar con los miembros de la Iglesia a él sometidos.

A las objeciones:
1. La división entre el hombre y Dios por el pecado no es intentada por el pecador, sino que más bien se produce fuera de su intención, por su desordenada conversión hacia el bien perecedero. De ahí que no sea en rigor cisma.
2. El cisma consiste esencialmente en no obedecer a los preceptos en un espíritu de rebelión. Y digo con rebelión, subrayando con ello tanto el desprecio pertinaz hacia los preceptos de la Iglesia como la negativa a someterse a su juicio, y esto no lo hace el pecador. Por eso no todo pecado es cisma.
3. La diferencia entre la herejía y el cisma hay que considerarla en función de aquello a lo que cada una se opone esencial y directamente. La herejía, en efecto, se opone directamente a la fe; el cisma, en cambio, se opone a la unidad eclesiástica de la caridad. De ahí que, siendo la fe y la caridad virtudes diferentes, aunque quien carece de fe carece de caridad, el cisma y la herejía son también pecados distintos, aunque todo hereje es también cismático, pero no al contrario. Así lo dice San Jerónimo en Epist. ad Gal. : Entre el cisma y la herejía creo que hay esta diferencia: la herejía cree dogmas alterados, mientras que el cisma separa de la Iglesia.
Sin embargo, del mismo modo que la pérdida de la caridad es camino que lleva a la pérdida de la fe, según el testimonio del Apóstol: De las cuales —de la caridad y demás— algunos se desvían, viniendo a dar en vaciedades (1 Tim 1,6), el cisma es también, por su parte, camino hacia la herejía. Por eso San Jerónimo, en el mismo lugar, añade: El cisma, en un principio y en parte, puede entenderse como distinto de la herejía; mas no hay cisma en que no se forje herejía, para convencerse de que ha obrado rectamente apartándose de la Iglesia .

ARTíCULO 2
¿Es el cisma pecado más grave que la infidelidad?
Objeciones por las que parece que el cisma es pecado más grave que la infidelidad:
1. El pecado mayor se castiga con pena también más grave, como vemos en la Escritura: Conforme a su delito será la cuenta de los azotes (Dt 25,2). Ahora bien, el pecado de cisma ha sido más castigado que el de infidelidad o el de idolatría. En efecto, tenemos constancia de que por la idolatría algunos fueron muertos a espada por mano humana (Ex 32,27-2Cool, mientras que sobre el pecado de cisma leemos: Pero si, haciendo Yahveh algo insólito, abre la tierra su boca y se traga cuanto es suyo y bajan vivos al abismo, conoceréis que estos hombres han blasfemado de Yahveh (Núm 16,30). Por su parte, las diez tribus que se disgregaron del reino de David, por pecado de cisma, fueron castigadas gravísimamente, como consta también en la Escritura (4 Re 17,20ss). El pecado de cisma, pues, es más grave que el de infidelidad.
2. El bien de la colectividad es mayor y más divino que el bien de uno, como demuestra el Filósofo en I Ethic. Pues bien, el cisma se opone al bien de la multitud, porque es contrario a la unidad de la Iglesia; la infidelidad, en cambio, atenta contra el bien particular de uno, a saber: la fe de un solo hombre. Por tanto, parece que el cisma es pecado más grave que el de la infidelidad.
3. Al mayor mal se opone el mayor bien, como expone el Filósofo en VIII Ethic. Ahora bien, el cisma se opone a la caridad, virtud mayor que la fe, a la que se opone la infidelidad, como queda dicho (q.23 a.6). Luego el cisma es pecado más grave que el de la infidelidad.
Contra esto: está el hecho de que la adición a otra cosa es mayor que ésta, sea en el bien, sea en el mal. Ahora bien, la herejía resulta de la adición al cisma, ya que añade un dogma perverso, según el testimonio de San Jerónimo antes aducido. En consecuencia, el cisma es menor pecado que el de infidelidad.
Respondo: La gravedad del pecado puede precisarse de dos maneras: en su especie y en sus circunstancias. Y dado que las circunstancias son particulares y pueden variar al infinito, cuando se pregunta, en general, cuál de los pecados sea más grave, la cuestión debe entenderse sobre la gravedad que atañe al género de pecado. Ahora bien, el género o especie de pecado se toma del objeto, como se ha demostrado en otro lugar (1-2 q.72 a.2; q.73 a.3). Por eso, el pecado que se opone a mayor bien es más grave en su género, como el pecado contra Dios es mayor que el cometido contra el prójimo. Pues bien, es evidente que la infidelidad es pecado contra Dios mismo, en cuanto que es en sí mismo la verdad primera en que se apoya la fe. El cisma, en cambio, se opone a la unidad de la Iglesia, que es un bien participado, menor que Dios mismo. Resulta, pues, evidente que el pecado de infidelidad, por su naturaleza, es más grave que el de cisma. Esto no obsta para que algún cismático peque más gravemente que el infiel, sea por el desprecio mayor, sea por el peligro mayor que supone, sea por otras razones por el estilo.

A las objeciones:
1. Era ya evidente para el pueblo hebreo, por la ley recibida, que había un solo Dios y que no había que adorar a otros dioses, y esto les había sido confirmado con muchas señales. No era, pues, necesario que quienes pecaban contra esa fe por idolatría fueran castigados con inusitada pena, sino con la corriente. Sin embargo, no tenía tan claro que Moisés debería ser siempre su caudillo. Era, por lo mismo, necesario que quienes se rebelaban contra su principado fueran castigados de manera extraordinaria e inusitada.
También se puede responder que el pecado de cisma a veces era castigado con mayor severidad en aquel pueblo porque era propenso a las sediciones y al cisma. De ello da testimonio el 1 Esd 4,19 diciendo: Ya de antiguo esa ciudad se rebeló contra los reyes, y en ella se fraguaron sediciones y revueltas. Y a veces se inflige pena mayor por el pecado cometido con mayor frecuencia, como ya hemos demostrado (1-2 q.105 a.2 ad 9), dado que hay penas medicinales cuyo objetivo es apartar a los hombres del pecado. Por eso, donde hay mayor inclinación al pecado, se debe aplicar pena más severa. Y las diez tribus fueron castigadas no sólo por el pecado de cisma, sino también por el de sedición, como allí mismo se constata (4 Re 17,21; cf. 3 Re 12,2Cool.
2. El bien de la colectividad es mayor que el de un particular de la misma, y también menor que el bien exterior al que se ordena la multitud, al igual que el bien del ejército es menor que el del general. De la misma forma, el bien de la unidad eclesiástica, a la que se opone el cisma, es menor que el de la verdad divina, al que se opone la infidelidad.
3. La caridad tiene dos objetos: el principal, que es la bondad divina, y otro secundario, es decir, el del prójimo. Pero el cisma y los demás pecados cometidos contra el prójimo se oponen a la caridad en cuanto al bien secundario, menor que el objeto de la fe, es decir, Dios mismo. De ahí que estos pecados sean menores que la infidelidad. No es, en cambio, menor el odio de Dios, opuesto a la caridad en cuanto a su objeto principal. Sin embargo, entre los pecados contra el prójimo, el mayor parece que es el cisma, por ser el pecado que va contra el bien espiritual de la colectividad.

ARTíCULO 3
¿Tienen alguna potestad los cismáticos?
Objeciones por las que parece que los cismáticos tienen alguna potestad:
1. San Agustín, en el libro Contra Donat,, escribe: Lo mismo que a su vuelta a la Iglesia los que estaban bautizados antes de abandonarla no se rebautizaban, así los que vuelven a ella y estaban ordenados no se vuelven a ordenar. Ahora bien, el orden es potestad. Luego los cismáticos conservan cierta potestad porque retienen el orden.
2. Según escribe también San Agustín en el libro De unic. bapt. : El separado puede conferir sacramentos, como los puede recibir. Pues bien, la potestad de conferir sacramentos es potestad máxima. Por tanto, los cismáticos separados de la Iglesia tienen potestad espiritual.
3. El papa Urbano escribe que a los en algún tiempo consagrados por los obispos según el rito católico, pero separados de la Iglesia romana por el cisma, al volver a la unidad de la Iglesia, debemos recibirlos con misericordia conservando sus propias órdenes, con tal de que su vida y ciencia les recomiende . Pero no sucedería esto si no quedara poder espiritual en los cismáticos. Estos, pues, tienen poder espiritual.
Contra esto: está el testimonio de la autoridad de San Cipriano manifestado en una carta, recogida en el Decreto y expresado en estos términos: Quien no observa ni la caridad del espíritu ni la unión de la paz, y se separa del vínculo de la Iglesia y del colegio de los sacerdotes y del obispo, no puede tener ni potestad ni honor .

Respondo: La potestad espiritual es doble: la sacramental y la de jurisdicción. La potestad sacramental es la conferida por la consagración. Pues bien, todas las consagraciones de la Iglesia son permanentes en tanto dure la consagración, como es evidente en las cosas inanimadas; así, el altar consagrado no se consagra de nuevo si no se destruye. Por tanto, dicha potestad permanece esencialmente en el hombre, que la recibió por consagración, mientras viva, aunque incurra en cisma o en herejía. Esto es evidente, dado que no es consagrado de nuevo al regresar a la Iglesia. Mas dado que la potestad inferior no debe actualizarse más que por la moción de un poder superior, como es también evidente en las cosas naturales, resulta de ello que ese hombre pierde el uso de su potestad, de suerte que no le sea permitido servirse de ella. Mas en el caso de que se sirvan de ella, surte efecto en el plano de los sacramentos, ya que en ellos el hombre no actúa sino como instrumento de Dios, y por eso los efectos sacramentales no quedan impedidos por cualquier culpa que tenga quien lo administre. La potestad, en cambio, de jurisdicción es la conferida por simple intimación humana. Esta potestad no se adquiere de manera inamovible, y por eso no permanece ni en el cismático ni en el hereje. De aquí que no pueden ni absolver, ni excomulgar, ni conceder indulgencias o cosas por el estilo, y, si lo hacen, carecen de valor.
En consecuencia, cuando se dice que estos hombres no tienen potestad espiritual, se ha de entender del segundo tipo de potestad espiritual; y si se trata del primero, no se entiende en cuanto a la esencia de la misma, sino en cuanto a su legítimo uso.
A las objeciones: Se responde con lo dicho.

ARTíCULO 4
¿Es conveniente penar a los cismáticos con la excomunión?
Objeciones por las que parece que no es conveniente penar a los cismáticos con la excomunión:
1. La excomunión, sobre todo, aparta al hombre de la comunión de los sacramentos. Ahora bien, en expresión de San Agustín en el libro Contra Donat., el bautismo puede ser recibido de manos de un cismático. Por tanto, parece que la excomunión no es pena conveniente para el cismático.
2. Compete a los fieles de Cristo reducir a los dispersos, y por eso se dice en contra de algunos: No redujisteis lo que era abyecto ni buscasteis lo perdido (Ez 34,4). Pues bien, los cismáticos se reducen más fácilmente por quienes conviven con ellos. Parece, pues, que no se les debe excomulgar.
3. Por un mismo pecado no se inflige doble pena, como leemos en la Escritura: No juzgará Dios dos veces al mismo (Nah 1,9). Pues bien, hay quienes por el pecado de cisma son castigados con pena temporal, a tenor de la prescripción del Decreto de Graciano: Las ¡ejes divinas y humanas sancionaron que los separados de la unidad de la Iglesia y quienes perturban la paz sean frenados por la potestad secular. Por tanto, no deben ser castigados con excomunión.
Contra esto: está lo que se manda en la Escritura: Alejaos de las moradas de los hombres impíos (quienes habían hecho cisma) y no queráis tocar lo que les pertenece, no seáis envueltos en sus pecados (Núm 16,26).
Respondo: Cada cual debe ser castigado por lo que peca, como dice la Escritura (Sal 2,17). Ahora bien, según hemos visto (a.1), el cismático peca en dos cosas. La primera, por separarse de los miembros de la Iglesia. Bajo este aspecto es conveniente que la excomunión sea la pena del cismático. La segunda cosa en que peca es por resistirse a someterse a la cabeza de la Iglesia. Por eso, dado que se resiste a dejarse corregir por la potestad espiritual, es justo que lo sea por el poder temporal .

A las objeciones:
1. No es lícito recibir el bautismo de mano de cismático, a no ser en caso de necesidad, puesto que es mejor salir de esta vida con la señal de Cristo recibida en el bautismo, que sin ella, sea quien fuere el que se la dé, incluso judío o pagano.
2. La excomunión no prohibe la comunicación que hace que con consejos saludables vuelvan a la unidad de la Iglesia quienes estaban separados de ella. Pero, además, la separación misma les atrae, ya que la confusión de encontrarse separados les induce a veces a penitencia.
3. Las penas de esta vida son medicinales; por eso, cuando no es suficiente una para corregir al hombre, se añade otra; al igual que los médicos recetan también distintas medicinas cuando una no es eficaz. Por eso la Iglesia, cuando algunos no desisten lo suficiente por la excomunión, aplica la corrección del brazo secular. Pero si es suficiente una pena, no se le impone otra.

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El cisma es un problema grave que rompe la unidad y debilita el Cuerpo de Cristo, no es algo simple y sencillo que se pueda minimizar nunca.

Es deseo nuestro el llegar a subsanar lo mas pronto posible todos estos desgarramientos de la Iglesia, partiendo de la fe y la verdad.


Paz y bien
_________________
Esther Filomena
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MensajePublicado: Lun Nov 19, 2007 12:14 am    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

correcto, y quiero preguntarle a gatosentado cual es fundamento o medio de comunicación que vió esto:

Cita:
jajaja, ¿ya viste las noticias? se RECONOCIO la Primacia Papal, ya estamos avanzando.


Porque tengo entendido que aún no reconocen la primacía de Pedro, según la publicación el viernes que pude ver en el artículo del periódico de mi país, y que hasta el otro año la comisión teológica mixta va a discutir el papel de Pedro:

Cita:
Mantienen discrepancias

Ortodoxos ven a Papa como ‘primer patriarca’

Ciudad del Vaticano. EFE. Las iglesias ortodoxas reconocen al obispo de Roma como “primer patriarca”, pero discrepan con los católicos sobre la interpretación de sus prerrogativas, según un documento conjunto aprobado por la Comisión Mixta para el Diálogo Teológico entre Católicos y Ortodoxos.

Este documento, hecho público ayer por el Vaticano y las iglesias ortodoxas griega y chipriota y el Patriarcado Ecuménico de Constantinopla (Estambul), fue aprobado por unanimidad en la reunión que esa comisión celebró del 8 al 14 de octubre en Rávena, en la costa adriática italiana, capital del viejo imperio de Bizancio.

El documento, precisó el Vaticano, es fruto del trabajo de una comisión y no debe entenderse como una “declaración magisterial” y, aunque es importante, ya que los ortodoxos reconocen al Papa como el ‘primer patriarca’, “no hay que exagerar, ya que el camino hacia la unidad de los cristianos es todavía muy largo”.

Así lo expresó a Radio Vaticano el cardenal Walter Kasper, presidente del Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos, que precisó que el documento “es un modesto primer paso y da esperanza, pero no podemos exagerar, ya que en la próxima reunión tendremos que hablar del papel del obispo de Roma en la Iglesia Universal”.

El texto, presentado a la misma vez en el Vaticano, Atenas, Chipre y Estambul, no ha sido firmado por la poderosa Iglesia Ortodoxa Rusa, que abandonó la reunión de Rávena debido a la presencia de una delegación de la Iglesia ortodoxa autónoma de Estonia, que el patriarcado ortodoxo de Moscú no reconoce.

