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ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR

 
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marina
Veterano


Registrado: 13 Oct 2005
Mensajes: 3909

MensajePublicado: Vie Mar 07, 2008 6:32 pm    Asunto: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

Según la terapeuta Eda Lorna, “las relaciones de pareja entre familiares se presentan de manera frecuente, aunque no sean públicas. Si estamos hablando del noviazgo entre adolescentes, podemos referirnos a una etapa normal del desarrollo, y es común que los primeros amores se den con los primos, ya que se tiende a buscar personas cercanas. En lo que respecta a los adultos, si se trata de primos cercanos socialmente tiene implicaciones por la prohibición del incesto, pero también es frecuente”.
Por su parte, la socióloga Olivia Tena comenta que “los noviazgos entre primos, durante la adolescencia, son vividos como una trasgresión porque es algo que inicia a escondidas y en algunas ocasiones se llega a formalizar la relación, pero en la mayoría de los casos, se lleva a la práctica sólo en la privacidad.”


¿Qué pasa con la familia?

Las relaciones de pareja filiales son vistas de manera diferente. Es muy común que la familia, por mitos y prejuicios, no acepte este tipo de relaciones. Desde el punto de vista médico se cree que hay implicaciones genéticas perjudiciales para la descendencia, en tanto que desde el punto de vista social no es bien visto.

Según Tena “la familia lo vive como una anormalidad. Hay creencias en torno al tema que se han transformado en tabú, como las enfermedades o las normas sociales que prohíben que los familiares cercanos tengan relaciones. Los padres suelen lo toman en forma negativa por considerar que los primos tienen que verse casi como hermanos. Sin embargo, es una cuestión meramente cultural ”.

Para el genetista Gildardo Zafra “las parejas reciben información y advertencias desde sus familiares que se oponen a que se casen o tengan hijos, adjudicando enfermedades como el síndrome de down o la hemofilia, y desconocen las enfermedades que sí están involucradas. Nuestro deber en consulta es aclarar que, en primer lugar, si hay una enfermedad de tipo hereditario en la familia es más probable que se presente nuevamente, pero si no, el riesgo no aumenta tanto como la gente supone. Por otra parte, hoy en día hay pruebas para detectar enfermedades, y tengamos la certeza de la salud de los hijos. De hecho, la gran mayoría de ellos nacen completamente sanos”.

¿Qué enfermedades sí están implicadas?

Afirma Zafra “son aquellas cuya causa es una herencia autosómica recesiva, es decir, que se encuentran en los autosomas, que son los cromosomas no sexuales y que todos somos portadores de algunos genes de este tipo, aunque se encuentran más en las relaciones entre familiares; se manifiestan en la perturbación de habilidades motoras, auditivas, visuales, en algunas ocasiones con malformaciones o problemas de inmunidad. Pero éstas no son exclusivas de parejas que mantienen consaguinidad. El riesgo para ellos, desde el punto de vista clínico, es ligeramente mayor al de la población en general, sólo si se tienen genes patológicos, ya que comparten genes, de lo contrario las posibilidades de que nazcan sanos son muchas y un indicador es que las parejas no regresan con un hijo enfermo”.

¿Cuál es el pronóstico de estos noviazgos?

“Los pronósticos para estos noviazgos son positivos, es posible que tengan un buen resultando en tanto los familiares lo acepten. Si los padres lo aceptan o ellos pueden alejarse un poco de estas normas, la pareja puede tener éxito con las mismas posibilidades que cualquier otra. La ventaja a su favor es que provienen de un ámbito social similar y comparten costumbres afines, un lenguaje común, creencias análogas y esto a cualquier pareja la favorece,” asevera Tena.

Por último, en términos culturales, mientras más cercano sea el vínculo familiar es más rechazado y más ‘anormal’. No obstante, es importante revisar y modificar los prejuicios que se tienen al respecto, así como hacer hincapié en que no hay enfermedades exclusivas de las parejas consanguíneas y es de gran ayuda la práctica de estudios durante el embarazo y al nacimiento del niño con el ‘tamiz neonatal’ que detecta este grupo de enfermedades autosómicas que producen retraso mental y complicaciones en los órganos de los sentidos.


