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Scarlett* Veterano
Registrado: 21 Nov 2007 Mensajes: 1623
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Publicado:
Sab Mar 01, 2008 1:06 pm Asunto:
¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda?
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Paz y bien.
Saludos a la gente del foro. Tengo una duda y espero me ayuden a resolverla:
Leí en un artículo de un teólogo:
Bruno Moreno
Físico, teólogo, traductor de lenguas modernas y latín, que escribe en conoze.com, concretamente en el artículo: http://www.conoze.com/doc.php?doc=8111
(Quaestio quodlibetalis II.- El matrimonio entre los no bautizados ¿Dios ayuda o no?) que el sacerdote es únicamente testigo en un matrimonio, que cualquiera puede hacer ésta función. Desconosco acerca de ésto y me interesa saber qué hay de cierto o en donde buscar la información correspondiente:
Dice concretamente:
Cita: | 2. Si los contrayentes son los ministros, ¿por qué la celebración con sacerdote? ¿No basta una celebración «privada», con dos testigos y los esposos?
Es cierto que la presencia del sacerdote no es absolutamente necesaria. Como los ministros del sacramento son los esposos, lo único que hace falta son testigos.
Eso sí, la Iglesia exige una serie de características en los testigos: que sean mayores de edad, en pleno uso de sus facultades, etc. y pide que uno de ellos sea un "testigo cualificado", es decir, un sacerdote o un diácono, que se supone que saben lo que es el matrimonio cristiano, que habrán advertido de ello a los contrayentes, que cumplirán las formalidades, etc. ¡Pero el sacerdote sólo es un testigo!
Por eso mismo, en zonas en las que no estén disponibles un sacerdote ni un diácono, el "testigo cualificado" aceptado por la Iglesia puede ser otra persona. Y, por supuesto, no tiene porqué ser un hombre: en Sudamérica, en algunos casos excepcionales, se ha encargado de ello a monjas. |
¿Es ésto cierto?
Gracias por su ayuda. No sé realmente si éste es el sitio para resolver ésta duda. Espero que sí. Gracias. _________________ http://www.retazosypuntadas.blogspot.com Retazos y puntadas
http://www.foros.catholic.net/viewtopic.php?p=805997#805997 El cura de Ars
http://puntadasdesantos.blogspot.comSantoral del dia |
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David Quiroa Veterano
Registrado: 26 Oct 2006 Mensajes: 2901
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Publicado:
Sab Mar 01, 2008 1:09 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Sí, es cierto. |
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Christifer Moderador

Registrado: 13 Oct 2006 Mensajes: 3082 Ubicación: Regnum Granatense
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Publicado:
Sab Mar 01, 2008 1:17 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Aquí dejo lo que pone el Catecismo de la Iglesia:
1623 Según la tradición latina, los esposos, como ministros de la gracia de Cristo, manifestando su consentimiento ante la Iglesia, se confieren mutuamente el sacramento del matrimonio. En las tradiciones de las Iglesias orientales, los sacerdotes –Obispos o presbíteros– son testigos del recíproco consentimiento expresado por los esposos (cf. CCEO, can. 817), pero también su bendición es necesaria para la validez del sacramento (cf CCEO, can. 828). _________________
Todo lo que quiso saber sobre la Tumba Apostólica de Santiago el Mayor AQUÍ |
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Luciana Belén Moderador

Registrado: 21 Nov 2005 Mensajes: 4928 Ubicación: La Plata, Argentina
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Publicado:
Sab Mar 01, 2008 2:59 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Holas Scarlett!
Es cierto en el Rito Latino.
En el Rito Armenio por ejemplo, la presencia del sacerdote es necesaria para el Sacramento.
En unión de oraciones! Luciana. _________________
"Aspira a lo celeste que siempre dura, fiel y rico en promesas Dios no se muda." |
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Leandro del Santo Rosario Moderador

Registrado: 24 Mar 2006 Mensajes: 3567 Ubicación: Buenos Aires, Argentina.