Kasper dijo que la Iglesia Católica está preocupada por ese hecho, ya que considera importante que la Iglesia Ortodoxa Rusa, que cuenta con 140 millones de fieles, participe en el diálogo ecuménico.

El texto comienza implorando al Espíritu Santo la unidad perdida cuando en 1054 se produjo el cisma entre Oriente y Occidente.


Como podemos ver, todavía falta muuuuchoooooo camino para la unidad de los cristianos, sólo nos queda orar para que el otro año ellos reconozcan la primacía de Pedro.

Saludos!!!!!!!!!!!!!!
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gatosentado76
Veterano


Registrado: 18 Feb 2006
Mensajes: 2363

MensajePublicado: Lun Nov 19, 2007 3:02 am    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

YA veo que doña Esther sigue en sus rollos, que esta bien, yo siempre eh reconocido el cisma tal y como lo que es, no lo eh negado NUNCA, en fin, veamos la noticia salio aun en medios catolicos:

http://www.aciprensa.com/noticia.php?n=19108

Es el resultado de la Comision Teologica Mixa, ahora el siguiente paso es discutir sobre el papel del Obispo de Roma, que en realidad no representa gran problema, ya lo veremos. Ahora el Primado de Pedro ya esta reconocido, para mas informacion, lean los apuntes del la comision en Ravena. Ahora reconocer el Primado de Pedro no significa que ya este en relacion al obispo de Roma todo arreglado, pero reconocer el Primado de Roma es tan importante por que representa una revision de la historia conjunta que NO se habia hecho desde 1054 y que es muy necesaria.

Por cierto cofercarv2º creo que entiendes mal la "primacia de Pedro" reconocer al PAPA como el Primer Patriarca es eso precisamente, ahora falta definir el Papel del PAPA en la Iglesia Universal.

Ahora para Esther, el apartado "TÍTULO I DE LOS DELITOS CONTRA LA RELIGIÓN Y LA UNIDAD DE LA IGLESIA (Cann. 1364 – 1369)"

Es muy interesante y muy claro en cuanto a que:

1364 § 1. El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae, quedando firme lo prescrito en el ⇒ c. 194 § 1, 2; el clérigo puede ser castigado además con las penas enumeradas en el ⇒ c. 1336 § 1, 1 , 2 y 3.

Cosa que nadie niega (al menos yo no)

Pero se olvida Esther de este pequeño detalle:

En el Libro I de las Normas Generales se especifica:

1 Los cánones de este Código son sólo para la Iglesia latina.

Iglesia Latina se entiende como aquella que conserva integro el Rito Latino de la Misa, los Ritos son 22, de la Iglesia Latina dependen el Rito Latino, el Rito Ambrosiano, el Rito Mozarabe (que se engloban en LA IGLESIA LATINA).
Mientras que 21 "Iglesias Orientales" en Comunion con el PAPA DE ROMA (asi se le nombra en las Liturgias, puesto que se toman en cuenta los Patriarcados) dichas IGLESIAS ORIENTALES se encuentran regidas no por el Codigo de derecho Catolico que nombra Esther si no por el el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium). Ahora las iglesias Ortodoxas sin comunion con Roma se rigen por el Pedalion/Πεδαλιον que es tomado en cuenta por el Codex Ecclesiarum Orientalium para efectos de Relaciones entre "Iglesias Hermanas" el codigo que rige a las iglesias Orientales comenzo a Codificarse desde 1917, pero se fijo definitivamente en 1990, para efectos relacionados con todo esto existe la Congregación para las Iglesias Orientales.

Asi que El derecho canónico en su artículo 1º dice claramente que “los cánones de este Código son sólo para la Iglesia Latina”. Hace la aclaración porque la Iglesia Católica es latina y occidental. La mayoria de nosotros conocemos poco a la Iglesia oriental que es tan católica como la latina, está sujeta al Papa, y está en comunión también con la Iglesia Católica Latina. Nosotros pertenecemos al rito latino, tanto tiempo se utilizó en la Iglesia el latín; los orientales católicos siempre han usado su propia lengua y conservan sus tradiciones, por ejemplo la no aceptación del celibato, y otras cosas menores como usar barba, usar anillos; eran las diferencias de antes entre orientales y latinos; entonces este Código de Derecho Canónico no es para la Iglesia Oriental sino solamente para los miembros de la Iglesia de rito latino. Y la Iglesia Ortodoxa por el hecho de ser Oriental se sujeta a las normas y condiciones del Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium, el gran problema de muchos Latinos ajenos a la Espiritualidad Oriental es que se empeñan en medir la situacion de Oriente con las definiciones Legales de Occidente y estas repito NO APLICAN, Ademas en el Código de Cánones de las Iglesias Orientales (1990) promulgado por Juan Pablo II se especifican las formas distintas de concebir la Catolicidad en Oriente y Occidente.

El Código de Cánones de las Iglesias Orientales (CCEO)

Las Iglesias orientales católicas, han gozado desde siempre de un derecho propio, conforme a las tradiciones doctrinales, litúrgicas y disciplinares de cada una de ellas. (que no siempre pueden ser copia de la doctrina Catolica Latina) La codificación de su derecho se vio conveniente poco después de la promulgación del Código latino de 1917. En efecto, los trabajos para la elaboración de un código común a todas las Iglesias orientales se iniciaron en 1929; fruto de estos trabajos fueron 4 textos parciales promulgados por Pío XII entre 1949 y 1957, pero no se llegó a completar un Código.

El Concilio Vaticano II ha confirmado la legitimidad de la disciplina propia de las Iglesias orientales, refiriéndose en el Decreto Orientalium Ecclesiarum a diversas instituciones típicas de ellas, de modo que la variedad en la Iglesia no sólo no perjudica a su unidad, sino que la manifiesta mejor (OE 2).

En 1972 Pablo VI instituyó una Comisión a la que confió la elaboración del Código de derecho canónico oriental, a la luz de las enseñanzas del Concilio. Como para el Código latino, en los trabajos intervinieron también la jerarquía de las Iglesias orientales, los dicasterios interesados y los centros de estudio especializados en teología y derecho orientales (ya que la Teologia Oriental evoluciona distinto a la Occidental, por ello problemas como la comprension de la Inmaculada Concepcion, recordemos que la Colegialidad reside en los Obispos -Eparcas y Patriarcas tambien VALIDAMENTE ORDENADOS-).
Los diversos grupos de estudio elaboraron, entre 1980 y 1984 varios esquemas que -tras ser examinados- fueron recogiods en el Schema Codicis Iuris Canonici Orientalis, que fue enviado a los miembros de la Comisión en 1986. Con las enmiendas y correcciones propuestas por la Comisión se redactó el Schema novissimum, que fue presentado al Santo Padre. Este, luego de revisarlo e introducir las modificaciones oportunas, promulgó el Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium (CCEO) el 1 de octubre de 1990.

El Código oriental contiene normas de derecho (cánones) comunes a las 21 Iglesias sui iuris (autónomas) de rito oriental, que forman parte de la Iglesia católica. Está dividido en 30 Títulos ordenados según la importancia de la materia, con un total de 1546 cánones. Dentro de este marco común, cada Iglesia deberá luego desarrollar un derecho particular que responda a sus propias tradiciones (que desde luego incluyen la Tradicion Teologica entre sus partes y bien diferenciada).

Ahora en el DISCURSO DEL SANTO PADRE JUAN PABLO II
A LOS PATRIARCAS DE LAS IGLESIAS ORIENTALES CATÓLICAS,
REUNIDOS EN EL VATICANO el Martes 29 de septiembre de 1998 se dice claramente:


El papel particular de las Iglesias orientales católicas corresponde al que ha quedado vacío por la falta de comunión plena con las Iglesias ortodoxas. Tanto el decreto Orientalium Ecclesiarum del concilio Vaticano II, como la constitución apostólica Sacri canones (pp. IX-X), que ha acompañado la publicación del Código de cánones de las Iglesias orientales, han puesto de relieve que la situación presente, y las reglas que la determinan, están proyectadas hacia la anhelada comunión plena entre la Iglesia católica y las Iglesias ortodoxas.

Vuestra colaboración con el Papa y entre vosotros podrá mostrar a las Iglesias ortodoxas que la tradición de la «sinergia » entre Roma y los patriarcados se ha mantenido, aunque limitada y herida, e incluso tal vez se ha desarrollado para el bien de la única Iglesia de Dios, extendida por toda la tierra.

Ahora tanto han ayudado estas dispocisiones que buscan la Plena comunion que los Catolicos Latinos podrán acceder a la Eucaristía de la Iglesia asiria (ortodoxa) En caso de necesidad pastoral, según las recientes directivas de la Santa Sede y viceversa.

CIUDAD DEL VATICANO, 9 mayo 2003 (ZENIT.org).- La Iglesia asiria de Oriente --que no está en comunión con Roma-- celebra válidamente la Eucaristía y la Santa Sede ha predispuesto que los fieles católicos de la Iglesia caldea puedan acceder a la Eucaristía celebrada en su seno, cuando no puedan hacerlo en sus comunidades.

Es la conclusión del Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos plasmada en el documento «Orientaciones para la admisión a la Eucaristía entre la Iglesia caldea y la Iglesia asiria de Oriente», elaborado de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe y la Congregación para las Iglesias orientales.

Hablar de Iglesia Ortodoxa es hablar efectivamente de un cisma pero no dentro de la Iglesia Latina si no dentro de la Iglesia Oriental, NO EXISTEN DOS IGLESIAS, el termino Iglesias hermanas viene de que en el Nuevo Testamento se hallan numerosas indicaciones que manifiestan las relaciones de fraternidad existentes entre las Iglesias locales de la antigüedad cristiana. El pasaje neotestamentario que en modo más explícito refleja esa convicción es la frase final de 2 Jn 13: «Te saludan los hijos de tu hermana Elegida». Se trata de saludos enviados de una comunidad eclesial a otra; la comunidad que envía los saludos se llama a sí misma “hermana” de la otra. En la literatura eclesiástica, la expresión se comienza a utilizar en Oriente cuando, a partir del siglo V, se difunde la idea de la Pentarquía, según la cual a la cabeza de la Iglesia se encontrarían los cinco Patriarcas, y la Iglesia de Roma tendría el primer puesto entre las Iglesias hermanas patriarcales (El primado Historico) Al respecto, hay que notar que ningún Romano Pontífice reconoció esta equiparación de las sedes ni aceptó que a la sede romana se le reconociese solamente un primado de honor (Eh aqui lo que se discutira en la Comision Mixta en Marzo proximo). Además, nótese que en Occidente no se desarrolló esa estructura patriarcal que es típica de Oriente.

Como se sabe, en los siglos siguientes las divergencias entre Roma y Constantinopla llevaron a excomuniones mutuas, que tuvieron «consecuencias, que, por cuanto podemos juzgar, fueron más allá de las intenciones y las previsiones de sus autores, cuyas censuras concernían a las personas afectadas, no a las Iglesias, y no tenían la intención de romper la comunión eclesiástica entre las sedes de Roma y de Constantinopla»
(Joseph Card. Ratzinger, Junio 2000)


El Concilio Vaticano II usa la expresión Iglesias hermanas para calificar la relación fraterna entre las Iglesias particulares: «…existen en Oriente muchas iglesias particulares o locales, entre las cuales ocupan el primer lugar las iglesias patriarcales, y de las cuales no pocas tienen origen en los mismos Apóstoles. Por este motivo ha prevalecido y prevalecen entre los orientales la diligencia y el cuidado de conservar en la comunión de la fe y de la caridad aquellas relaciones fraternas, que deben observarse entre las iglesias locales como entre hermanas».

(SE CONSIDERA a la Iglesia Ortodoxa como Iglesia "PARTICULAR" pues contiene en si SUCECION APOSTOLICA por ende Obispos -Patriarcas- portadores de dicha Sucesion)

El primer documento pontificio en el cual de halla el apelativo de hermanas aplicado a las Iglesias es el Breve Anno ineunte, de Pablo VI al Patriarca Atenágoras I. Tras haber manifestado su voluntad de hacer lo posible para «restablecer la plena comunión entre la Iglesia de Occidente y la Iglesia de Oriente», el Papa se pregunta: «Puesto que en cada Iglesia local se opera este misterio del amor divino, ¿no es tal vez éste el origen de aquella expresión tradicional, en virtud de la cual las Iglesias de varios lugares comenzaron a llamarse entre ellas como hermanas? Nuestras Iglesias han vivido por siglos como hermanas, celebrando juntas los concilios ecuménicos, que han defendido el depósito de la fe contra toda alteración. Ahora, después de un largo período de división y de incomprensión recíproca, el Señor, a pesar de las dificultades que en el pasado han surgido entre nosotros, nos da la posibilidad de redescubrirnos como Iglesias hermanas».

En la Encíclica Ut unum sint, el tema es desarrollado sobre todo en el n. 56, que inicia así: «Después del Concilio Vaticano II y con referencia a aquella tradición, se ha restablecido el uso de llamar Iglesias hermanas a las Iglesias particulares o locales congregadas en torno a su Obispo. La supresión, además, de las excomuniones recíprocas, quitando un doloroso obstáculo de orden canónico y psicológico, ha sido un paso muy significativo en el camino hacia la plena comunión». El número termina auspiciando: «El término tradicional de Iglesias hermanas debería acompañarnos incesantemente en este camino». El tema es retomado en el n. 60, en el cual se observa: «Más recientemente, la Comisión mixta internacional ha dado un paso significativo en la cuestión tan delicada del método a seguir en la búsqueda de la comunión plena entre la Iglesia católica y la Iglesia ortodoxa, cuestión que ha alterado con frecuencia las relaciones entre católicos y ortodoxos. La Comisión ha puesto las bases doctrinales para una solución positiva del problema, que se fundamenta en la doctrina de las Iglesias hermanas» (El resutado del reconocimiento del PRIMADO DE PEDRO es un gran logro de dicha comision).

En efecto, en sentido proprio, Iglesias hermanas son exclusivamente las Iglesias particulares (o las agrupaciones de Iglesias particulares: por ejemplo, los Patriarcados y las Metropolías). Debe quedar siempre claro, incluso cuando la expresión Iglesias hermanas es usada en este sentido propio, que la Iglesia universal, una, santa, católica y apostólica, no es hermana sino madre de todas las Iglesias particulares (esto nos aclara que para la Iglesia Catolica la Ortodoxia mas que una Iglesia hermana es hija)

Se puede hablar de Iglesias hermanas, en sentido propio, también en referencia a Iglesias particulares católicas y no católicas; y por lo tanto también la Iglesia particular de Roma puede ser llamada hermana de todas las Iglesias particulares. Pero, como ya ha sido recordado, no se puede decir propiamente que la Iglesia católica sea hermana de una Iglesia particular o grupo de Iglesias. No se trata solamente de una cuestión terminológica, sino sobre todo de respetar una verdad fundamental de la fe católica: la de la unicidad de la Iglesia de Jesucristo. Existe, en efecto, una única Iglesia, y por eso el plural Iglesias se puede referir solamente a las Iglesias particulares. (cabe destacar que una Iglesia Particular es aquella que se reune entorno a su OBISPO VALIDO, esto es en pleno derecho de la Sucesion Apostolica, en este caso la Ortodoxia se reconoce como Iglesia Particular, aunque en cisma, donde se aplica NO EL CODIGO DE DERECHO CANONICO LATINO, si no el ORIENTAL que en si no excomulga ni invalida a la Ortodoxia si no que busca la plena comunion)

En consecuencia es de evitar, como fuente de malentendidos y de confusión teológica, el uso de fórmulas como “nuestras dos Iglesias”, que insinúan –cuando se aplican a la Iglesia católica y al conjunto de las Iglesias ortodoxas (o de una Iglesia ortodoxa)– un plural no solamente al nivel de Iglesias particulares, sino también al nivel de la Iglesia una, santa, católica y apostólica, confesada en el Credo, cuya existencia real aparece así ofuscada.