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URKA
Esporádico


Registrado: 12 Mar 2008
Mensajes: 45
Ubicación: Valencia, España

MensajePublicado: Mar Mar 18, 2008 1:50 pm    Asunto:
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

Es interesante leer est tipo de temas, pero tu no estas contrastando los datos que pones... solo pones los estudios que a ti te interesan
Ademas yo no le voy a esneñar a mi hijo (cuando lo tenga) que puede tener relaciones sexuales con su hermana... y ssi ellos deciden a los 30 años por ejemplo acerlo alla ellos, sera doloroso, pero si yo respetara a un hijo gay pq no iba a respetarlo, aun asi presentas el tema de una forma nefasta,.. normal que yo sea el unico que te responde... ala...
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marina
Veterano


Registrado: 13 Oct 2005
Mensajes: 3909

MensajePublicado: Mar Mar 18, 2008 8:13 pm    Asunto:
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

jajaja que??? puse el tema porque un chico entro mencionando su caso, pero con una prima segunda
claro esta que entre hermanos, padres, abuelos y nietos etc. esta penado por la ley y no es aceptado.

como se menciona en el articulo, aun entre primos hay implicaciones geneticas perjudiciales. eso cuando ya llevan muchos años casandose entre primos. ( aca se da mucho en algunos pueblos) y si llegan a tener problemas con los hijos.

de todas formas, creo que es logico que entre hermanos, padres e hijos,. nietos y abuelos, tios etc.. pues no esta recomendado para nada. creo que es ilegal.

y como menciona zhiomin, no es raro que entre primos lejanos lleguen a casarse.
ademas de que en el foro llega casi siempre cada año 1 persona hablando de su caso.
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fdeleonm
Veterano


Registrado: 14 Mar 2008
Mensajes: 1031
Ubicación: Panamá

MensajePublicado: Mie Mar 19, 2008 12:51 am    Asunto:
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

Hay que tener claro que estos tipos de relaciones es ilícita.

Lleva todo tipo de problemas...

Piensen bien las cosas.

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Kike G.
Asiduo


Registrado: 24 Feb 2007
Mensajes: 322
Ubicación: Arequipa

MensajePublicado: Sab Mar 22, 2008 5:21 am    Asunto:
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

Hola, Marina:

Debo confesar que me sorprende el artículo que pusiste. La Iglesia católica ---con bastante sabiduría, por cierto--- prohíbe el incesto. El artículo que posteaste parece favorable a él, y dudo mucho que proceda de una fuente católica. No confundamos a quienes buscan respuestas católicas.

Mira, te copio lo que encontré en otros lados al respecto, que expresa la enseñanza de la Iglesia al respecto:

[1] Catecismo de la Iglesia Católica (1992)*
Cita:

2388 Incesto es la relación carnal entre parientes dentro de los grados en que está prohibido el matrimonio (cf Lv 18,7-20). S. Pablo condena esta falta particularmente grave: "Se oye hablar de que hay inmoralidad entre vosotros... hasta el punto de que uno de vosotros vive con la mujer de su padre...en nombre del Señor Jesús...sea entregado ese individuo a Satanás para destrucción de la carne..." (1 Co 5,1.4-5). El incesto corrompe las relaciones familiares y representa una regresión a la animalidad.

[2] Código de Derecho Canónico (1983)

En el capítulo I del título VII, titulado (el capítulo) "De la atención pastoral y de lo que debe preceder a la celebración del matrimonio", se dice:
Cita:

1078, § 3 Nunca se concede dispensa del impedimento de consanguinidad en línea recta o en segundo grado de línea colateral.


¿Qué es "impedimento dirimente"? Pues: "El impedimento dirimente inhabilita a la persona para contraer matrimonio válidamente" (c. 1073).