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Publicado:
Dom Mar 02, 2008 4:33 am Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Del Código de Derecho Canónico:
http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P3Y.HTM
Cita: | CAPÍTULO V
DE LA FORMA DE CELEBRAR EL MATRIMONIO
1108 § 1. Solamente son válidos aquellos matrimonios que se contraen ante el Ordinario del lugar o el párroco, o un sacerdote o diácono delegado por uno de ellos para que asistan, y ante dos testigos, de acuerdo con las reglas establecidas en los cánones que siguen, y quedando a salvo las excepciones de que se trata en los cc. ⇒ 144, ⇒ 1112 § 1, ⇒ 1116 y ⇒ 1127 § § 1 y 2.
§ 2. Se entiende que asiste al matrimonio sólo aquel que, estando presente, pide la manifestación del consentimiento de los contrayentes y la recibe en nombre de la Iglesia.
1109 El Ordinario del lugar y el párroco, a no ser que por sentencia o por decreto estuvieran excomulgados, o en entredicho, o suspendidos del oficio, o declarados tales, en virtud del oficio asisten válidamente en su territorio a los matrimonios no sólo de los súbditos, sino también de los que no son súbditos, con tal de que uno de ellos sea de rito latino.
1110 El Ordinario y el párroco personales, en razón de su oficio sólo asisten válidamente al matrimonio de aquellos de los que uno al menos es súbdito suyo, dentro de los límites de su jurisdicción.
1111 § 1. El Ordinario del lugar y el párroco, mientras desempeñan válidamente su oficio, pueden delegar a sacerdotes y a diáconos la facultad, incluso general, de asistir a los matrimonios dentro de los límites de su territorio.
§ 2. Para que sea válida la delegación de la facultad de asistir a los matrimonios debe otorgarse expresamente a personas determinadas; si se trata de una delegación especial, ha de darse para un matrimonio determinado, y si se trata de una delegación general, debe concederse por escrito.
1112 § 1. Donde no haya sacerdotes ni diáconos, el Obispo diocesano, previo voto favorable de la Conferencia Episcopal y obtenida licencia de la Santa Sede, puede delegar a laicos para que asistan a los matrimonios.
§ 2. Se debe elegir un laico idóneo, capaz de instruir a los contrayentes y apto para celebrar debidamente la liturgia matrimonial.
1113 Antes de conceder una delegación especial, se ha de cumplir todo lo establecido por el derecho para comprobar el estado de libertad.
1114 Quien asiste al matrimonio actúa ilícitamente si no le consta el estado de libertad de los contrayentes a tenor del derecho y si, cada vez que asiste en virtud de una delegación general, no pide licencia al párroco, cuando es posible.
1115 Se han de celebrar los matrimonios en la parroquia donde uno de los contrayentes tiene su domicilio o cuasidomicilio o ha residido durante un mes, o, si se trata de vagos, en la parroquia donde se encuentran en ese momento; con licencia del Ordinario propio o del párroco propio se pueden celebrar en otro lugar.
1116 § 1. Si no hay alguien que sea competente conforme al derecho para asistir al matrimonio, o no se puede acudir a él sin grave dificultad, quienes pretenden contraer verdadero matrimonio pueden hacerlo válida y lícitamente estando presentes sólo los testigos:
1 en peligro de muerte;
2 fuera de peligro de muerte, con tal de que se prevea prudentemente que esa situación va a prolongarse durante un mes.
§ 2. En ambos casos, si hay otro sacerdote o diácono que pueda estar presente, ha de ser llamado y debe presenciar el matrimonio juntamente con los testigos, sin perjuicio de la validez del matrimonio sólo ante testigos.
1117 La forma arriba establecida se ha de observar si al menos uno de los contrayentes fue bautizado en la Iglesia católica o recibido en ella y no se ha apartado de ella por acto formal, sin perjuicio de lo establecido en el ⇒ c. 1127 § 2.
1118 § 1. El matrimonio entre católicos o entre una parte católica y otra parte bautizada no católica se debe celebrar en una iglesia parroquial; con licencia del Ordinario del lugar o del párroco puede celebrarse en otra iglesia u oratorio.
§ 2. El Ordinario del lugar puede permitir la celebración del matrimonio en otro lugar conveniente.
§ 3. El matrimonio entre una parte católica y otra no bautizada podrá celebrarse en una iglesia o en otro lugar conveniente.