En fin, se debe también tener presente que la expresión Iglesias hermanas en sentido proprio, como es testimoniado por la Tradición común de Occidente y Oriente, puede ser aplicada exclusivamente a aquellas comunidades que han conservado válidamente el Episcopado y la Eucaristía. (Por ello este termino no puede ser aplicado a las comunidades eclesiales protestantes, puesto que ellos no cuentan con los indispensable, ademas de que por ser "occidentales" y separados de la Iglesia Latina si se hacen merecedores de la excomunión latae sententiae)

En si, el problema del cisma entre occidente y occidente no puede ser valorado a partir de un codigo de dercho Canonico UNICAMENTE VALIDO PARA LA IGLESIA LATINA.

LA Apostolicidad, condición que la Iglesia Católica reconoce para sí y para la Iglesia Ortodoxa, al considerar a sus actuales jerarcas como sucesores de Pedro y los demás Apóstoles y herederos de toda su autoridad y poder en la comunidad de los cristianos; esta nota proporciona, a su vez, fundamento a la doctrina de la sucesión apostólica, a través de la cual habría perdurado hasta la actualidad.

Ahora Esther se aferra a tachar de hereticos a los Ortodoxos por no aceptar algunas verdades dogmaticas, (obviamente no las aceptan por que ambas teologias Occidental y Oriental evolucionaron por caminos distintos, mientras que en Occidente la Escolastica vino a ser la Escuela Teologica por excelencia en Oriente la Patristica es la pauta a seguir) pero Esther olvida que Juan Pablo II nos recuerda que La unidad que se persigue -y que ha de perseguirse- con ellas es la plena comunión en una sola fe, en los sacramentos y en el gobierno eclesial (cf. Lumen gentium, 14), en el pleno respeto de las legítimas diferencias litúrgicas, disciplinarias y teológicas, como he tenido ocasión de explicar en la carta apostólica Euntes in mundum universum, con ocasión del milenario del bautismo de la Rus' de Kiev (25 de enero de 1988, 10: AAS 80 [1988], págs. 949-950).

Sin este respeto y llamandolos "herejes" por no comprender los dogmas definidos despues de 1054 no creo que se tome en cuenta lo dicho por el Santo Padre, ni por la Tradicion Teologica Occidental que SI toma en cuenta estas diferencias Teologales.

A un Ortodoxo se le puede llamar cismatico, puesto que el cisma existe, pero no hereje ya que las diferencias teologicas y disciplinarias deben de tomarse en cuenta, sobre todo a la Luz de la LEGISLACION ORIENTAL ya que es la que esta en concordancia con la realidad ORIENTAL.

Papa Pablo VI -y conserva aún hoy toda su validez- en el discurso pronunciado en la catedral del patriarcado ecuménico, con ocasión de su visita: "Vemos así con mayor claridad que a los jefes de las Iglesias, a su jerarquía, es a quien incumbe el oficio de llevar a las Iglesias por el camino que conduce al hallazgo de la plena comunión. Lo deben hacer reconociéndose y respetándose como pastores de la porción del rebaño de Cristo que se les ha confiado, procurando la cohesión y el crecimiento del pueblo de Dios y evitando todo lo que podría dispersarlo o engendrar confusión en sus filas" (25 de julio de 1967: AAS 59 [1967], pág. 841).

Las Iglesias orientales católicas conocen y aceptan con confianza las enseñanzas del Concilio Vaticano II sobre el ecumenismo y tratan de ofrecer su aportación a la búsqueda de la plena unidad entre católicos y ortodoxos. A la luz de su propia Tradicion Litugirca, Teologica y disciplinaria.

Ahora Esther en su escrito reconoce que :

El Vaticano II, aunque habló de las divisiones y separaciones (UR 3, 13), evitó tanto la palabra «cisma» como la palabra «herejía». Formalmente la Iglesia católica considera a la Iglesia ortodoxa como cismática, mientras que las Iglesias protestantes serían heréticas.

Cosa que no es IGUAL.

Al arzobispo Lefebvre si se le puede aplicar en facto la excomunión latae sententiae junto con sus obispos por que pertenecian a la IGLESIA LATINA para la cual el codigo de derecho Canonico de 1983 SI APLICA.
La iglesia Ortodoxa estaria sujeta al Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium y en este lo que se busca es la Plena Comunion y la relacion fraterna mas que una excomunion. En fin...

¿dudas? ahi me escriben... Bendiciones.

Por cierto No eh contradecido para nada al Magisterio de la Iglesia, y conozco de la Tradicion Oriental por que asisto a la iglesia MARONITA del Patriarcado de Antioquia, y conozco el derecho CANONICO latino por que soy Dominico, y en nigun momento soy medernista, jajaja. En fin.
_________________
SIR CATCELOT EL PRIMER GATOLLERO.
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cofercarv2º
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Ubicación: Costa Rica :D (De cariño Tiquicia xD)

MensajePublicado: Lun Nov 19, 2007 3:06 am    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

gatosentado76 escribió:

Por cierto cofercarv2º creo que entiendes mal la "primacia de Pedro" reconocer al PAPA como el Primer Patriarca es eso precisamente, ahora falta definir el Papel del PAPA en la Iglesia Universal.


Ahhhhhhh, mas conocimiento para mi Cool

Gracias

Saludos gente!!!!
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Danilo82
Veterano


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MensajePublicado: Sab Nov 24, 2007 11:49 am    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

La Iglesia ortodoxa siempre ha reconocido al papa como primer patriarca.
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gatosentado76
Veterano


Registrado: 18 Feb 2006
Mensajes: 2363

MensajePublicado: Sab Nov 24, 2007 9:11 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Esta opinion de un Hermano Ortodoxo es verdaderamente hermosa, muestra como la desunion es algo que puede y debe de ser superado con el corazon y el conocimiento mutuo, tachar de hereje al hermano solo por que no sigue una misma linea teologica es una verdadera desgracia, Catolicos y Ortodoxos vamos en busca de Cristo, las diferencias solo con una sincera Fe y confianza en Cristo seran vencidas.

Es una opinion dada en otro foro, pero muy interesante, bendiciones y ojala este testimonio nos ayude a dejer descalificativos de "herejes" en esta Fe en Cristo Eucaristico que nos UNE, el Cisma existe, pero ¿que hemos hecho los Cristianos por superarlo? hasta hoy muy poco, pero ya vamos avanzando y si confiamos en Dios llegaremos a la Plena comunion:

CATOLICO APOSTOLICO ORTODOXO Dice:

Viernes 23 Noviembre 2007 en 7:12 am
Soy Ortodoxo,

Gracias por recibirme en esta web y permitirme dar el punto de vista de un católico, apostólico, ortodoxo.

Hermanos, la Iglesia (que es Una, Santa, Católica y Apostólica) está dialogando.

Yo sé que no es fácil, para nosotros, humanos. El diablo está feliz de vernos separados. Está feliz de ver como no somos capaces de ser todos como uno.

Fui educado en un colegio de franciscanos, estudio teología en un instituto “Católico, Apostólico y Romano”; pero soy ortodoxo.
Eso me permite conocer un poco de cada uno de nosotros, cristianos.

¿Qué conocemos de nuestros hermanos católicos apostólicos?
Vean que no hablo de “nosotros” y de “ellos”.
Vean que no califico ni descalifico.
Ortodoxos, ¿qué conocéis de vuestros hermanos romanos, de sus experiencias, de sus realidades, de sus sueños y esperazas de unidad?
Romanos, ¿qué conocéis de vuestros hermanos ortodoxos?

1054- Los ortodoxos se fueron, dicen unos.
1054- Los romanos se fueron, dicen unos.
1054- La unidad se quebró, dicen otros.

Apóstol Pedro, la roca sobra la que se edificará la Iglesia, nuestro amado Pedro, fundador de la Sede de Antioquía (donde fuimos llamados cristianos por primera vez).
¡¡¡ Cuánto amamos y respetamos a Pedro los ortodoxos, si el Patriarca Ortodoxo de Antioquía en rigor es también sucesor de Pedro (en el trono de Antioquía) !!!

Apóstol Pedro, quien fue hermano del Apóstol Andrés.
Andrés, que fue el primero en ser llamado por Cristo, y que es el protector del Patriarcado Ecuménico de Constantinopla.

¡¡¡ Cuántas veces los cristianos recurrimos al Pápa de Roma en busca de su consejo, como “primero entre iguales” !!!

¿Cómo digo todo esto; que podrían ser disparates infundados?

Hans George Gadamer decía que la hermenéutica era ponerse en el lugar del otros, pensando que podía tener razón.

Yo no les pido que se pongan en el lugar de los ortodoxos y piensen que podemos tener razón.
Les pido, humanamente, que no se pongan en ningún lugar.
Que manteniéndose fieles a sus creencias y al Pápa de Roma, confien Dios y amen, amen mucho, como les gustaría a ustedes ser amados.
Les pido que traten a los demás como les gustaría ser tratados a ustedes mismos.

Los Ortodoxos no nos vamos a volver Romanos.
Los Romanos no se van a volver Ortodoxos.
¿Entonces qué?

Nada….
Entonces nada….

O… tal vez… todo….
Con la ayuda de Dios (Padre, Hijo y Espíritu Santo, trinidad consubstancial e indivisible).
Cristianos: los muros que han levantado los hombres no llegan hasta el cielo.
Que el diablo no nos divida, porque unos de sus nombre es “el que divide”.

¡¡¡ Que todos seamos como uno !!!

Ven, te obsequio mi ortodoxia, mi creencia recta… que es lo más valioso y preciado que tengo para dar.
Te la regalo a tí, hermano Romano, que has vivido y te has formado en otra realidad.
Y te suplico, dádme un poco de lo que tengas para dar; amor o acusaciones.
Todos somos culpables de esta desunión…
Todos somos víctimas de esta incompresible ignorancia mutua.

Ven, en el nombre del que fue sacrificado por nosotros y por nbuestra salvación en la cruz.
Caminemos juntos, como aquellos caminante que viajaban a Emaus y se les apareció el Señor, para enseñarles…
Caminemos juntos y roguemos para que vuelva a enseñarnos.

Y si no es posible esto, pues caminemos separados como caminaron los apóstoloes. Unos fueron a un lado, otros a otro, predicando el evangelio de la resurrección.
Por diferentes caminos, pero juntos, hermanos, como si fueramos uno.
Hasta que un día, descubramos que estamos caminando la misma senda.

Gracias por la oportunidad de hablar y ser oido.

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javi27
Veterano


Registrado: 03 Feb 2007
Mensajes: 9170
Ubicación: en el Sagrado Corazón de Jesús

MensajePublicado: Sab Nov 24, 2007 9:40 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

en verdad..

muy bonito el testimonio
_________________

"Yo también le prometo, ya aquí en la tierra, victoria sobre sus enemigos,
pero especialmente en la hora de la muerte.
Yo, el Señor, la defenderé como a Mi propia Gloria".†
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Esther Filomena
Veterano


Registrado: 03 Ene 2006
Mensajes: 2345

MensajePublicado: Lun Nov 26, 2007 6:20 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

gatosentado76 escribió:
YA veo que doña Esther sigue en sus rollos, que esta bien, yo siempre eh reconocido el cisma tal y como lo que es, no lo eh negado NUNCA, en fin, veamos la noticia salio aun en medios catolicos:

http://www.aciprensa.com/noticia.php?n=19108

Es el resultado de la Comision Teologica Mixa, ahora el siguiente paso es discutir sobre el papel del Obispo de Roma, que en realidad no representa gran problema, ya lo veremos. Ahora el Primado de Pedro ya esta reconocido, para mas informacion, lean los apuntes del la comision en Ravena. Ahora reconocer el Primado de Pedro no significa que ya este en relacion al obispo de Roma todo arreglado, pero reconocer el Primado de Roma es tan importante por que representa una revision de la historia conjunta que NO se habia hecho desde 1054 y que es muy necesaria.

Por cierto cofercarv2º creo que entiendes mal la "primacia de Pedro" reconocer al PAPA como el Primer Patriarca es eso precisamente, ahora falta definir el Papel del PAPA en la Iglesia Universal.

Ahora para Esther, el apartado "TÍTULO I DE LOS DELITOS CONTRA LA RELIGIÓN Y LA UNIDAD DE LA IGLESIA (Cann. 1364 – 1369)"

Es muy interesante y muy claro en cuanto a que:

1364 § 1. El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae, quedando firme lo prescrito en el ⇒ c. 194 § 1, 2; el clérigo puede ser castigado además con las penas enumeradas en el ⇒ c. 1336 § 1, 1 , 2 y 3.

Cosa que nadie niega (al menos yo no)

Pero se olvida Esther de este pequeño detalle:

En el Libro I de las Normas Generales se especifica:

1 Los cánones de este Código son sólo para la Iglesia latina.

Iglesia Latina se entiende como aquella que conserva integro el Rito Latino de la Misa, los Ritos son 22, de la Iglesia Latina dependen el Rito Latino, el Rito Ambrosiano, el Rito Mozarabe (que se engloban en LA IGLESIA LATINA).
Mientras que 21 "Iglesias Orientales" en Comunion con el PAPA DE ROMA (asi se le nombra en las Liturgias, puesto que se toman en cuenta los Patriarcados) dichas IGLESIAS ORIENTALES se encuentran regidas no por el Codigo de derecho Catolico que nombra Esther si no por el el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium). Ahora las iglesias Ortodoxas sin comunion con Roma se rigen por el Pedalion/Πεδαλιον que es tomado en cuenta por el Codex Ecclesiarum Orientalium para efectos de Relaciones entre "Iglesias Hermanas" el codigo que rige a las iglesias Orientales comenzo a Codificarse desde 1917, pero se fijo definitivamente en 1990, para efectos relacionados con todo esto existe la Congregación para las Iglesias Orientales.

Asi que El derecho canónico en su artículo 1º dice claramente que “los cánones de este Código son sólo para la Iglesia Latina”. Hace la aclaración porque la Iglesia Católica es latina y occidental. La mayoria de nosotros conocemos poco a la Iglesia oriental que es tan católica como la latina, está sujeta al Papa, y está en comunión también con la Iglesia Católica Latina. Nosotros pertenecemos al rito latino, tanto tiempo se utilizó en la Iglesia el latín; los orientales católicos siempre han usado su propia lengua y conservan sus tradiciones, por ejemplo la no aceptación del celibato, y otras cosas menores como usar barba, usar anillos; eran las diferencias de antes entre orientales y latinos; entonces este Código de Derecho Canónico no es para la Iglesia Oriental sino solamente para los miembros de la Iglesia de rito latino. Y la Iglesia Ortodoxa por el hecho de ser Oriental se sujeta a las normas y condiciones del Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium, el gran problema de muchos Latinos ajenos a la Espiritualidad Oriental es que se empeñan en medir la situacion de Oriente con las definiciones Legales de Occidente y estas repito NO APLICAN, Ademas en el Código de Cánones de las Iglesias Orientales (1990) promulgado por Juan Pablo II se especifican las formas distintas de concebir la Catolicidad en Oriente y Occidente.