Luego, en el mismo lugar, el código sigue diciendo:

Cita:
1091 § 1. En línea recta de consanguinidad, es nulo el matrimonio entre todos los ascendientes y descendientes, tanto legítimos como naturales.

§ 2. En línea colateral, es nulo hasta el cuarto grado inclusive.

§ 3. El impedimento de consanguinidad no se multiplica.

§ 4. Nunca debe permitirse el matrimonio cuando subsiste alguna duda sobre si las partes son consanguíneas en algún grado de línea recta o en segundo grado de línea colateral.

1092 La afinidad en línea recta dirime el matrimonio en cualquier grado.

1094 No pueden contraer válidamente matrimonio entre sí quienes están unidos por parentesco legal proveniente de la adopción, en línea recta o en segundo grado de línea colateral.


Con respecto a qué significa "consanguinidad", en la sección De Nuestro Correo de Corazones.org (que es, normalmente, una fuente confiable), explican:
Cita:

Consanguinidad es la relación de sangre entre personas que descienden, sea legítimamente o ilegítimamente, de un ancestro común. Todas o casi todas las culturas prohíben los matrimonios consanguíneos por los efectos negativos para la armonía y estabilidad familiar que tiene el tolerar relaciones sexuales entre familiares cercanos. Está además científicamente demostrado que estas relaciones tienen consecuencias genéticas negativas para los hijos.**


Con respecto a qué significa "afinidad", el diccionario de la Real Academia de la Lengua dice:

Cita:

3. f. Parentesco que mediante el matrimonio se establece entre cada cónyuge y los deudos por consanguinidad del otro.***


El Código de Derecho Canónico parece concordar con esta definición, pues afirma en el canon 109:
Cita:

§1. La afinidad surge del matrimonio válido, incluso no consumado, y se da entre el varón y los consanguíneos de la mujer, e igualmente entre la mujer y los consanguíneos del varón.

§ 2. Se cuenta de manera que los consanguíneos del varón son en la misma línea y grado afines de la mujer, y viceversa.


Sobre estas explicaciones, que pueden parecer confusas, la misma página de Corazones.org que cité anteriormente aclara y aterriza algunas cosas:

Cita:
Existe impedimento al matrimonio por consaguinidad en los siguientes casos:
En todos los grados de la línea directa (padre-hija-nieta). Este impedimento se considera de ley divina y no permite dispensa.

En el segundo grado de la línea colateral (hermanos). No permite dispensa.

En el tercer grado de la línea colateral (tío-sobrina). El ordinario puede dispensar del impedimento.

En el cuarto grado de la línea colateral (primos hermanos). Este impedimento se considera de ley eclesiástica. El ordinario puede dispensar del impedimento.

El impedimento de consanguinidad ya no invalida matrimonios de primos segundos (sexto grado de la línea colateral)****


[3] Enciclopedia Católica

Cita:
Incesto: Incesto
(Latín. In, 'no', y Castus, 'casto')

El incesto es el trato sexual entre aquellos que están emparentados por consanguinidad o matrimonio. Su maldad específica se contrae por el intercambio ilegal entre aquellos emparentados hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad, como es calculado por los canonistas. Se incurre en la culpa no sólo por aquellos actos pecaminosos que son, como dicen los teólogos, completamente consumados, sino de igual modo por actos incompletos. La deformidad particular del incesto no viene simplemente de la violación de la virtud de la castidad, también de la ofensa contra el afecto y reverencia que debe sentirse hacia los padres y, proporcionalmente, hacia otros parientes. Es verdad que este crimen tiene su magnitud distintiva por la prohibición de la ley natural, donde es un asunto de primer grado en la línea directa, por ejemplo, entre padres e hijos. Para los otros grados es probable que pueda tenerse un recurso hacia la ley eclesiástica la cual invalida el matrimonio dentro de esos límites. Se afirma comúnmente, en relación a aquellos emparentados por consanguinidad o afinidad, que con la excepción del primer grado en la primera línea todas las formas de incesto son, moralmente hablando, de la misma especie, y por lo tanto para la integridad de la confesión no hay necesidad de distinguir entre ellas. Debe anotarse, sin embargo, que los pecados carnales entre aquellos que están espiritual o legalmente relacionados dentro de los grados que harían sus matrimonios inválidos, existen especies separadas de incesto. Un decreto del Santo Oficio, del 25 de junio de 1885, declara que en aplicaciones de dispensa matrimonial ya no es necesario hacer mención a las circunstancias de relaciones incestuosas entre los solicitantes.

