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isadoraduna Nuevo
Registrado: 12 Mar 2008 Mensajes: 5
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Publicado:
Vie Mar 20, 2009 6:57 pm Asunto:
Quiero compartir mi alegría con todos.
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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Hace algún tiempo tuve la suerte de encontrar este sitio en internet, lo encontré en un momento de deseperación, de angustia. Digo que fue una suerte porque junto a los sabos consejos de mi madre, todos me ayudaisteís, con vuestros mensajes llenos de amor y sabiduría.
Os recuerdo un poco mi problema, mi marido y yo buscabámos desesperadamente un hijo, que no llegaba, y eso nos hacía sufrir, aunque nosotros nos hemos amado siempre, parecía que algo faltaba en nuestras vidas.
Ahora después de mucho luchar, de mucho rezar, de creer que Dios tiene un camino para cada uno de nosotros, y de estar preparados para aceptar el nuestro. Tenemos la dicha de anunciar nuestro embarazo, estoy embarazada, y no puedo ser más feliz.
Mi marido y yo, estamos llenos de alegría, agradeciendo a Dios cada día de este embarazo. No podía pasar sin compartirlo con aquellos que un día me escucharo con tanto cariño.
GRACIAS por vuestra generosidad y que Dios os bendiga |
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midka Constante
Registrado: 29 Abr 2008 Mensajes: 748 Ubicación: México
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Publicado:
Vie Mar 20, 2009 7:48 pm Asunto:
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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!Alabado sea el Señor!.
Y que bueno Isadora que muestras gratitud. Eso es lo que más ama el Señor, las almas agradecidas que saben que del Señor vienen todo tipo de bendiciones.
Muchas felicidades a los dos. _________________
Miguel Angel Montaño |
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monik + Moderador

Registrado: 01 Jun 2006 Mensajes: 12456 Ubicación: Perú
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Publicado:
Vie Mar 20, 2009 10:20 pm Asunto:
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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¡Alabado sea Dios!
Gracias por venir a compartir tu felicidad. Muchas bendiciones para tí para tu esposo y para el niño por nacer. _________________ Mirad que ninguno devuelva a otro mal por mal, sino procurad siempre lo bueno los unos para con los otros, y para con todos.
1 Tesalonicenses 5,15
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R Real Fan de Jesucristo
Registrado: 27 Mar 2007 Mensajes: 3917 Ubicación: Tierra Azteca
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Publicado:
Vie Mar 20, 2009 10:55 pm Asunto:
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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Qué alegría..........!!!!!!!
Dios te bendiga por tu testimonio
y por aumentar nuestraFe con tu dicha.
Felicidades a tu esposo y a tí.
Bendiciones para los tres!! _________________
¡Ven Señor Jesús!........ |
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J_Armando_03 Nuevo
Registrado: 20 Dic 2007 Mensajes: 16 Ubicación: Mexico DF
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Publicado:
Sab Mar 21, 2009 1:32 am Asunto:
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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MUCHAS MUCHAS FELICIDADES!!!!
Y que Dios los bendiga a los tres, y primeramente El todo estara bien.
Saludos a todos. _________________ El Amor es...Todo lo sufre, todo lo cree, todo lo espera, todo lo soporta...(1Cor 13:4-7)
Dios te Bendiga |
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isadoraduna Nuevo
Registrado: 12 Mar 2008 Mensajes: 5
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Publicado:
Mie Mar 25, 2009 6:51 pm Asunto:
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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GRACIAS a todos, me encanta poder compartir nuestra inmensa alegría con todos. Mi familia y yo estamos llenos de gozo y le damos gracias a Dios todos los días.
La fecha del parto se acerca y ya estamos pensando en el bautizo, que será un momento de alegría aún mayor para nosotros.
Tengo una duda, como vamos a tener mellizos, mis tíos que también son mellizos, tuvieron los mismos padrinos, es decir solo dos padrinos para los dos.
Mis hijas deberán tener dos o cuatro padrinos?
COmo siempre un millón de gracias por vuestra ayuda y que Dios os bendiga.
Se me olvidaba, si se hace una novena siempre, deja de ser una novena? quiero decir pierde su esencia? |
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Scarlett* Veterano
Registrado: 21 Nov 2007 Mensajes: 1623
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Publicado:
Jue Mar 26, 2009 2:31 am Asunto:
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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Paz y bien.
FELICIDADES, ISADORA!!!
Gracias a Dios por realizar el milagro de vida en tí.
Dices que está cerca el momento del parto, asi que ya estás preparando todo y que bueno que empieces a pensar en el bautismo.
Basándome en las Preguntas y Respuestas que a continuación te comparto, entiendo que tus mellizos pueden tener uno o dos padrinos cada uno por separado o compartir los mismos padrinos.