El Código de Cánones de las Iglesias Orientales (CCEO)

Las Iglesias orientales católicas, han gozado desde siempre de un derecho propio, conforme a las tradiciones doctrinales, litúrgicas y disciplinares de cada una de ellas. (que no siempre pueden ser copia de la doctrina Catolica Latina) La codificación de su derecho se vio conveniente poco después de la promulgación del Código latino de 1917. En efecto, los trabajos para la elaboración de un código común a todas las Iglesias orientales se iniciaron en 1929; fruto de estos trabajos fueron 4 textos parciales promulgados por Pío XII entre 1949 y 1957, pero no se llegó a completar un Código.

El Concilio Vaticano II ha confirmado la legitimidad de la disciplina propia de las Iglesias orientales, refiriéndose en el Decreto Orientalium Ecclesiarum a diversas instituciones típicas de ellas, de modo que la variedad en la Iglesia no sólo no perjudica a su unidad, sino que la manifiesta mejor (OE 2).

En 1972 Pablo VI instituyó una Comisión a la que confió la elaboración del Código de derecho canónico oriental, a la luz de las enseñanzas del Concilio. Como para el Código latino, en los trabajos intervinieron también la jerarquía de las Iglesias orientales, los dicasterios interesados y los centros de estudio especializados en teología y derecho orientales (ya que la Teologia Oriental evoluciona distinto a la Occidental, por ello problemas como la comprension de la Inmaculada Concepcion, recordemos que la Colegialidad reside en los Obispos -Eparcas y Patriarcas tambien VALIDAMENTE ORDENADOS-).
Los diversos grupos de estudio elaboraron, entre 1980 y 1984 varios esquemas que -tras ser examinados- fueron recogiods en el Schema Codicis Iuris Canonici Orientalis, que fue enviado a los miembros de la Comisión en 1986. Con las enmiendas y correcciones propuestas por la Comisión se redactó el Schema novissimum, que fue presentado al Santo Padre. Este, luego de revisarlo e introducir las modificaciones oportunas, promulgó el Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium (CCEO) el 1 de octubre de 1990.

El Código oriental contiene normas de derecho (cánones) comunes a las 21 Iglesias sui iuris (autónomas) de rito oriental, que forman parte de la Iglesia católica. Está dividido en 30 Títulos ordenados según la importancia de la materia, con un total de 1546 cánones. Dentro de este marco común, cada Iglesia deberá luego desarrollar un derecho particular que responda a sus propias tradiciones (que desde luego incluyen la Tradicion Teologica entre sus partes y bien diferenciada).

Ahora en el DISCURSO DEL SANTO PADRE JUAN PABLO II
A LOS PATRIARCAS DE LAS IGLESIAS ORIENTALES CATÓLICAS,
REUNIDOS EN EL VATICANO el Martes 29 de septiembre de 1998 se dice claramente:


El papel particular de las Iglesias orientales católicas corresponde al que ha quedado vacío por la falta de comunión plena con las Iglesias ortodoxas. Tanto el decreto Orientalium Ecclesiarum del concilio Vaticano II, como la constitución apostólica Sacri canones (pp. IX-X), que ha acompañado la publicación del Código de cánones de las Iglesias orientales, han puesto de relieve que la situación presente, y las reglas que la determinan, están proyectadas hacia la anhelada comunión plena entre la Iglesia católica y las Iglesias ortodoxas.

Vuestra colaboración con el Papa y entre vosotros podrá mostrar a las Iglesias ortodoxas que la tradición de la «sinergia » entre Roma y los patriarcados se ha mantenido, aunque limitada y herida, e incluso tal vez se ha desarrollado para el bien de la única Iglesia de Dios, extendida por toda la tierra.

Ahora tanto han ayudado estas dispocisiones que buscan la Plena comunion que los Catolicos Latinos podrán acceder a la Eucaristía de la Iglesia asiria (ortodoxa) En caso de necesidad pastoral, según las recientes directivas de la Santa Sede y viceversa.

CIUDAD DEL VATICANO, 9 mayo 2003 (ZENIT.org).- La Iglesia asiria de Oriente --que no está en comunión con Roma-- celebra válidamente la Eucaristía y la Santa Sede ha predispuesto que los fieles católicos de la Iglesia caldea puedan acceder a la Eucaristía celebrada en su seno, cuando no puedan hacerlo en sus comunidades.

Es la conclusión del Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos plasmada en el documento «Orientaciones para la admisión a la Eucaristía entre la Iglesia caldea y la Iglesia asiria de Oriente», elaborado de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe y la Congregación para las Iglesias orientales.

Hablar de Iglesia Ortodoxa es hablar efectivamente de un cisma pero no dentro de la Iglesia Latina si no dentro de la Iglesia Oriental, NO EXISTEN DOS IGLESIAS, el termino Iglesias hermanas viene de que en el Nuevo Testamento se hallan numerosas indicaciones que manifiestan las relaciones de fraternidad existentes entre las Iglesias locales de la antigüedad cristiana. El pasaje neotestamentario que en modo más explícito refleja esa convicción es la frase final de 2 Jn 13: «Te saludan los hijos de tu hermana Elegida». Se trata de saludos enviados de una comunidad eclesial a otra; la comunidad que envía los saludos se llama a sí misma “hermana” de la otra. En la literatura eclesiástica, la expresión se comienza a utilizar en Oriente cuando, a partir del siglo V, se difunde la idea de la Pentarquía, según la cual a la cabeza de la Iglesia se encontrarían los cinco Patriarcas, y la Iglesia de Roma tendría el primer puesto entre las Iglesias hermanas patriarcales (El primado Historico) Al respecto, hay que notar que ningún Romano Pontífice reconoció esta equiparación de las sedes ni aceptó que a la sede romana se le reconociese solamente un primado de honor (Eh aqui lo que se discutira en la Comision Mixta en Marzo proximo). Además, nótese que en Occidente no se desarrolló esa estructura patriarcal que es típica de Oriente.

Como se sabe, en los siglos siguientes las divergencias entre Roma y Constantinopla llevaron a excomuniones mutuas, que tuvieron «consecuencias, que, por cuanto podemos juzgar, fueron más allá de las intenciones y las previsiones de sus autores, cuyas censuras concernían a las personas afectadas, no a las Iglesias, y no tenían la intención de romper la comunión eclesiástica entre las sedes de Roma y de Constantinopla»
(Joseph Card. Ratzinger, Junio 2000)


El Concilio Vaticano II usa la expresión Iglesias hermanas para calificar la relación fraterna entre las Iglesias particulares: «…existen en Oriente muchas iglesias particulares o locales, entre las cuales ocupan el primer lugar las iglesias patriarcales, y de las cuales no pocas tienen origen en los mismos Apóstoles. Por este motivo ha prevalecido y prevalecen entre los orientales la diligencia y el cuidado de conservar en la comunión de la fe y de la caridad aquellas relaciones fraternas, que deben observarse entre las iglesias locales como entre hermanas».

(SE CONSIDERA a la Iglesia Ortodoxa como Iglesia "PARTICULAR" pues contiene en si SUCECION APOSTOLICA por ende Obispos -Patriarcas- portadores de dicha Sucesion)

El primer documento pontificio en el cual de halla el apelativo de hermanas aplicado a las Iglesias es el Breve Anno ineunte, de Pablo VI al Patriarca Atenágoras I. Tras haber manifestado su voluntad de hacer lo posible para «restablecer la plena comunión entre la Iglesia de Occidente y la Iglesia de Oriente», el Papa se pregunta: «Puesto que en cada Iglesia local se opera este misterio del amor divino, ¿no es tal vez éste el origen de aquella expresión tradicional, en virtud de la cual las Iglesias de varios lugares comenzaron a llamarse entre ellas como hermanas? Nuestras Iglesias han vivido por siglos como hermanas, celebrando juntas los concilios ecuménicos, que han defendido el depósito de la fe contra toda alteración. Ahora, después de un largo período de división y de incomprensión recíproca, el Señor, a pesar de las dificultades que en el pasado han surgido entre nosotros, nos da la posibilidad de redescubrirnos como Iglesias hermanas».

En la Encíclica Ut unum sint, el tema es desarrollado sobre todo en el n. 56, que inicia así: «Después del Concilio Vaticano II y con referencia a aquella tradición, se ha restablecido el uso de llamar Iglesias hermanas a las Iglesias particulares o locales congregadas en torno a su Obispo. La supresión, además, de las excomuniones recíprocas, quitando un doloroso obstáculo de orden canónico y psicológico, ha sido un paso muy significativo en el camino hacia la plena comunión». El número termina auspiciando: «El término tradicional de Iglesias hermanas debería acompañarnos incesantemente en este camino». El tema es retomado en el n. 60, en el cual se observa: «Más recientemente, la Comisión mixta internacional ha dado un paso significativo en la cuestión tan delicada del método a seguir en la búsqueda de la comunión plena entre la Iglesia católica y la Iglesia ortodoxa, cuestión que ha alterado con frecuencia las relaciones entre católicos y ortodoxos. La Comisión ha puesto las bases doctrinales para una solución positiva del problema, que se fundamenta en la doctrina de las Iglesias hermanas» (El resutado del reconocimiento del PRIMADO DE PEDRO es un gran logro de dicha comision).

En efecto, en sentido proprio, Iglesias hermanas son exclusivamente las Iglesias particulares (o las agrupaciones de Iglesias particulares: por ejemplo, los Patriarcados y las Metropolías). Debe quedar siempre claro, incluso cuando la expresión Iglesias hermanas es usada en este sentido propio, que la Iglesia universal, una, santa, católica y apostólica, no es hermana sino madre de todas las Iglesias particulares (esto nos aclara que para la Iglesia Catolica la Ortodoxia mas que una Iglesia hermana es hija)

Se puede hablar de Iglesias hermanas, en sentido propio, también en referencia a Iglesias particulares católicas y no católicas; y por lo tanto también la Iglesia particular de Roma puede ser llamada hermana de todas las Iglesias particulares. Pero, como ya ha sido recordado, no se puede decir propiamente que la Iglesia católica sea hermana de una Iglesia particular o grupo de Iglesias. No se trata solamente de una cuestión terminológica, sino sobre todo de respetar una verdad fundamental de la fe católica: la de la unicidad de la Iglesia de Jesucristo. Existe, en efecto, una única Iglesia, y por eso el plural Iglesias se puede referir solamente a las Iglesias particulares. (cabe destacar que una Iglesia Particular es aquella que se reune entorno a su OBISPO VALIDO, esto es en pleno derecho de la Sucesion Apostolica, en este caso la Ortodoxia se reconoce como Iglesia Particular, aunque en cisma, donde se aplica NO EL CODIGO DE DERECHO CANONICO LATINO, si no el ORIENTAL que en si no excomulga ni invalida a la Ortodoxia si no que busca la plena comunion)

En consecuencia es de evitar, como fuente de malentendidos y de confusión teológica, el uso de fórmulas como “nuestras dos Iglesias”, que insinúan –cuando se aplican a la Iglesia católica y al conjunto de las Iglesias ortodoxas (o de una Iglesia ortodoxa)– un plural no solamente al nivel de Iglesias particulares, sino también al nivel de la Iglesia una, santa, católica y apostólica, confesada en el Credo, cuya existencia real aparece así ofuscada.

En fin, se debe también tener presente que la expresión Iglesias hermanas en sentido proprio, como es testimoniado por la Tradición común de Occidente y Oriente, puede ser aplicada exclusivamente a aquellas comunidades que han conservado válidamente el Episcopado y la Eucaristía. (Por ello este termino no puede ser aplicado a las comunidades eclesiales protestantes, puesto que ellos no cuentan con los indispensable, ademas de que por ser "occidentales" y separados de la Iglesia Latina si se hacen merecedores de la excomunión latae sententiae)

En si, el problema del cisma entre occidente y occidente no puede ser valorado a partir de un codigo de dercho Canonico UNICAMENTE VALIDO PARA LA IGLESIA LATINA.

LA Apostolicidad, condición que la Iglesia Católica reconoce para sí y para la Iglesia Ortodoxa, al considerar a sus actuales jerarcas como sucesores de Pedro y los demás Apóstoles y herederos de toda su autoridad y poder en la comunidad de los cristianos; esta nota proporciona, a su vez, fundamento a la doctrina de la sucesión apostólica, a través de la cual habría perdurado hasta la actualidad.

Ahora Esther se aferra a tachar de hereticos a los Ortodoxos por no aceptar algunas verdades dogmaticas, (obviamente no las aceptan por que ambas teologias Occidental y Oriental evolucionaron por caminos distintos, mientras que en Occidente la Escolastica vino a ser la Escuela Teologica por excelencia en Oriente la Patristica es la pauta a seguir) pero Esther olvida que Juan Pablo II nos recuerda que La unidad que se persigue -y que ha de perseguirse- con ellas es la plena comunión en una sola fe, en los sacramentos y en el gobierno eclesial (cf. Lumen gentium, 14), en el pleno respeto de las legítimas diferencias litúrgicas, disciplinarias y teológicas, como he tenido ocasión de explicar en la carta apostólica Euntes in mundum universum, con ocasión del milenario del bautismo de la Rus' de Kiev (25 de enero de 1988, 10: AAS 80 [1988], págs. 949-950).

Sin este respeto y llamandolos "herejes" por no comprender los dogmas definidos despues de 1054 no creo que se tome en cuenta lo dicho por el Santo Padre, ni por la Tradicion Teologica Occidental que SI toma en cuenta estas diferencias Teologales.

A un Ortodoxo se le puede llamar cismatico, puesto que el cisma existe, pero no hereje ya que las diferencias teologicas y disciplinarias deben de tomarse en cuenta, sobre todo a la Luz de la LEGISLACION ORIENTAL ya que es la que esta en concordancia con la realidad ORIENTAL.

Papa Pablo VI -y conserva aún hoy toda su validez- en el discurso pronunciado en la catedral del patriarcado ecuménico, con ocasión de su visita: "Vemos así con mayor claridad que a los jefes de las Iglesias, a su jerarquía, es a quien incumbe el oficio de llevar a las Iglesias por el camino que conduce al hallazgo de la plena comunión. Lo deben hacer reconociéndose y respetándose como pastores de la porción del rebaño de Cristo que se les ha confiado, procurando la cohesión y el crecimiento del pueblo de Dios y evitando todo lo que podría dispersarlo o engendrar confusión en sus filas" (25 de julio de 1967: AAS 59 [1967], pág. 841).

Las Iglesias orientales católicas conocen y aceptan con confianza las enseñanzas del Concilio Vaticano II sobre el ecumenismo y tratan de ofrecer su aportación a la búsqueda de la plena unidad entre católicos y ortodoxos. A la luz de su propia Tradicion Litugirca, Teologica y disciplinaria.

Ahora Esther en su escrito reconoce que :

El Vaticano II, aunque habló de las divisiones y separaciones (UR 3, 13), evitó tanto la palabra «cisma» como la palabra «herejía». Formalmente la Iglesia católica considera a la Iglesia ortodoxa como cismática, mientras que las Iglesias protestantes serían heréticas.

Cosa que no es IGUAL.

Al arzobispo Lefebvre si se le puede aplicar en facto la excomunión latae sententiae junto con sus obispos por que pertenecian a la IGLESIA LATINA para la cual el codigo de derecho Canonico de 1983 SI APLICA.
La iglesia Ortodoxa estaria sujeta al Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium y en este lo que se busca es la Plena Comunion y la relacion fraterna mas que una excomunion. En fin...

¿dudas? ahi me escriben... Bendiciones.