JOSEPH F. DELANY
Transcrito por Christine J. Murray
Traducción: Mauricio Acosta Rojas*****


[4] Opinión de un canonista
En un artículo, el canonista José Ramón Arrieta Ochoa de Chinchetru comenta al respecto de la mencionada "incapacidad psíquica" para prestar el consentimiento matrimonial (lamentablemente, el artículo no tiene fecha):

Cita:
Tomamos aquí un elenco de estas “causas de naturaleza psíquica" que están siendo alegadas por la jurisprudencia de la Rota Romana reciente. Abarcan una amplia gama de anomalías psíquicas. Así, por ejemplo, “en el área de las relaciones sexuales aparece [...] la grave inhibición sexual de la mujer debida a diferentes causas: el incesto; la violencia sexual; etc.******


Espero que esto ayude a aclarar los puntos sobre la enseñanza católica válida y actual al respecto.

Salud.


* Con las últimas correcciones para la traducción en lengua española según la edición típica latina.
** http://catolico.org/sacramentos/matrimonio/primos_matrimonio.htm#Consanguinidad
*** http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusUsual?TIPO_HTML=2&TIPO_BUS=3&LEMA=afinidad
**** http://catolico.org/sacramentos/matrimonio/primos_matrimonio.htm#Consanguinidad
***** http://www.enciclopediacatolica.com/i/incesto.htm
****** http://www.iuscanonicum.org/articulos/art053.html
_________________
Kike
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URKA
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Registrado: 12 Mar 2008
Mensajes: 45
Ubicación: Valencia, España

MensajePublicado: Dom Mar 23, 2008 6:03 pm    Asunto:
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

Lo siento marina, es q como vi 2 o 3 veces repetido el post pense q eras la tipica persona q se mete en los foros catolicos a criticar y querer tirar abajo todo.

De todas formas opino q aunq algo sea licito no significa q esta bien... pq creo q ya sabeis los q viven en españa las cosas q se estan legalizando... una pena.

¿Por cierto q opinais sobre 2 personas q se enamoran y al tiempo descubren q son hermanos? (como una historia q ocurrio aki en españa).

No es q kiera provocar controversia... es q es una de esas preguntas q nunca consigome responder. ^_^

PD: marina lo siento de veras.
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marina
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Registrado: 13 Oct 2005
Mensajes: 3909

MensajePublicado: Lun Mar 24, 2008 6:22 pm    Asunto:
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

hola kike

el articulo que puse no habla a favor del incesto
habla en general, de familia, y dice que mientras mas cercanos sean los familiares mas posibilidades hay de tener problemas, menciona enfermedades y mas cosas.

NO esta afavor del incesto!! claro que no,. y claro que la iglesia menos.

puse el tema, porque cada año llegan personas mencionando que si esta mal que esten con primos segundos o familiares lejanos. NO hermanos NI padres con hijos o cosas asi. ya que ademas de ser incesto, es ilegal.

como se menciona en el articulo, aun entre primos hay implicaciones geneticas perjudiciales.

pero aun asi no es nada raro, que se den relaciones entre primos segundos o primos lejanos, segun se, aca en el foro no llego nadie hablando de hermanos o padres o abuelos. los que llegan muy preocupados y tristes mencionan que no saben si es recomendable o no tener un noviazgo catolico, con algun primo segundo, primo lejano, familia lejano etc.
y se le dan las respuestas que se encuentran en el catecismo, cuando son primos lejanos. segundos. pues familia lejana, si pueden casarse, pero hay que estar atentos a las consecuencias. que son las enfermedades que menciona el articulo que puse.
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Kike G.
Asiduo