1119 Fuera del caso de necesidad, en la celebración del matrimonio se deben observar los ritos prescritos en los libros litúrgicos aprobados por la Iglesia o introducidos por costumbres legítimas.
1120 Con el reconocimiento de la Santa Sede, la Conferencia Episcopal puede elaborar un rito propio del matrimonio, congruente con los usos de los lugares y de los pueblos adaptados al espíritu cristiano; quedando, sin embargo, en pie la ley según la cual quien asiste al matrimonio estando personalmente presente, debe pedir y recibir la manifestación del consentimiento de los contrayentes.
1121 § 1. Después de celebrarse el matrimonio, el párroco del lugar donde se celebró o quien hace sus veces, aunque ninguno de ellos hubiera asistido al matrimonio, debe anotar cuanto antes en el registro matrimonial los nombres de los cónyuges, del asistente y de los testigos, y el lugar y día de la celebración, según el modo prescrito por la Conferencia Episcopal o por el Obispo diocesano.
§ 2. Cuando se contrae el matrimonio según lo previsto en el ⇒ c. 1116, el sacerdote o el diácono, si estuvo presente en la celebración, o en caso contrario los testigos, están obligados solidariamente con los contrayentes a comunicar cuanto antes al párroco o al Ordinario del lugar que se ha celebrado el matrimonio.
§ 3. Por lo que se refiere al matrimonio contraído con dispensa de la forma canónica, el Ordinario del lugar que concedió la dispensa debe cuidar de que se anote la dispensa y la celebración en el registro de matrimonios, tanto de la curia como de la parroquia propia de la parte católica, cuyo párroco realizó las investigaciones acerca del estado de libertad; el cónyuge católico está obligado a notificar cuanto antes al mismo Ordinario y al párroco que se ha celebrado el matrimonio, haciendo constar también el lugar donde se ha contraído, y la forma pública que se ha observado.
1122 § 1. El matrimonio ha de anotarse también en los registros de bautismos en los que está inscrito el bautismo de los cónyuges.
§ 2. Si un cónyuge no ha contraído matrimonio en la parroquia en la que fue bautizado, el párroco del lugar en el que se celebró debe enviar cuanto antes notificación del matrimonio contraído al párroco del lugar donde se administró el bautismo.
1123 Cuando se convalida un matrimonio para el fuero externo, o es declarado nulo, o se disuelve legítimamente por una causa distinta de la muerte, debe comunicarse esta circunstancia al párroco del lugar donde se celebró el matrimonio, para que se haga como está mandado la anotación en los registros de matrimonio y de bautismo. |
_________________
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Scarlett* Veterano
Registrado: 21 Nov 2007 Mensajes: 1623
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Publicado:
Sab Mar 08, 2008 7:03 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Gracias, Leandro
Gracias, Luciana, Cristopher y David.
Wikipedia
Cita: | Los sacramentos -en la teología de la Iglesia católica- son signos sensibles y eficaces de la gracia invisible de Dios a través de los cuales se otorga la vida divina, es decir, ofrecen al creyente el ser hijos adoptivos de Dios. Fueron instituidos por Jesucristo y confiados a la Iglesia.
Los sacramentos se administran en distintos momentos de la vida del cristiano y simbólicamente la abarcan por entero, desde el bautismo (que se suele administrar a los niños) hasta la unción de los enfermos (que antes del Concilio Vaticano II se aplicaba sólo a los que estuvieran en peligro de muerte).
La mayoría de los sacramentos sólo pueden ser administrados por un sacerdote. El bautismo, en ocasiones excepcionales, puede ser administrado por cualquier seglar, o incluso no cristiano, que tenga la intención de hacer con el signo lo que la Iglesia hace. Además, en el sacramento del matrimonio los ministros son los mismos contrayentes.
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Catecismo de la Iglesia Catolica
Cita: | II La celebración del Matrimonio
1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En la Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf LG 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en Cristo (cf 1 Co 10,17).
1622 "En cuanto gesto sacramental de santificación, la celebración del matrimonio...debe ser por sí misma válida, digna y fructuosa" (FC 67). Por tanto, conviene que los futuros esposos se dispongan a la celebración de su matrimonio recibiendo el sacramento de la penitencia.