Por cierto No eh contradecido para nada al Magisterio de la Iglesia, y conozco de la Tradicion Oriental por que asisto a la iglesia MARONITA del Patriarcado de Antioquia, y conozco el derecho CANONICO latino por que soy Dominico, y en nigun momento soy medernista, jajaja. En fin.



De hecho toda esta perorata, no cambia las cosas que los cismáticos siguen siendo simáticos aun.

Y que el pronunciamiento que tanto promociona Gatosentado, no a acercado ni un milimetro a la unidad, porque la Iglesia Ortodoxa aun no a reconocido la "Primacía de Pedro", no ha reconocido la Inmaculada Concepción de María, ni la procedencia del Espiritu Santo del Padre y del Hijo.

Claro, argumentar que algunos aceptan y otros no, no me extraña cuando en la Ortodoxia tampoco hay unidad, sino una multitud de Patriarcados, son criterio propio.

Proponer discursos antes que la verdad, no ayuda a la verdad, es por eso que mientras los cismáticos sean cismáticos, estarán en heregia y habra no mas observaciones, y no plena comunion.

Paz y bien
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Esther Filomena
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Esther Filomena
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MensajePublicado: Lun Nov 26, 2007 6:36 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Los ortodoxos reconocen al Papa como primer patriarca


Las iglesias ortodoxas han reconocido al Papa como “el primer patriarca” y a Roma como la “primera sede”, dos reconocimientos que allanan el camino hacia la reunificación entre católicos y ortodoxos, separados desde el cisma entre Oriente y Occidente de 1054.
Así lo asegura este miércoles el diario romano “La Repubblica”, que señala que ese reconocimiento es el fruto de la reunión que celebraron el pasado octubre en Rávena (noreste italiano) una delegación de la Iglesia Católica y otra de las iglesias ortodoxas.
La delegación de la Iglesia Católica estuvo encabezada por el presidente del Pontificio Consejo para la Unidad de los Cristianos, el cardenal Walter Kasper, y la de las iglesias ortodoxas fue presidida por el metropolita (arzobispo) Zizioulas del Patriarcado Ecuménico de Constantinopla.


El documento, según el diario, es “reservado” y consta de 46 párrafos. El matutino agrega que es un “mapa de ruta” que puede llevar a la unidad rota hace casi mil años.
Aunque los ortodoxos reconocen al Papa y a Roma el primado, el texto añade que “hay que clarificar cuál será el papel del obispo de la primera sede”, es decir, las prerrogativas del Pontífice.
El documento, siempre de acuerdo con el diario, “delinea tres puntos fundamentales, la comunión eclesial, concilio y autoridad”.
Agrega que se reconoce al Obispo como jefe de la iglesia local, que nadie puede sustituir, y asegura que todas las partes acordaron reconocer que la “única y santa iglesia se realiza de manera contemporánea en todas las iglesias locales, que celebran la eucaristía y celebran la comunión (unidad) de todas las iglesias”.

En otras palabras, aunque las iglesias ortodoxas reconocen al Papa el primado, la cabeza visible, subrayan que el Obispo de Roma no puede actuar como un soberano absoluto que decide por sí solo y sin tener en cuenta a las iglesias locales, según puntualiza el diario. Rolling Eyes

El matutino añade que en el texto al Papa se le nombra siempre como “Obispo de Roma o uno de los cinco patriarcas históricos”.
“Ahora le toca el turno a Benedicto XVI”, destaca el diario, que recuerda que el patriarca Alejo II de la Iglesia Ortodoxa Rusa es “recalcitrante” a la hora de reconocer el primado del patriarca ecuménico de Constantinopla, Bartolomé I, y no perdona a la Iglesia Católica que se esté expandiendo en zonas que considera de su tradicional influencia. Rolling Eyes
El Vaticano, de momento, no ha hecho declaración alguna.
Respecto al título de “Patriarca de Occidente”, uno de los títulos tradicionales de los Pontífices romanos, el pasado año Benedicto XVI renunció al mismo por “realismo histórico y teológico”, y por considerar que así “puede ayudar al diálogo ecuménico”, según precisó entonces el Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos.
“La renuncia a dicho título expresa una realidad histórica y teológica y al mismo tiempo puede ayudar al diálogo ecuménico”, subrayó el organismo Vaticano, que explicó la decisión papal.
Benedicto XVI considera la unidad de los cristianos como uno de los objetivos de su pontificado y se ha comprometido en varias ocasiones a “dar pasos concretos en ese camino”.
Oriente y Occidente se separaron con el cisma de 1054, con las excomuniones del papa León IX y del patriarca Miguel Celurario. Desde entonces han pasado casi mil años de incomprensiones y recelos.
Les separan razones teológicas, como el rechazo de los ortodoxos al primado de la Iglesia de Roma y la negativa de la infalibilidad del Papa.
Los ortodoxos no reconocen la validez de los sacramentos católicos, al contrario que la Iglesia católica que sí admite, desde el Vaticano II, los de la Iglesia ortodoxa.
Los ortodoxos culpan a Roma de proselitismo y de intentar expandirse en territorios hasta ahora bajo su control.
Visto que el primado de Pedro es uno de los escollos, Juan Pablo II dijo en varias ocasiones que estaba dispuesto a que teólogos y expertos discutieran ese tema para buscar una solución que fuera aceptada por todos.
Fuente: EFE


Pero no cambia casi nada, siguen en cisma...


Paz y bien
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Esther Filomena
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gatosentado76
Veterano


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Mensajes: 2363

MensajePublicado: Lun Nov 26, 2007 8:30 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

¿Y se puede saber Esther quien ha negado el cisma? si tu te gozas en que exista el cisma, vay clase de cristiana que eres, nadie aqui ha negado el cisma, mas eso no te da el derecho de gloriarte a ello. Y si, si cambia algo lo que investigue. que Gente como tu, no llame herejes a los Ortodoxos. Si tu quieres seguir en tu mundito adelante. Tu misma lo dijiste, ES DIOS quien dara el porque de las cosas, en fin.

Si tu quieres aplicar el codigo de derecho canonico LATINO a toda la Cristiandad, por que asi te enseñaron en tu sacristia adelante. Solo que no inventes tonterias, por que YO nunca eh negado el cisma. Punto.
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Danilo82
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Registrado: 04 Jul 2007
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Ubicación: Santiago, Chile

MensajePublicado: Lun Nov 26, 2007 8:34 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Esther Filomena escribió:
gatosentado76 escribió:
YA veo que doña Esther sigue en sus rollos, que esta bien, yo siempre eh reconocido el cisma tal y como lo que es, no lo eh negado NUNCA, en fin, veamos la noticia salio aun en medios catolicos:

http://www.aciprensa.com/noticia.php?n=19108

Es el resultado de la Comision Teologica Mixa, ahora el siguiente paso es discutir sobre el papel del Obispo de Roma, que en realidad no representa gran problema, ya lo veremos. Ahora el Primado de Pedro ya esta reconocido, para mas informacion, lean los apuntes del la comision en Ravena. Ahora reconocer el Primado de Pedro no significa que ya este en relacion al obispo de Roma todo arreglado, pero reconocer el Primado de Roma es tan importante por que representa una revision de la historia conjunta que NO se habia hecho desde 1054 y que es muy necesaria.

Por cierto cofercarv2º creo que entiendes mal la "primacia de Pedro" reconocer al PAPA como el Primer Patriarca es eso precisamente, ahora falta definir el Papel del PAPA en la Iglesia Universal.

Ahora para Esther, el apartado "TÍTULO I DE LOS DELITOS CONTRA LA RELIGIÓN Y LA UNIDAD DE LA IGLESIA (Cann. 1364 – 1369)"

Es muy interesante y muy claro en cuanto a que:

1364 § 1. El apóstata de la fe, el hereje o el cismático incurren en excomunión latae sententiae, quedando firme lo prescrito en el ⇒ c. 194 § 1, 2; el clérigo puede ser castigado además con las penas enumeradas en el ⇒ c. 1336 § 1, 1 , 2 y 3.

Cosa que nadie niega (al menos yo no)

Pero se olvida Esther de este pequeño detalle:

En el Libro I de las Normas Generales se especifica:

1 Los cánones de este Código son sólo para la Iglesia latina.

Iglesia Latina se entiende como aquella que conserva integro el Rito Latino de la Misa, los Ritos son 22, de la Iglesia Latina dependen el Rito Latino, el Rito Ambrosiano, el Rito Mozarabe (que se engloban en LA IGLESIA LATINA).
Mientras que 21 "Iglesias Orientales" en Comunion con el PAPA DE ROMA (asi se le nombra en las Liturgias, puesto que se toman en cuenta los Patriarcados) dichas IGLESIAS ORIENTALES se encuentran regidas no por el Codigo de derecho Catolico que nombra Esther si no por el el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales (Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium). Ahora las iglesias Ortodoxas sin comunion con Roma se rigen por el Pedalion/Πεδαλιον que es tomado en cuenta por el Codex Ecclesiarum Orientalium para efectos de Relaciones entre "Iglesias Hermanas" el codigo que rige a las iglesias Orientales comenzo a Codificarse desde 1917, pero se fijo definitivamente en 1990, para efectos relacionados con todo esto existe la Congregación para las Iglesias Orientales.

Asi que El derecho canónico en su artículo 1º dice claramente que “los cánones de este Código son sólo para la Iglesia Latina”. Hace la aclaración porque la Iglesia Católica es latina y occidental. La mayoria de nosotros conocemos poco a la Iglesia oriental que es tan católica como la latina, está sujeta al Papa, y está en comunión también con la Iglesia Católica Latina. Nosotros pertenecemos al rito latino, tanto tiempo se utilizó en la Iglesia el latín; los orientales católicos siempre han usado su propia lengua y conservan sus tradiciones, por ejemplo la no aceptación del celibato, y otras cosas menores como usar barba, usar anillos; eran las diferencias de antes entre orientales y latinos; entonces este Código de Derecho Canónico no es para la Iglesia Oriental sino solamente para los miembros de la Iglesia de rito latino. Y la Iglesia Ortodoxa por el hecho de ser Oriental se sujeta a las normas y condiciones del Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium, el gran problema de muchos Latinos ajenos a la Espiritualidad Oriental es que se empeñan en medir la situacion de Oriente con las definiciones Legales de Occidente y estas repito NO APLICAN, Ademas en el Código de Cánones de las Iglesias Orientales (1990) promulgado por Juan Pablo II se especifican las formas distintas de concebir la Catolicidad en Oriente y Occidente.

El Código de Cánones de las Iglesias Orientales (CCEO)

Las Iglesias orientales católicas, han gozado desde siempre de un derecho propio, conforme a las tradiciones doctrinales, litúrgicas y disciplinares de cada una de ellas. (que no siempre pueden ser copia de la doctrina Catolica Latina) La codificación de su derecho se vio conveniente poco después de la promulgación del Código latino de 1917. En efecto, los trabajos para la elaboración de un código común a todas las Iglesias orientales se iniciaron en 1929; fruto de estos trabajos fueron 4 textos parciales promulgados por Pío XII entre 1949 y 1957, pero no se llegó a completar un Código.

El Concilio Vaticano II ha confirmado la legitimidad de la disciplina propia de las Iglesias orientales, refiriéndose en el Decreto Orientalium Ecclesiarum a diversas instituciones típicas de ellas, de modo que la variedad en la Iglesia no sólo no perjudica a su unidad, sino que la manifiesta mejor (OE 2).

En 1972 Pablo VI instituyó una Comisión a la que confió la elaboración del Código de derecho canónico oriental, a la luz de las enseñanzas del Concilio. Como para el Código latino, en los trabajos intervinieron también la jerarquía de las Iglesias orientales, los dicasterios interesados y los centros de estudio especializados en teología y derecho orientales (ya que la Teologia Oriental evoluciona distinto a la Occidental, por ello problemas como la comprension de la Inmaculada Concepcion, recordemos que la Colegialidad reside en los Obispos -Eparcas y Patriarcas tambien VALIDAMENTE ORDENADOS-).
Los diversos grupos de estudio elaboraron, entre 1980 y 1984 varios esquemas que -tras ser examinados- fueron recogiods en el Schema Codicis Iuris Canonici Orientalis, que fue enviado a los miembros de la Comisión en 1986. Con las enmiendas y correcciones propuestas por la Comisión se redactó el Schema novissimum, que fue presentado al Santo Padre. Este, luego de revisarlo e introducir las modificaciones oportunas, promulgó el Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium (CCEO) el 1 de octubre de 1990.

El Código oriental contiene normas de derecho (cánones) comunes a las 21 Iglesias sui iuris (autónomas) de rito oriental, que forman parte de la Iglesia católica. Está dividido en 30 Títulos ordenados según la importancia de la materia, con un total de 1546 cánones. Dentro de este marco común, cada Iglesia deberá luego desarrollar un derecho particular que responda a sus propias tradiciones (que desde luego incluyen la Tradicion Teologica entre sus partes y bien diferenciada).

Ahora en el DISCURSO DEL SANTO PADRE JUAN PABLO II
A LOS PATRIARCAS DE LAS IGLESIAS ORIENTALES CATÓLICAS,
REUNIDOS EN EL VATICANO el Martes 29 de septiembre de 1998 se dice claramente:


El papel particular de las Iglesias orientales católicas corresponde al que ha quedado vacío por la falta de comunión plena con las Iglesias ortodoxas. Tanto el decreto Orientalium Ecclesiarum del concilio Vaticano II, como la constitución apostólica Sacri canones (pp. IX-X), que ha acompañado la publicación del Código de cánones de las Iglesias orientales, han puesto de relieve que la situación presente, y las reglas que la determinan, están proyectadas hacia la anhelada comunión plena entre la Iglesia católica y las Iglesias ortodoxas.

Vuestra colaboración con el Papa y entre vosotros podrá mostrar a las Iglesias ortodoxas que la tradición de la «sinergia » entre Roma y los patriarcados se ha mantenido, aunque limitada y herida, e incluso tal vez se ha desarrollado para el bien de la única Iglesia de Dios, extendida por toda la tierra.

Ahora tanto han ayudado estas dispocisiones que buscan la Plena comunion que los Catolicos Latinos podrán acceder a la Eucaristía de la Iglesia asiria (ortodoxa) En caso de necesidad pastoral, según las recientes directivas de la Santa Sede y viceversa.

CIUDAD DEL VATICANO, 9 mayo 2003 (ZENIT.org).- La Iglesia asiria de Oriente --que no está en comunión con Roma-- celebra válidamente la Eucaristía y la Santa Sede ha predispuesto que los fieles católicos de la Iglesia caldea puedan acceder a la Eucaristía celebrada en su seno, cuando no puedan hacerlo en sus comunidades.

Es la conclusión del Consejo Pontificio para la Unidad de los Cristianos plasmada en el documento «Orientaciones para la admisión a la Eucaristía entre la Iglesia caldea y la Iglesia asiria de Oriente», elaborado de acuerdo con la Congregación para la Doctrina de la Fe y la Congregación para las Iglesias orientales.