En cuanto a la pregunta de la novena, creo que no hay problema si haces una novena tras otra, sin transición. Las novenas, rosarios, etc. son devociones que ayudan a fomentar y mantener la fé encendida en tí.
Normalmente se realizan 9 días antes de la fecha del santo al que se le pide interseción, pero no hay reglas para orarlas en determinadas fechas.
Espero haberte sido útil.
un saludo.
Cita: | 1.- ¿Pueden ser padrinos o madrinas sólo dos hombres o dos mujeres a la vez?
No. El Código de derecho canónico en el canon nº 873 especifica:
- Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una.
Por tanto la Iglesia no autoriza a que dos personas del mismo sexo actúen como padrinos o madrinas a la vez.
Estas indicaciones son también válidas para el sacramento de la confirmación y del matrimonio católico.
(vea también: Padrinos de boda por la Iglesia )
2.- ¿Los padres pueden ser padrinos de sus hijos?
No. En el canon 874 nº 5 se indica claramente que no lo pueden ser.
3.- Los padrinos ¿Tienen que estar confirmados?
Sí.
4.- Una persona que no sea católica o sea ateo o agnóstico ¿Puede ser padrino?
No. El padrino siempre tiene que ser católico, esa persona en concreto sólo se le puede admitir exclusivamente como testigo del bautismo.
5.- ¿Qué condiciones debe reunir un padrino o madrina?
Es misión de los padrinos del bautismo procurar que sus ahijados sean educados en la fe y en la vida cristiana, ejerciendo esta tarea juntamente con sus padres.
Para ser padrino o madrina de Bautismo, se requiere:
1.- Haber cumplido, al menos, dieciseis años de edad.
2.- Haber recibido el sacramento de la confirmación.
3.- Llevar una vida acorde con la fe y la misión que se quiere asumir:
a).- No haber renunciado a la fe católica.
b).- Si es casado, haber recibido el sacramento del matrimonio, casado por la Iglesia, no sólo por lo civil.
c).- Ser cristiano practicante.
d).- Dar ejemplo de una vida honrada en su trabajo, negocio, familia, etc.
e).- Asistir a la catequesis de preparación del Bautismo que ofrece la parroquia.
4.- Manifestar por escrito estar dispuesto a cumplir las obligaciones que se contraen.
(Sínodo Diocesano nº 533)
DIVORCIADOS: ¿PUEDEN SER PADRINOS?
- ¿Un divorciado/a puede ser padrino o madrina de bautismo o confirmación?
Una persona divorciada puede ser padrino o madrina siempre y cuando no esté conviviendo como pareja con otra persona.
BAUTISMO: ¿PUEDE SER PADRINO UN NO CATÓLICO?
- ¿Puede ser padrino o madrina una persona que no sea católico?
No.
Para ser padrino o madrina de bautismo o de confirmación hace falta ser católico, estar confirmado, haya recibido el Santísimo Sacramento (que haya hecho la Primera Comunión) y lleve una vida congruente con la fe y la misión que va a asumir.
BAUTISMO: ¿PUEDO BAUTIZAR EN MI CASA?
No.
Las normas de la Iglesia respecto al lugar donde debe celebrarse el bautismo son bastante claras: el bautismo debe ser celebrado en la iglesia parroquial.
Dice el Código de Derecho Canónico:
canon 857:
1- Fuera del caso de necesidad, el lugar propio para el bautismo es una iglesia u oratorio.
2- Como norma general, el adulto debe bautizarse en la iglesia parroquial propia, y el niño en la iglesia parroquial de sus padres, a no ser que una causa justa aconseje otra cosa.
c. 859:
Si, por la lejanía u otras circunstancias, el que ha de ser bautizado, no puede ir o ser llevado sin grave inconveniente a la iglesia parroquial o aquella otra iglesia u oratorio de que se trata en el c.858.2, puede y debe conferirse el bautismo en otra iglesia u oratorio más cercanos, o en otro lugar decente.
c.860:
1- Fuera del caso de necesidad, no debe administrarse el bautismo en casas particulares, a no ser que el Ordinario del lugar (el Obispo) lo hubiera permitido por causa grave.
2- A no ser que el Obispo diocesano establezca otra cosa, el bautismo no debe celebrarse en los hospitales, exceptuando el caso de necesidad o cuando lo exija otra razón pastoral.
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 _________________ http://www.retazosypuntadas.blogspot.com Retazos y puntadas
http://www.foros.catholic.net/viewtopic.php?p=805997#805997 El cura de Ars
http://puntadasdesantos.blogspot.comSantoral del dia |
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Scarlett* Veterano
Registrado: 21 Nov 2007 Mensajes: 1623
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Publicado:
Jue Mar 26, 2009 2:32 am Asunto:
Tema: Quiero compartir mi alegría con todos. |
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Paz y bien.