1623 Según la tradición latina, los esposos, como ministros de la gracia de Cristo, manifestando su consentimiento ante la Iglesia, se confieren mutuamente el sacramento del matrimonio. En las tradiciones de las Iglesias orientales, los sacerdotes –Obispos o presbíteros– son testigos del recíproco consentimiento expresado por los esposos (cf. CCEO, can. 817), pero también su bendición es necesaria para la validez del sacramento (cf CCEO, can. 828).
1624 Las diversas liturgias son ricas en oraciones de bendición y de epíclesis pidiendo a Dios su gracia y la bendición sobre la nueva pareja, especialmente sobre la esposa. En la epíclesis de este sacramento los esposos reciben el Espíritu Santo como Comunión de amor de Cristo y de la Iglesia (cf. Ef 5,32). El Espíritu Santo es el sello de la alianza de los esposos, la fuente siempre generosa de su amor, la fuerza con que se renovará su fidelidad.
III El consentimiento matrimonial
1625 Los protagonistas de la alianza matrimonial son un hombre y una mujer bautizados, libres para contraer el matrimonio y que expresan libremente su consentimiento. "Ser libre" quiere decir:
— no obrar por coacción;
— no estar impedido por una ley natural o eclesiástica.
1626 La Iglesia considera el intercambio de los consentimientos entre los esposos como el elemento indispensable "que hace el matrimonio" (CIC, can. 1057,1). Si el consentimiento falta, no hay matrimonio.
1627 El consentimiento consiste en "un acto humano, por el cual los esposos se dan y se reciben mutuamente" (GS 48,1; cf CIC, can. 1057,2): "Yo te recibo como esposa" - "Yo te recibo como esposo" (OcM 45). Este consentimiento que une a los esposos entre sí, encuentra su plenitud en el hecho de que los dos "vienen a ser una sola carne" (cf Gn 2,24; Mc 10,8; Ef 5,31). |
Llevó 26 años de casada y acabo de enterarme que me casé con mi esposo y él conmigo jajjaja.
Normalmente decimos:"El padrecito me casó". "El Padre dijo que...."
Y la verdad es que yo lo acepté a él y él a mí.
Ya lo dice la canción: "Tú me juraste amor sincero, usando de testigo a Dios ante un altar".
A mí se me hacía medio fea la cancioncita. Y es cierta.
Dios nos une, pero respetando nuestro libre albeldrio acepta nuestra unión, porque nosotros así lo quisimos, asi nos aceptamos uno al otro.
Con razón no es válido el divorcio. Si yo acepté voluntariamente a quien yo quise voluntariamente, ¿cómo puedo ser tan ilógica después de decir: 'fijate que siempre no"?
Pues que, a qué jugamos, ¿verdad?
Gracias por sus respuestas. Me es muy útil. _________________ http://www.retazosypuntadas.blogspot.com Retazos y puntadas
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Luciana Belén Moderador

Registrado: 21 Nov 2005 Mensajes: 4928 Ubicación: La Plata, Argentina
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Publicado:
Sab Mar 08, 2008 7:50 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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[quote="Scarlett*"]Catecismo de la Iglesia Catolica
Cita: | II La celebración del Matrimonio
1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En la Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf LG 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en Cristo (cf 1 Co 10,17). |
Esto es espectacular!
Casamiento con Misa!!!
Habría que recomendarselos a todos los católicos! Ya que hoy día, lamentablemente..solo celebran el Sacramento del Matrimmonio en media hora y sin Misa ni Comunión por parte de los contrayentes siquiera.
Sería genial recibir tres sacramentos el mismo día! Confesión, Comunión y Matrimonio! _________________
"Aspira a lo celeste que siempre dura, fiel y rico en promesas Dios no se muda." |
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Ceci* + Moderador

Registrado: 10 Sep 2006 Mensajes: 8440 Ubicación: La tierra del Inka, que le sol ilumina por que Dios lo Manda
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Publicado:
Lun Mar 24, 2008 1:33 am Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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[quote="Luciana Belén"] Scarlett* escribió: | Catecismo de la Iglesia Catolica
Cita: | II La celebración del Matrimonio
1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En la Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf LG 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en Cristo (cf 1 Co 10,17). |
Esto es espectacular!
Casamiento con Misa!!!