Hablar de Iglesia Ortodoxa es hablar efectivamente de un cisma pero no dentro de la Iglesia Latina si no dentro de la Iglesia Oriental, NO EXISTEN DOS IGLESIAS, el termino Iglesias hermanas viene de que en el Nuevo Testamento se hallan numerosas indicaciones que manifiestan las relaciones de fraternidad existentes entre las Iglesias locales de la antigüedad cristiana. El pasaje neotestamentario que en modo más explícito refleja esa convicción es la frase final de 2 Jn 13: «Te saludan los hijos de tu hermana Elegida». Se trata de saludos enviados de una comunidad eclesial a otra; la comunidad que envía los saludos se llama a sí misma “hermana” de la otra. En la literatura eclesiástica, la expresión se comienza a utilizar en Oriente cuando, a partir del siglo V, se difunde la idea de la Pentarquía, según la cual a la cabeza de la Iglesia se encontrarían los cinco Patriarcas, y la Iglesia de Roma tendría el primer puesto entre las Iglesias hermanas patriarcales (El primado Historico) Al respecto, hay que notar que ningún Romano Pontífice reconoció esta equiparación de las sedes ni aceptó que a la sede romana se le reconociese solamente un primado de honor (Eh aqui lo que se discutira en la Comision Mixta en Marzo proximo). Además, nótese que en Occidente no se desarrolló esa estructura patriarcal que es típica de Oriente.

Como se sabe, en los siglos siguientes las divergencias entre Roma y Constantinopla llevaron a excomuniones mutuas, que tuvieron «consecuencias, que, por cuanto podemos juzgar, fueron más allá de las intenciones y las previsiones de sus autores, cuyas censuras concernían a las personas afectadas, no a las Iglesias, y no tenían la intención de romper la comunión eclesiástica entre las sedes de Roma y de Constantinopla»
(Joseph Card. Ratzinger, Junio 2000)


El Concilio Vaticano II usa la expresión Iglesias hermanas para calificar la relación fraterna entre las Iglesias particulares: «…existen en Oriente muchas iglesias particulares o locales, entre las cuales ocupan el primer lugar las iglesias patriarcales, y de las cuales no pocas tienen origen en los mismos Apóstoles. Por este motivo ha prevalecido y prevalecen entre los orientales la diligencia y el cuidado de conservar en la comunión de la fe y de la caridad aquellas relaciones fraternas, que deben observarse entre las iglesias locales como entre hermanas».

(SE CONSIDERA a la Iglesia Ortodoxa como Iglesia "PARTICULAR" pues contiene en si SUCECION APOSTOLICA por ende Obispos -Patriarcas- portadores de dicha Sucesion)

El primer documento pontificio en el cual de halla el apelativo de hermanas aplicado a las Iglesias es el Breve Anno ineunte, de Pablo VI al Patriarca Atenágoras I. Tras haber manifestado su voluntad de hacer lo posible para «restablecer la plena comunión entre la Iglesia de Occidente y la Iglesia de Oriente», el Papa se pregunta: «Puesto que en cada Iglesia local se opera este misterio del amor divino, ¿no es tal vez éste el origen de aquella expresión tradicional, en virtud de la cual las Iglesias de varios lugares comenzaron a llamarse entre ellas como hermanas? Nuestras Iglesias han vivido por siglos como hermanas, celebrando juntas los concilios ecuménicos, que han defendido el depósito de la fe contra toda alteración. Ahora, después de un largo período de división y de incomprensión recíproca, el Señor, a pesar de las dificultades que en el pasado han surgido entre nosotros, nos da la posibilidad de redescubrirnos como Iglesias hermanas».

En la Encíclica Ut unum sint, el tema es desarrollado sobre todo en el n. 56, que inicia así: «Después del Concilio Vaticano II y con referencia a aquella tradición, se ha restablecido el uso de llamar Iglesias hermanas a las Iglesias particulares o locales congregadas en torno a su Obispo. La supresión, además, de las excomuniones recíprocas, quitando un doloroso obstáculo de orden canónico y psicológico, ha sido un paso muy significativo en el camino hacia la plena comunión». El número termina auspiciando: «El término tradicional de Iglesias hermanas debería acompañarnos incesantemente en este camino». El tema es retomado en el n. 60, en el cual se observa: «Más recientemente, la Comisión mixta internacional ha dado un paso significativo en la cuestión tan delicada del método a seguir en la búsqueda de la comunión plena entre la Iglesia católica y la Iglesia ortodoxa, cuestión que ha alterado con frecuencia las relaciones entre católicos y ortodoxos. La Comisión ha puesto las bases doctrinales para una solución positiva del problema, que se fundamenta en la doctrina de las Iglesias hermanas» (El resutado del reconocimiento del PRIMADO DE PEDRO es un gran logro de dicha comision).

En efecto, en sentido proprio, Iglesias hermanas son exclusivamente las Iglesias particulares (o las agrupaciones de Iglesias particulares: por ejemplo, los Patriarcados y las Metropolías). Debe quedar siempre claro, incluso cuando la expresión Iglesias hermanas es usada en este sentido propio, que la Iglesia universal, una, santa, católica y apostólica, no es hermana sino madre de todas las Iglesias particulares (esto nos aclara que para la Iglesia Catolica la Ortodoxia mas que una Iglesia hermana es hija)

Se puede hablar de Iglesias hermanas, en sentido propio, también en referencia a Iglesias particulares católicas y no católicas; y por lo tanto también la Iglesia particular de Roma puede ser llamada hermana de todas las Iglesias particulares. Pero, como ya ha sido recordado, no se puede decir propiamente que la Iglesia católica sea hermana de una Iglesia particular o grupo de Iglesias. No se trata solamente de una cuestión terminológica, sino sobre todo de respetar una verdad fundamental de la fe católica: la de la unicidad de la Iglesia de Jesucristo. Existe, en efecto, una única Iglesia, y por eso el plural Iglesias se puede referir solamente a las Iglesias particulares. (cabe destacar que una Iglesia Particular es aquella que se reune entorno a su OBISPO VALIDO, esto es en pleno derecho de la Sucesion Apostolica, en este caso la Ortodoxia se reconoce como Iglesia Particular, aunque en cisma, donde se aplica NO EL CODIGO DE DERECHO CANONICO LATINO, si no el ORIENTAL que en si no excomulga ni invalida a la Ortodoxia si no que busca la plena comunion)

En consecuencia es de evitar, como fuente de malentendidos y de confusión teológica, el uso de fórmulas como “nuestras dos Iglesias”, que insinúan –cuando se aplican a la Iglesia católica y al conjunto de las Iglesias ortodoxas (o de una Iglesia ortodoxa)– un plural no solamente al nivel de Iglesias particulares, sino también al nivel de la Iglesia una, santa, católica y apostólica, confesada en el Credo, cuya existencia real aparece así ofuscada.

En fin, se debe también tener presente que la expresión Iglesias hermanas en sentido proprio, como es testimoniado por la Tradición común de Occidente y Oriente, puede ser aplicada exclusivamente a aquellas comunidades que han conservado válidamente el Episcopado y la Eucaristía. (Por ello este termino no puede ser aplicado a las comunidades eclesiales protestantes, puesto que ellos no cuentan con los indispensable, ademas de que por ser "occidentales" y separados de la Iglesia Latina si se hacen merecedores de la excomunión latae sententiae)

En si, el problema del cisma entre occidente y occidente no puede ser valorado a partir de un codigo de dercho Canonico UNICAMENTE VALIDO PARA LA IGLESIA LATINA.

LA Apostolicidad, condición que la Iglesia Católica reconoce para sí y para la Iglesia Ortodoxa, al considerar a sus actuales jerarcas como sucesores de Pedro y los demás Apóstoles y herederos de toda su autoridad y poder en la comunidad de los cristianos; esta nota proporciona, a su vez, fundamento a la doctrina de la sucesión apostólica, a través de la cual habría perdurado hasta la actualidad.

Ahora Esther se aferra a tachar de hereticos a los Ortodoxos por no aceptar algunas verdades dogmaticas, (obviamente no las aceptan por que ambas teologias Occidental y Oriental evolucionaron por caminos distintos, mientras que en Occidente la Escolastica vino a ser la Escuela Teologica por excelencia en Oriente la Patristica es la pauta a seguir) pero Esther olvida que Juan Pablo II nos recuerda que La unidad que se persigue -y que ha de perseguirse- con ellas es la plena comunión en una sola fe, en los sacramentos y en el gobierno eclesial (cf. Lumen gentium, 14), en el pleno respeto de las legítimas diferencias litúrgicas, disciplinarias y teológicas, como he tenido ocasión de explicar en la carta apostólica Euntes in mundum universum, con ocasión del milenario del bautismo de la Rus' de Kiev (25 de enero de 1988, 10: AAS 80 [1988], págs. 949-950).

Sin este respeto y llamandolos "herejes" por no comprender los dogmas definidos despues de 1054 no creo que se tome en cuenta lo dicho por el Santo Padre, ni por la Tradicion Teologica Occidental que SI toma en cuenta estas diferencias Teologales.

A un Ortodoxo se le puede llamar cismatico, puesto que el cisma existe, pero no hereje ya que las diferencias teologicas y disciplinarias deben de tomarse en cuenta, sobre todo a la Luz de la LEGISLACION ORIENTAL ya que es la que esta en concordancia con la realidad ORIENTAL.

Papa Pablo VI -y conserva aún hoy toda su validez- en el discurso pronunciado en la catedral del patriarcado ecuménico, con ocasión de su visita: "Vemos así con mayor claridad que a los jefes de las Iglesias, a su jerarquía, es a quien incumbe el oficio de llevar a las Iglesias por el camino que conduce al hallazgo de la plena comunión. Lo deben hacer reconociéndose y respetándose como pastores de la porción del rebaño de Cristo que se les ha confiado, procurando la cohesión y el crecimiento del pueblo de Dios y evitando todo lo que podría dispersarlo o engendrar confusión en sus filas" (25 de julio de 1967: AAS 59 [1967], pág. 841).

Las Iglesias orientales católicas conocen y aceptan con confianza las enseñanzas del Concilio Vaticano II sobre el ecumenismo y tratan de ofrecer su aportación a la búsqueda de la plena unidad entre católicos y ortodoxos. A la luz de su propia Tradicion Litugirca, Teologica y disciplinaria.

Ahora Esther en su escrito reconoce que :

El Vaticano II, aunque habló de las divisiones y separaciones (UR 3, 13), evitó tanto la palabra «cisma» como la palabra «herejía». Formalmente la Iglesia católica considera a la Iglesia ortodoxa como cismática, mientras que las Iglesias protestantes serían heréticas.

Cosa que no es IGUAL.

Al arzobispo Lefebvre si se le puede aplicar en facto la excomunión latae sententiae junto con sus obispos por que pertenecian a la IGLESIA LATINA para la cual el codigo de derecho Canonico de 1983 SI APLICA.
La iglesia Ortodoxa estaria sujeta al Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium y en este lo que se busca es la Plena Comunion y la relacion fraterna mas que una excomunion. En fin...

¿dudas? ahi me escriben... Bendiciones.

Por cierto No eh contradecido para nada al Magisterio de la Iglesia, y conozco de la Tradicion Oriental por que asisto a la iglesia MARONITA del Patriarcado de Antioquia, y conozco el derecho CANONICO latino por que soy Dominico, y en nigun momento soy medernista, jajaja. En fin.



De hecho toda esta perorata, no cambia las cosas que los cismáticos siguen siendo simáticos aun.

Y que el pronunciamiento que tanto promociona Gatosentado, no a acercado ni un milimetro a la unidad, porque la Iglesia Ortodoxa aun no a reconocido la "Primacía de Pedro", no ha reconocido la Inmaculada Concepción de María, ni la procedencia del Espiritu Santo del Padre y del Hijo.



Eso último no lo aceptaremos jamás, porque es pura y simple herejía, que desconfigura totalmente el entendimiento de la Santísima Trinidad, de las funciones que le corresponden a cada hypostasis.
¿por qué el Espíritu Santo debiese tener dos fuentes?
Para el ortodoxo la fuente es el Padre, que engendra al hijo y del que procede el Espíritu Santo.
Además, el famoso "filioque" es algo que llegó y fue introducido en el reino visigodo y luego expandido por los francos, sin un concilio ecuménico, sin nada ¿cómo aceptar algo que se introdujo subrepticiamente en la iglesia?


Y no podemos llegar y reconocer un concepto como la inmaculada concepción que está hecho como respuesta a algo que ni siquiera se entiende de la misma manera en la teología oriental "el pecado original".
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gatosentado76
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MensajePublicado: Lun Nov 26, 2007 8:40 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Proponer discursos antes que la verdad, no ayuda a la verdad, es por eso que mientras los cismáticos sean cismáticos, estarán en heregia

Por cierto se escribe "herejia" y no es lo mismo que cismatico, tu ignorancia me sorprende, tienes una formacion de sacristia, pero de ahi no pasas, por cierto
¿habra algo que no te parezca discurso? ¿o es que solo lo que tu formacion de sacristia de pueblo es valida? yo creo que te di fuentes fidedignas y del Magisterio, y repito nunca negue el cisma. Si lo que buscas es "ganarme" quedate con tu victoria, la verdad nunca me ha gustado discutir con el club de la "vela perpetua" no soy modernista, ni eh negado nada del magisterio, pero ante gente como tu, de poco vale el que los demas no pensemos como tu, si tu quieres llamame a mi tambien hereje, de mi parte no comparto tu pensamiento, y lo que la Iglesia ha enseñado desde el CVII hacia aca, me importa mas que tu opinion, por cierto EFE tiene un pequeño error en la nota. no especifica que parte de la Ortodoxia no reconoce los sacramentos latinos.
Por que la menos la mayoria de los Patriarcados lo hace.
Pero en fin, creo que tu sabes mas, puesto que eres toda una eminencia que sabe tanto de tradicion teologica, pero te recuerdo Juan Pablo II pidio respetar las Tradiciones Teologicas de la Espiritualidad Oriental (esto incluye a aquellas que aun "desconocen" el por que del dogma de la Inmaculada) pero en fin, cada quien cuando se enterca se hace un mundo a su medida, el tuyo se encierra solo en "Roma" y lo lamento por que la Universalidad no se encierra en tu sacristia, te glorias de llamar herejes a quienes no creen en tu molde, pero poco te importa que la FE nop se mide por tus discursos, si no por CRISTO mismo.
En fin.


[/img]
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cofercarv2º
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MensajePublicado: Lun Nov 26, 2007 8:52 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

la que no comparte con nosotros es la Iglesia Ortodoxa Rusa, es con la que se tienen más roces... sólo basta leer páginas de otodoxos rusos para darse cuenta, las demás iglesias ortodoxas no tenermos problemas.

Saludos!!!!!!
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Agustino 3L
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MensajePublicado: Lun Nov 26, 2007 11:47 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Lo que menos se está logrando, con este debate, es la unidad!! Ester, el sólo hecho de que los patriarcas ecuménicos y los obispos de las dos masas católicas, se pongan de acuerdo en un tema, ya se puede considerar un avance, quizás no sea mucho, pero si algo significativo, pues es un tema más en que estamos de acuerdo y para esto hay que tener mucha paciencia, recordá que las dos Iglesias han pasado muchos años separadas y quizás la unidad tome muchos años más, así que no será facil imaginar que la unidad se produzca brevemente.

Lo importante es ver que es lo que nos une, y veas que estamos más unidos que separados, y sobre todo mucha oración para que las pocas diferencias se acaben!!

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Agustino 3L
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 12:00 am    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Danilo82 escribió:
La Iglesia ortodoxa siempre ha reconocido al papa como primer patriarca.

ajá???, hace poco visité el sitio web oficial ortodoxo de la "santísima virgen María de Chile", donde hacen comparaciones entre la Iglesia Católica Romana y Ortodoxa, donde según alcancé a entender que la supremacía papal es una demanda infundada por el Papa Nicolás I, entonces mi pregunta es: ¡¿'supremacía papal' es lo mismo a decir que 'primer patriarca'??!