Registrado: 24 Feb 2007
Mensajes: 322
Ubicación: Arequipa

MensajePublicado: Lun Mar 24, 2008 6:45 pm    Asunto:
Tema: ME ENAMORÉ DE UN FAMILIAR
Responder citando

Hola, Marinita:

Me temo que te equivocas: el texto es clarísimo al defender el incesto. Mira, veamos algunas partes y te convencerás. Pondré en negritas algunas cosas para resaltarlas.

Primero presenta el incesto como algo normal:

Cita:
Si estamos hablando del noviazgo entre adolescentes, podemos referirnos a una etapa normal del desarrollo [...].


Luego el texto se centra en dos argumentos que se suelen oponer al incesto: (1) rechazo social; (2) riesgo de enfermedades. Lo siguiente que hace el texto es destruir ambos argumentos.

Primero empieza con las consideraciones sociales. Al respecto dice:
Cita:

"[...] Los padres suelen lo toman en forma negativa por considerar que los primos tienen que verse casi como hermanos. Sin embargo, es una cuestión meramente cultural".


Al decir que es "meramente cultural", por el principio del relativismo cultural se está diciendo que no es algo inherente a la naturaleza del ser humano. Ergo, significa que lo contrario puede ser bueno en algunos contextos.

Luego se desbarata el argumento de las enfermedades de la prole:

Cita:
"Nuestro deber en consulta es aclarar que, en primer lugar, si hay una enfermedad de tipo hereditario en la familia es más probable que se presente nuevamente, pero si no, el riesgo no aumenta tanto como la gente supone. Por otra parte, hoy en día hay pruebas para detectar enfermedades, y tengamos la certeza de la salud de los hijos. De hecho, la gran mayoría de ellos nacen completamente sanos".


Se afirma claramente que no hay tantas enfermedades como se piensa, es decir, que no hay mucho riesgo (apenas un poco más que para las parejas no incestuosas, dirá el texto más delante). Eso es una forma de decir que no nos hagamos tanto problema con el incesto.

Finalmente, el texto propone sus propias conclusiones... aterradoras, por cierto:
Cita:

"Los pronósticos para estos noviazgos son positivos, es posible que tengan un buen resultando en tanto los familiares lo acepten [...]".


¿Algo más claro que eso? Sin embargo, el texto no para ahí, sino que incluso adjudica ventajas a los matrimonios incestuosos:

Cita:
"La ventaja a su favor es que provienen de un ámbito social similar y comparten costumbres afines, un lenguaje común, creencias análogas y esto a cualquier pareja la favorece,” asevera Tena.


Y, como la cereza de la torta, el texto termina alentándonos a quitar de nuestras cabezas los prejuicios que podamos tener al respecto:

Cita:
No obstante, es importante revisar y modificar los prejuicios que se tienen al respecto, así como hacer hincapié en que no hay enfermedades exclusivas de las parejas consanguíneas y es de gran ayuda la práctica de estudios durante el embarazo y al nacimiento del niño con el ‘tamiz neonatal’ que detecta este grupo de enfermedades autosómicas que producen retraso mental y complicaciones en los órganos de los sentidos.


A mí el texto me parece más claro que el agua, Marina.

Probablemente quieras decirme: "Kike, pero el asunto del que se habla aquí es del noviazgo entre primos, lo cual no es incesto". Te respondería que no, Marina: la Iglesia define claramente que el incesto alcanza a los primos hermanos, por lo menos, y a otros grados de consanguinidad y afinidad. Solo en algunos casos hay dispensa, pero para otros no.

Todo te lo digo en buena onda, Marine. Y con un abrazo pa' que esté todo cool Very Happy

Salud.
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Kike
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