FELICIDADES, ISADORA!!!
Gracias a Dios por realizar el milagro de vida en tí.
Dices que está cerca el momento del parto, asi que ya estás preparando todo y que bueno que empieces a pensar en el bautismo.
Basándome en las Preguntas y Respuestas que a continuación te comparto, entiendo que tus mellizos pueden tener uno o dos padrinos cada uno por separado o compartir los mismos padrinos.
En cuanto a la pregunta de la novena, creo que no hay problema si haces una novena tras otra, sin transición. Las novenas, rosarios, etc. son devociones que ayudan a fomentar y mantener la fé encendida en tí.
Normalmente se realizan 9 días antes de la fecha del santo al que se le pide interseción, pero no hay reglas para orarlas en determinadas fechas.
Espero haberte sido útil.
un saludo.
Cita: | 1.- ¿Pueden ser padrinos o madrinas sólo dos hombres o dos mujeres a la vez?
No. El Código de derecho canónico en el canon nº 873 especifica:
- Téngase un solo padrino o una sola madrina, o uno y una.
Por tanto la Iglesia no autoriza a que dos personas del mismo sexo actúen como padrinos o madrinas a la vez.
Estas indicaciones son también válidas para el sacramento de la confirmación y del matrimonio católico.
(vea también: Padrinos de boda por la Iglesia )
2.- ¿Los padres pueden ser padrinos de sus hijos?
No. En el canon 874 nº 5 se indica claramente que no lo pueden ser.
3.- Los padrinos ¿Tienen que estar confirmados?
Sí.
4.- Una persona que no sea católica o sea ateo o agnóstico ¿Puede ser padrino?
No. El padrino siempre tiene que ser católico, esa persona en concreto sólo se le puede admitir exclusivamente como testigo del bautismo.
5.- ¿Qué condiciones debe reunir un padrino o madrina?
Es misión de los padrinos del bautismo procurar que sus ahijados sean educados en la fe y en la vida cristiana, ejerciendo esta tarea juntamente con sus padres.
Para ser padrino o madrina de Bautismo, se requiere:
1.- Haber cumplido, al menos, dieciseis años de edad.
2.- Haber recibido el sacramento de la confirmación.
3.- Llevar una vida acorde con la fe y la misión que se quiere asumir:
a).- No haber renunciado a la fe católica.
b).- Si es casado, haber recibido el sacramento del matrimonio, casado por la Iglesia, no sólo por lo civil.
c).- Ser cristiano practicante.
d).- Dar ejemplo de una vida honrada en su trabajo, negocio, familia, etc.
e).- Asistir a la catequesis de preparación del Bautismo que ofrece la parroquia.
4.- Manifestar por escrito estar dispuesto a cumplir las obligaciones que se contraen.
(Sínodo Diocesano nº 533)
DIVORCIADOS: ¿PUEDEN SER PADRINOS?
- ¿Un divorciado/a puede ser padrino o madrina de bautismo o confirmación?
Una persona divorciada puede ser padrino o madrina siempre y cuando no esté conviviendo como pareja con otra persona.
BAUTISMO: ¿PUEDE SER PADRINO UN NO CATÓLICO?
- ¿Puede ser padrino o madrina una persona que no sea católico?
No.
Para ser padrino o madrina de bautismo o de confirmación hace falta ser católico, estar confirmado, haya recibido el Santísimo Sacramento (que haya hecho la Primera Comunión) y lleve una vida congruente con la fe y la misión que va a asumir.
BAUTISMO: ¿PUEDO BAUTIZAR EN MI CASA?
No.
Las normas de la Iglesia respecto al lugar donde debe celebrarse el bautismo son bastante claras: el bautismo debe ser celebrado en la iglesia parroquial.
Dice el Código de Derecho Canónico:
canon 857:
1- Fuera del caso de necesidad, el lugar propio para el bautismo es una iglesia u oratorio.
2- Como norma general, el adulto debe bautizarse en la iglesia parroquial propia, y el niño en la iglesia parroquial de sus padres, a no ser que una causa justa aconseje otra cosa.
c. 859:
Si, por la lejanía u otras circunstancias, el que ha de ser bautizado, no puede ir o ser llevado sin grave inconveniente a la iglesia parroquial o aquella otra iglesia u oratorio de que se trata en el c.858.2, puede y debe conferirse el bautismo en otra iglesia u oratorio más cercanos, o en otro lugar decente.
c.860:
1- Fuera del caso de necesidad, no debe administrarse el bautismo en casas particulares, a no ser que el Ordinario del lugar (el Obispo) lo hubiera permitido por causa grave.
2- A no ser que el Obispo diocesano establezca otra cosa, el bautismo no debe celebrarse en los hospitales, exceptuando el caso de necesidad o cuando lo exija otra razón pastoral.
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