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Esther Filomena
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 1:07 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

gatosentado76 escribió:
Proponer discursos antes que la verdad, no ayuda a la verdad, es por eso que mientras los cismáticos sean cismáticos, estarán en heregia

Por cierto se escribe "herejia" y no es lo mismo que cismatico, tu ignorancia me sorprende, tienes una formacion de sacristia, pero de ahi no pasas, por cierto
¿habra algo que no te parezca discurso? ¿o es que solo lo que tu formacion de sacristia de pueblo es valida? yo creo que te di fuentes fidedignas y del Magisterio, y repito nunca negue el cisma. Si lo que buscas es "ganarme" quedate con tu victoria, la verdad nunca me ha gustado discutir con el club de la "vela perpetua" no soy modernista, ni eh negado nada del magisterio, pero ante gente como tu, de poco vale el que los demas no pensemos como tu, si tu quieres llamame a mi tambien hereje, de mi parte no comparto tu pensamiento, y lo que la Iglesia ha enseñado desde el CVII hacia aca, me importa mas que tu opinion, por cierto EFE tiene un pequeño error en la nota. no especifica que parte de la Ortodoxia no reconoce los sacramentos latinos.
Por que la menos la mayoria de los Patriarcados lo hace.
Pero en fin, creo que tu sabes mas, puesto que eres toda una eminencia que sabe tanto de tradicion teologica, pero te recuerdo Juan Pablo II pidio respetar las Tradiciones Teologicas de la Espiritualidad Oriental (esto incluye a aquellas que aun "desconocen" el por que del dogma de la Inmaculada) pero en fin, cada quien cuando se enterca se hace un mundo a su medida, el tuyo se encierra solo en "Roma" y lo lamento por que la Universalidad no se encierra en tu sacristia, te glorias de llamar herejes a quienes no creen en tu molde, pero poco te importa que la FE nop se mide por tus discursos, si no por CRISTO mismo.
En fin.


Gracias por corregirme, no tengo mucho tiempo para participar, por eso no corrijo mis escritos y cuando vi ese error era demasiado tarde.

Si tengo muy poca formación, seguramente la que te dieron a ti para la primera comunión, ya que tu eres experto (como los escribas y fariseos), sin embargo trato de aprender de todos, jamás me sentiré "experta" en ningún tema, y si mi pobre formación sirve para algún hermano, que bueno.

Pero toda tu sabiduría, lo único que ha hecho es confundir a las personas, nadie ha negado los esfuerzos que hace el ecumenismo para lograr la unidad, el mismo Santo Padre se empeña en ello, sin embargo, por mas que tenga "instrucción de sacristía" como dices, sé que la verdad es la verdad y ningún discurso por mas bonito que sea puede apartarnos de la verdad.


No busco "ganarte" solo busco aclarar las cosas, porque hay quienes pueden creer por tus palabras de "experto", que los cismáticos están en comunión con la Iglesia, de la forma como te refieres a ellos. Y si son herejes, y cismáticos (así esta mejor?) porque no están en comunión con la UNICA Iglesia de cristo y niegan verdades de fe de manera persistente. Tu con tu sabiduría, no puedes justificar eso sino recurriendo a documentos que no vienen al caso.

Por cierto, para tu tranquilidad ya no intervendré mas en los foros, no por este tema, sino porque otros motivos me obligan a ello asi que quedas dueño y “experto”.

Paz y bien
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Esther Filomena
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 1:19 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Agustino 3L escribió:
Lo que menos se está logrando, con este debate, es la unidad!! Ester, el sólo hecho de que los patriarcas ecuménicos y los obispos de las dos masas católicas, se pongan de acuerdo en un tema, ya se puede considerar un avance, quizás no sea mucho, pero si algo significativo, pues es un tema más en que estamos de acuerdo y para esto hay que tener mucha paciencia, recordá que las dos Iglesias han pasado muchos años separadas y quizás la unidad tome muchos años más, así que no será facil imaginar que la unidad se produzca brevemente.

Lo importante es ver que es lo que nos une, y veas que estamos más unidos que separados, y sobre todo mucha oración para que las pocas diferencias se acaben!!

Pax in Cristi!! Cool

Estimado Agustino:

Es cierto, no vamos por este medio a encontrar la unidad tan deseada, ni con discursos ni buenas intenciones, ni con enfrentamientos. A un cristiano debe sobrarle la caridad es cierto, es por eso que tomamos el camino del ecumenismo y del dialogo para que juntos avancemos en busca de la verdad con la ayuda de Dios, para lograr finalmente la unidad tan ansiada.
Pero la unidad, la única unidad posible va a estar basada en la verdad, y para que esto suceda se necesita "conversión" que únicamente puede producirla la gracia de Dios, espero que esto ocurra pronto, no podemos asumir para nosotros lo que es tarea de Dios.

No podemos juntar un blanco con un azul, y aparentar que son lo mismo, debe haber una transformación profunda. Eso esperamos, con fe y devoción, esperamos en Dios que todo lo puede.

Paz y bien
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Danilo82
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 8:53 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Agustino 3L escribió:
Danilo82 escribió:
La Iglesia ortodoxa siempre ha reconocido al papa como primer patriarca.

ajá???, hace poco visité el sitio web oficial ortodoxo de la "santísima virgen María de Chile", donde hacen comparaciones entre la Iglesia Católica Romana y Ortodoxa, donde según alcancé a entender que la supremacía papal es una demanda infundada por el Papa Nicolás I, entonces mi pregunta es: ¡¿'supremacía papal' es lo mismo a decir que 'primer patriarca'??!

Pax in Cristi!!


Definitivamente no.
Pero la noticia que andaba circulando hablaba de "primer patriarca" como si fuera una novedad.
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Agustino 3L
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Registrado: 13 Jun 2006
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 9:02 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
Responder citando

Danilo82 escribió:
Agustino 3L escribió:
Danilo82 escribió:
La Iglesia ortodoxa siempre ha reconocido al papa como primer patriarca.

ajá???, hace poco visité el sitio web oficial ortodoxo de la "santísima virgen María de Chile", donde hacen comparaciones entre la Iglesia Católica Romana y Ortodoxa, donde según alcancé a entender que la supremacía papal es una demanda infundada por el Papa Nicolás I, entonces mi pregunta es: ¡¿'supremacía papal' es lo mismo a decir que 'primer patriarca'??!

Pax in Cristi!!


Definitivamente no.
Pero la noticia que andaba circulando hablaba de "primer patriarca" como si fuera una novedad.

¡¿En que consiste la diferencia de 'supremacía papal' con aceptar el 'primado entre los patriarcas'??
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gatosentado76
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 9:12 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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Gracias por corregirme, no tengo mucho tiempo para participar, por eso no corrijo mis escritos y cuando vi ese error era demasiado tarde.

Pues te recomiendo que los corrijas.

Si tengo muy poca formación, seguramente la que te dieron a ti para la primera comunión, ya que tu eres experto (como los escribas y fariseos), sin embargo trato de aprender de todos, jamás me sentiré "experta" en ningún tema, y si mi pobre formación sirve para algún hermano, que bueno.

La diferencia y sin falso ego es que yo si me dedico a estudiar esta cuestion.

Pero toda tu sabiduría, lo único que ha hecho es confundir a las personas,

¿A quien, me lo podrias decir? ¿acaso lo que han dicho los PAPAS y las comisiones mixtas, asi como algunas conferencias episcopales confunden a la gente,? de hecho ha sido muy poco lo que opino comparado con lo que cito, primero lee, antes de tus perjucios. (pero con eso de que para ti todo son discursos)


[b]nadie ha negado los esfuerzos que hace el ecumenismo para lograr la unidad,el mismo Santo Padre se empeña en ello, sin embargo, por mas que tenga "instrucción de sacristía" como dices, sé que la verdad es la verdad y ningún discurso por mas bonito que sea puede apartarnos de la verdad.

¿lo ves? para ti todo son discursos bonitos, lo rela es que todo lo encasillas en la IGLESIA LATINA, a menudo me pregunto ¿por que mas hermanos Catolicos Orientales no participan en estos foros? y hoy me doy cuenta de que es por gente como tu, que creen que toda la catolicidada se puede uniformar a la Latina. Y NO.


No busco "ganarte" solo busco aclarar las cosas, porque hay quienes pueden creer por tus palabras de "experto", que los cismáticos están en comunión con la Iglesia,

sE PUEDE SABER ¿CUANDO DIANTRES DIJE ESO? PRIMERO LEE BIEN, si bien te dije que manipulas y mientes. PRUEBA QUE YO DIJE ESO. NUCA HABLE DE PLENA COMUNION, SI NO DE QUE VAMOS A ELLA.... PRIMERO LEE ANTES DE MENTIR.

de la forma como te refieres a ellos. Y si son herejes, (POR LO MENOS HEREJES Y NO DICIENDO MENTIRAS DE LOS DEMAS COMO LO HACES TU DE MI) y cismáticos (así esta mejor?) (NO NO ESTA MEJOR, TOMA UN DICCIONARIO Y LEE LA DIFERENCIA, ADEMAS TE RECOMIENDO LEER SOBRE LA SITUACION DEL CISMA, NO BASANDOTE EN EL CODIGO DE DERECHO CANONICO "QUE SOLO APLICA PARA LA IGLESIA LATINA") porque no están en comunión con la UNICA Iglesia de cristo y niegan verdades de fe de manera persistente. Tu con tu sabiduría, no puedes justificar eso sino recurriendo a documentos que no vienen al caso.

PRUEBA QUE SON HEREJES, NO BASANDOTE EN LO QUE APLICA SOLO A LA IGLESIA LATINA. ¡HAZLO! Y DEJA DE MENTIR SOBRE LO QUE ESCRIBI.

Por cierto, para tu tranquilidad ya no intervendré mas en los foros, no por este tema, sino porque otros motivos me obligan a ello asi que quedas dueño y “experto”.

Vieras que no te hechare de menos, NO HAZ PROBADO LO QUE DICES... NI LA METIRAS QUE ME LEVANTASTE.
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gatosentado76
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 9:19 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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Agustino:

¡¿En que consiste la diferencia de 'supremacía papal' con aceptar el 'primado entre los patriarcas'??

La supremacia PAPAL da poder jurisdiccional sobre todos los demas patriarcas, ademas de cosiderar "superior" al PAPA sobre todo Patriarca u Obispo.

El primado, es algo siempre reconocido en la Historia de la Iglesia, inclusive los Santos Padres siempre hablaron del PRIMERO ENTRE LOS PATRIARCAS, Y EL PRIMERO EN LA CARIDAD.


En realidad el termino supremacia no se utiliza, mas bien es el de PRIMADO, y algo que no queda claro a los hermanos Ortodoxos es que en la Iglesia Catolica en PAPA es cabeza visible de la IGLESIA, mas cada Iglesia Particular se gobierna por su Obispo. El PAPA como cabeza visible es Obispo de la Diocesis de Roma y como tal gobierna su Diocesis, no extiende para nada, ni indebidamente su jurisdiccion a otras Diocesis, para mayor informacion entren a la pagina del Vaticano.
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gatosentado76
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 9:33 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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HABER ESTHER ¿ESTOS SON MEROS DISCURSOS BONITOS?


Documento sobre aspectos de la doctrina sobre la Iglesia

Ciudad del Vaticano, 10 Jul. 07 (AICA)


Se dio a conocer un documento sobre "aspectos de la doctrina sobre la Iglesia"

La Congregación para la Doctrina de la Fe hizo público hoy el documento "Respuestas a algunas preguntas acerca de ciertos aspectos de la doctrina sobre la Iglesia", que está fechado el 29 de junio, solemnidad de los Santos Apóstoles Pedro y Pablo, y lleva la firma del cardenal William Joseph Levada y del arzobispo Angelo Amato, S.D.B., respectivamente prefecto y secretario del dicasterio.

El texto completo del documento -publicado en latín, italiano, francés, inglés, alemán, español, portugués y polaco-, es el siguiente:

Introducción

El Concilio Vaticano II, con la Constitución dogmática "Lumen gentium" y con los Decretos sobre el Ecumenismo ("Unitatis redintegratio") y sobre las Iglesias orientales ("Orientalium Ecclesiarum"), ha contribuido de manera determinante a una comprensión más profunda de la eclesiología católica. También los Sumos Pontífices han profundizado en este campo y han dado orientaciones prácticas: Pablo VI en la Carta Encíclica "Ecclesiam suam" (1964) y Juan Pablo II en la Carta Encíclica "Ut unum sint" (1995).

(ESTOS SERAN SIMPLES "DISCURSOS")

El sucesivo empeño de los teólogos, orientado a ilustrar mejor los diferentes aspectos de la eclesiología, ha dado lugar al florecimiento de una amplia literatura sobre la materia. La temática, en efecto, se ha mostrado muy fecunda, pero también ha necesitado a veces de puntualizaciones y llamadas de atención, como la Declaración "Mysterium Ecclesiæ" (1973), la Carta "Communionis notio" (1992) y la Declaración "Dominus Iesus" (2000), publicadas todas por la Congregación para la Doctrina de la Fe.

La vastedad del argumento y la novedad de muchos temas siguen provocando la reflexión teológica, la cual ofrece nuevas contribuciones no siempre exentas de interpretaciones erradas, que suscitan perplejidades y dudas, algunas de las cuales han sido sometidas a la atención de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Ésta, presuponiendo la enseñanza global de la doctrina católica sobre la Iglesia, quiere responder precisando el significado auténtico de algunas expresiones eclesiológicas magisteriales que corren el peligro de ser tergiversadas en la discusión teológica.

Respuestas a las preguntas

Primera pregunta: ¿El Concilio Ecuménico Vaticano II ha cambiado la precedente doctrina sobre la Iglesia?

Respuesta: El Concilio Ecuménico Vaticano II ni ha querido cambiar la doctrina sobre la Iglesia ni de hecho la ha cambiado, sino que la ha desarrollado, profundizado y expuesto más ampliamente.

Esto fue precisamente lo que afirmó con extrema claridad Juan XXIII al comienzo del Concilio. Pablo VI lo reafirmo, expresándose con estas palabras en el acto de promulgación de la Constitución "Lumen gentium": "Creemos que el mejor comentario que puede hacerse es decir que esta promulgación verdaderamente no cambia en nada la doctrina tradicional. Lo que Cristo quiere, lo queremos nosotros también. Lo que había, permanece. Lo que la Iglesia ha enseñado a lo largo de los siglos, nosotros lo seguiremos enseñando. Solamente ahora se ha expresado lo que simplemente se vivía; se ha esclarecido lo que estaba incierto; ahora consigue una serena formulación lo que se meditaba, discutía y en parte era controvertido". Los Obispos repetidamente manifestaron y quisieron actuar esta intención.

Segunda pregunta: ¿Cómo se debe entender la afirmación según la cual Iglesia de Cristo subsiste en la Iglesia católica?

Respuesta: Cristo "ha constituido en la tierra" una sola Iglesia y la ha instituido desde su origen como "comunidad visible y espiritual". Ella continuará existiendo en el curso de la historia y solamente en ella han permanecido y permanecerán todos los elementos instituidos por Cristo mismo. "Esta es la única Iglesia de Cristo, que en el Símbolo confesamos una, santa, católica y apostólica (...). Esta Iglesia, constituida y ordenada en este mundo como una sociedad, subsiste en la Iglesia católica, gobernada por el sucesor de Pedro y por los Obispos en comunión con él".

En la Constitución dogmática "Lumen gentium" 8 la subsistencia es esta perenne continuidad histórica y la permanencia de todos los elementos instituidos por Cristo en la Iglesia católica, en la cual, concretamente, se encuentra la Iglesia de Cristo en esta tierra.

Aunque se puede afirmar rectamente, según la doctrina católica, que la Iglesia de Cristo está presente y operante en las Iglesias y en las Comunidades eclesiales que aún no están en plena comunión con la Iglesia católica, gracias a los elementos de santificación y verdad presentes en ellas, el término "subsiste" es atribuido exclusivamente a la Iglesia católica, ya que se refiere precisamente a la nota de la unidad profesada en los símbolos de la fe (Creo en la Iglesia "una"); y esta Iglesia "una" subsiste en la Iglesia católica.

(LAS COMUNIDADES ECLESIALES, SON AQUELLAS DE ORIGEN PROTESTANTE UNICAMENTE, TAL Y COMO FUE DEFINIDO DURANTE EL CONCILIO VATICANO II, DEBIDO A QUE CARECEN DE SUCESION APOSTOLICA, Y ORDEN SACRAMENTAL COMPLETO)

Tercera pregunta: ¿Por qué se usa la expresión "subsiste en ella" y no sencillamente la forma verbal "es"?

Respuesta: El uso de esta expresión, que indica la plena identidad entre la Iglesia de Cristo y la Iglesia católica, no cambia la doctrina sobre la Iglesia. La verdadera razón por la cual ha sido usada es que expresa más claramente el hecho de que fuera de la Iglesia se encuentran "muchos elementos de santificación y de verdad que, como dones propios de la Iglesia de Cristo, inducen hacia la unidad católica".

"Por consiguiente, aunque creamos que las Iglesias y comunidades separadas tienen sus defectos, no están desprovistas de sentido y de valor en el misterio de la salvación, porque el Espíritu de Cristo no ha rehusado servirse de ellas como medios de salvación, cuya virtud deriva de la misma plenitud de la gracia y de la verdad que se confió a la Iglesia".

Cuarta pregunta: ¿Por qué el Concilio Ecuménico Vaticano II atribuye el nombre de "iglesias" a las Iglesias Orientales separadas de la plena comunión con la Iglesia católica?

Respuesta: El Concilio ha querido aceptar el uso tradicional del término. "Puesto que estas Iglesias, aunque separadas, tienen verdaderos sacramentos y, sobre todo, en virtud de la sucesión apostólica, el sacerdocio y la Eucaristía, por los que se unen a nosotros con vínculos estrechísi­mos", merecen el título de "Iglesias particulares o locales", y son llamadas Iglesias hermanas de las Iglesias particulares católicas.

(OJO ESTHER, ESTE NO ES UN MERO "DISCURSO" Y NO CREO QUE A UN HEREJE SE LE PUEDA APLICAR ESTA TERMINOLOGIA Y DICE CLARAMENTE EL DOCUMENTO QUE LA IGLESIAS HERMANAS, ORTODOXAS U ORIENTALES "MERECEN EL TITULO DE IGLESIAS PARTICULARES O LOCALES - ya que cuentan con su Obispo- Y NO HERETICAS, OJO!!!!!! ¿ESTO ME LO INVENTE YO?)

"Consiguientemente, por la celebración de la Eucaristía del Señor en cada una de estas Iglesias, se edifica y crece la Iglesia de Dios". Sin embargo, dado que la comunión con la Iglesia universal, cuya cabeza visible es el Obispo de Roma y Sucesor de Pedro, no es un simple complemento externo de la Iglesia particular, sino uno de sus principios constitutivos internos, aquellas venerables Comunidades cristianas sufren en realidad una carencia objetiva en su misma condición de Iglesia particular.
Por otra parte, la universalidad propia de la Iglesia, gobernada por el Sucesor de Pedro y por los Obispos en comunión con él, halla precisamente en la división entre los cristianos un obstáculo para su plena realización en la historia.


(AHORA SI ESTHER ¿SE PUEDE SABER QUIEN NIEGA QUE EXISTA UNA INCOMPLETA COMUNION?, UBICATE!!! ANTES DE LEVANTARME FALSOS, OKEY?)

Quinta pregunta: ¿Por qué los textos del Concilio y el Magisterio sucesivo no atribuyen el título de "Iglesia" a las Comunidades cristianas nacidas de la Reforma del siglo XVI?

Respuesta: Porque, según la doctrina católica, estas Comunidades no tienen la sucesión apostólica mediante el sacramento del Orden y, por tanto, están privadas de un elemento constitutivo esencial de la Iglesia. Estas Comunidades eclesiales que, especialmente a causa de la falta del sacerdocio sacramental, no han conservado la auténtica e íntegra sustancia del Misterio eucarístico, según la doctrina católica, no pueden ser llamadas "Iglesias" en sentido propio.


(OJO CON ESTA DIFERENCIA, QUE ES GRANDISIMA EN CUANTO A LA RELACIONES ENTRE IGLESIAS HERMANAS Y COMUNIDADES ECLESIALES)

El Sumo Pontífice Benedicto XVI, en la audiencia concedida al Cardenal Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, ha aprobado y confirmado estas Respuestas, decididas en la Sesión Ordinaria de esta Congregación, y ha ordenado que sean publicadas.

Las respuestas se acompañan de un comentario que explica que "las diversas cuestiones a las que la Congregación para la Doctrina de la Fe quiere contestar con el presente "Responsa" se encuadran en la visión general de la Iglesia tal como emerge de los documentos de carácter dogmático y ecuménico del Concilio Vaticano II: el Concilio de "la Iglesia sobre la Iglesia".

"Retomando sustancialmente la enseñanza conciliar y el Magisterio post-conciliar -prosigue el texto- el nuevo documento, promulgado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, constituye un recuerdo claro de la doctrina católica sobre la Iglesia. Además de descartar visiones inaceptables, todavía difusas en el mismo ámbito católico, también ofrece indicaciones importantes para la continuación del diálogo ecuménico. Dicho diálogo es una de las prioridades de la Iglesia Católica. (...) Pero para que el diálogo pueda ser verdaderamente constructivo, además de la apertura a los interlocutores, es necesaria la fidelidad a la identidad de la fe católica".

"El ecumenismo católico puede presentarse a primera vista paradójico -advierte el documento-. Con la expresión "subsistit in", el Concilio Vaticano II quiso armonizar dos afirmaciones doctrinales: por un lado, que la Iglesia de Cristo, a pesar de las divisiones entre los cristianos, sigue existiendo plenamente sólo en la Iglesia católica, y por el otro, la existencia de numerosos elementos de santificación y verdad fuera de su entramado, o sea, en las Iglesias y comunidades eclesiales que todavía no están en plena comunión con la Iglesia católica".

(COMUNIDADES ECLESIALES = PROTESTATES Y ETCS)

"Aunque la Iglesia católica tenga la plenitud de los medios de salvación, "sin embargo, las divisiones de los cristianos impiden que la Iglesia lleve a efecto su propia plenitud de catolicidad en aquellos hijos que, estando verdaderamente incorporados a ella por el bautismo, están sin embargo separados de su plena comunión". Se trata, pues, de la plenitud de la Iglesia católica, que es ya actual, pero que tiene que crecer en los hermanos que no están en plena comunión con ella y en sus propios hijos, que son pecadores".+
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Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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HA Y OJO, PUSE NUCA, EN VEZ DE NUNCA, SORRY, ¿YA VES SI RECONOZCO MIS METIDAS DE PATA? PERO NO PASO QUE ME LEVANTEN FALSOS.
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Agustino 3L
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 9:51 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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gatosentado76 escribió:
Agustino:

¡¿En que consiste la diferencia de 'supremacía papal' con aceptar el 'primado entre los patriarcas'??

La supremacia PAPAL da poder jurisdiccional sobre todos los demas patriarcas, ademas de cosiderar "superior" al PAPA sobre todo Patriarca u Obispo.

El primado, es algo siempre reconocido en la Historia de la Iglesia, inclusive los Santos Padres siempre hablaron del PRIMERO ENTRE LOS PATRIARCAS, Y EL PRIMERO EN LA CARIDAD.

Gracias por responder!!

Entiendo, pero todavía no me queda en claro, supremacia y primicidad hasta cierto punto vienen siendo lo mismo:

supremacía.

1. f. Grado supremo en cualquier línea.

2. f. Preeminencia, superioridad jerárquica.


(Real Academia Española © Todos los derechos reservados)

______________

primado, da.

(Del lat. primātus).

1. adj. Que tiene preeminencia o calidad de primado (‖ arzobispo u obispo).

2. adj. Perteneciente o relativo al primado (‖ arzobispo u obispo). Silla primada.

3. m. Primer lugar, grado, superioridad o ventaja que algo tiene respecto de otras cosas de su especie.

4. m. Primero y más preeminente de todos los arzobispos y obispos de un reino o región, ya ejerza sobre ellos algunos derechos de jurisdicción o potestad, ya solo goce de ciertas prerrogativas honoríficas.

5. m. primacía (‖ dignidad).


(Real Academia Española © Todos los derechos reservados)

Si te fijás bien, la definición 2 de 'supremacía' y la definición 3 de 'primado' coinciden en sus definiciones a referirse como 'superioridad'

Entonces revisando estas dos definiciones formales, se entendería que al decir 'primer patriarca' coincidiría con decir 'supremacía patriarcal', en ambas se reconoce al patriarca u obispo de roma (Papa) como el superior o no???

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gatosentado76
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 9:54 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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Entonces revisando estas dos definiciones formales, se entendería que al decir 'primer patriarca' coincidiría con decir 'supremacía patriarcal', en ambas se reconoce al patriarca u obispo de roma (Papa) como el superior o no???

Asi es, pero recuerda que de acuerdo a los santos Padres esa Primacia se debe demostrar en la CARIDAD y no en el poder Temporal.
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Agustino 3L
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 10:01 pm    Asunto:
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gatosentado76 escribió:
Entonces revisando estas dos definiciones formales, se entendería que al decir 'primer patriarca' coincidiría con decir 'supremacía patriarcal', en ambas se reconoce al patriarca u obispo de roma (Papa) como el superior o no???

Asi es, pero recuerda que de acuerdo a los santos Padres esa Primacia se debe demostrar en la CARIDAD y no en el poder Temporal.

Claro!!

Recuerdo las célebres palabras de Cristo:

"No ha de ser así entre vosotros, sino que el que quiera llegar a ser grande entre vosotros, será vuestro servidor" (Mt 20,26)

Quiere decir que la ICO al reconocer su primado, estarían considerándolo como el mayor servidor y por ende como el superior dentro de la Iglesia???
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gatosentado76
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 10:26 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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Quiere decir que la ICO al reconocer su primado, estarían considerándolo como el mayor servidor y por ende como el superior dentro de la Iglesia???

De alguna forma eso es, pero mas que nada en la Esperanza de que Todo sea por amor y en el amor... de hecho en tiempos de Focio todo este problema entre oriente y occidente comenzo por problemas ajenos al amor de Cristo. Politiqueria como se dice comunmente. y Muy poca Caridad.
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Agustino 3L
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MensajePublicado: Mar Nov 27, 2007 10:57 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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gatosentado76 escribió:
Quiere decir que la ICO al reconocer su primado, estarían considerándolo como el mayor servidor y por ende como el superior dentro de la Iglesia???

De alguna forma eso es, pero mas que nada en la Esperanza de que Todo sea por amor y en el amor... de hecho en tiempos de Focio todo este problema entre oriente y occidente comenzo por problemas ajenos al amor de Cristo. Politiqueria como se dice comunmente. y Muy poca Caridad.

Me imagino....

Me parece que el tema de la 'autoridad' los ortodoxos incluyen como uno de los tales 'problemas políticos'!!

Pero de ninguna manera la autoridad debe ser contraria a la caridad, sino que deben de ir unidas en la orden jerarquica:

"Aunque pudimos imponer nuestra autoridad por ser apóstoles de Cristo, nos mostramos amables con vosotros, como una madre cuida con cariño de sus hijos." (1Ts 2,7)

Esta conformidad se muestra en la Iglesia!! Smile
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gatosentado76
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MensajePublicado: Mie Nov 28, 2007 8:33 pm    Asunto:
Tema: Porque de las objeciones contra los cismaticos
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Me parece que el tema de la 'autoridad' los ortodoxos incluyen como uno de los tales 'problemas políticos'!!

Lamentablemente la "politica" y la "historia" tienen un peso muy grande en el problema del Cisma de 1054, eso es mas bien lo que nos separa grandemente, sobre todo con el Patriarcado Ruso que incluye la Politica como algo tremendamente GRANDE en esta problematica ya que dicho Patriarcado esta muy ligado a la Vida Politica de la Ex union Sovietica y lo lleva al campo religioso, otro patriarcado que hace de la Politica Religion es el de Grecia ya que esta tambien muy ligado a la Politica de la Grecia misma, pero recordemos que tambien el Catolisismo paso por una etapa de ligazon al poder politico, gracias a Dios ya se ha ido separando el concepto politico de la Religion y eso a ayudado a que nuestra Iglesia se abra, ojala y Dios habra los ojos de dos que tres Patriarcas (¿verdad Patriarca Alejo) y les enseñe que "a Dios lo que es de Dios y al Cesar lo que es del Cesar", si no preguntemosle a Danilo y que nos platique sobre los Berrinches de Alejo II contra Bartolome I y el resto de la Ortodoxia.
En lo personal pienso que Alejo II ignora olimpicamente la UNIDAD que Cristo mismo pide en el Evangelio y solo ve por sus "intereses" politicos, si no veamos el problema que se esta dando en la Iglesia Ortodoxa Rusa en Inglaterra, es muy vergonzoso.
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Agustino 3L
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MensajePublicado: Mie Nov 28, 2007 11:04 pm    Asunto:
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gatosentado76 escribió:
Me parece que el tema de la 'autoridad' los ortodoxos incluyen como uno de los tales 'problemas políticos'!!

Lamentablemente la "politica" y la "historia" tienen un peso muy grande en el problema del Cisma de 1054, eso es mas bien lo que nos separa grandemente, sobre todo con el Patriarcado Ruso que incluye la Politica como algo tremendamente GRANDE en esta problematica ya que dicho Patriarcado esta muy ligado a la Vida Politica de la Ex union Sovietica y lo lleva al campo religioso, otro patriarcado que hace de la Politica Religion es el de Grecia ya que esta tambien muy ligado a la Politica de la Grecia misma, pero recordemos que tambien el Catolisismo paso por una etapa de ligazon al poder politico, gracias a Dios ya se ha ido separando el concepto politico de la Religion y eso a ayudado a que nuestra Iglesia se abra, ojala y Dios habra los ojos de dos que tres Patriarcas (¿verdad Patriarca Alejo) y les enseñe que "a Dios lo que es de Dios y al Cesar lo que es del Cesar", si no preguntemosle a Danilo y que nos platique sobre los Berrinches de Alejo II contra Bartolome I y el resto de la Ortodoxia.
En lo personal pienso que Alejo II ignora olimpicamente la UNIDAD que Cristo mismo pide en el Evangelio y solo ve por sus "intereses" politicos, si no veamos el problema que se esta dando en la Iglesia Ortodoxa Rusa en Inglaterra, es muy vergonzoso.

Así tengo entendido yo, que la ortodoxia rusa y griega son las más radicales en estos temas de discrepancia, y creo que también son los dos patriarcados que concentran mayor número de fieles!!

El punto ya no es considerar a la mayor autoridad jerárquica como un tema político, sino como una orden ya organizada desde los primeros años de la Iglesia primitiva:

"Y así los puso Dios en la Iglesia, primeramente como apóstoles; en segundo lugar como profetas; en tercer lugar como maestros; luego, los milagros; luego, el don de las curaciones, de asistencia, de gobierno, diversidad de lenguas." (1Co 12,28 )

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