Habría que recomendarselos a todos los católicos! Ya que hoy día, lamentablemente..solo celebran el Sacramento del Matrimmonio en media hora y sin Misa ni Comunión por parte de los contrayentes siquiera.
Sería genial recibir tres sacramentos el mismo día! Confesión, Comunión y Matrimonio! |
Aqui casi todas las bodas son con misa, me resultaria raro que no fuera asi _________________ "El Amor es lo único que se multiplica cuando se reparte"
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Luciana Belén Moderador

Registrado: 21 Nov 2005 Mensajes: 4928 Ubicación: La Plata, Argentina
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Publicado:
Lun Mar 24, 2008 1:44 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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En Argentina es asi. _________________
"Aspira a lo celeste que siempre dura, fiel y rico en promesas Dios no se muda." |
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marina Veterano
Registrado: 13 Oct 2005 Mensajes: 3909
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Publicado:
Lun Mar 24, 2008 5:19 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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no sabia eso luciana!!
aca la boda es con misa y toda la cosa
pense que asi era en todos lados |
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Luciana Belén Moderador

Registrado: 21 Nov 2005 Mensajes: 4928 Ubicación: La Plata, Argentina
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Publicado:
Mar Mar 25, 2008 1:59 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Me alegra saber que se casan con Misa en otros paìses, por estos lados..vamos a tener que imponernos y pedirla expresamente _________________
"Aspira a lo celeste que siempre dura, fiel y rico en promesas Dios no se muda." |
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Bernardo Asiduo
Registrado: 10 Nov 2005 Mensajes: 157 Ubicación: México DF
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Publicado:
Mar Mar 25, 2008 8:12 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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[quote="Luciana Belén"] Scarlett* escribió: | Catecismo de la Iglesia Catolica
Cita: | II La celebración del Matrimonio
1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En la Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf LG 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en Cristo (cf 1 Co 10,17). |
Esto es espectacular!
Casamiento con Misa!!!
Habría que recomendarselos a todos los católicos! Ya que hoy día, lamentablemente..solo celebran el Sacramento del Matrimmonio en media hora y sin Misa ni Comunión por parte de los contrayentes siquiera.
Sería genial recibir tres sacramentos el mismo día! Confesión, Comunión y Matrimonio! |
Aquí en México igual el Matrimonio es con Misa, de hecho la parte del Matrimonio en sí es después del Evangelio. Ahora que han venido tantos Argentinos habrá que "re-educarlos" y mandarlos de nuevos misioneros en esto!!!!!!
Ah y como dijeron antes, para las Iglesias Orientales si es indispensable la bendición del Sacerdote o el Obispo para la validez del Sacramento, según el Catecismo y el Código de Cánones para las Iglesias Orientales.
En Cristo y la Theotokos |
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Luciana Belén Moderador

Registrado: 21 Nov 2005 Mensajes: 4928 Ubicación: La Plata, Argentina
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Publicado:
Jue Mar 27, 2008 2:29 am Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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Bernardo escribió: | Aquí en México igual el Matrimonio es con Misa, de hecho la parte del Matrimonio en sí es después del Evangelio. Ahora que han venido tantos Argentinos habrá que "re-educarlos" y mandarlos de nuevos misioneros en esto!!!!!! |
siiii Bernardo!!!
buena idea!!!
y a proposito: Bienvenido a los foros!
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"Aspira a lo celeste que siempre dura, fiel y rico en promesas Dios no se muda." |
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maria i. santana Esporádico
Registrado: 31 Mar 2008 Mensajes: 40 Ubicación: San Juan, Puerto Rico
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Publicado:
Lun Mar 31, 2008 7:56 pm Asunto:
Tema: ¿Sólo es sacerdote puede ser testigo de una boda? |
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[quote="Bernardo"] Luciana Belén escribió: | Scarlett* escribió: | Catecismo de la Iglesia Catolica
Cita: | II La celebración del Matrimonio
1621 En el rito latino, la celebración del matrimonio entre dos fieles católicos tiene lugar ordinariamente dentro de la Santa Misa, en virtud del vínculo que tienen todos los sacramentos con el Misterio Pascual de Cristo (cf SC 61). En la Eucaristía se realiza el memorial de la Nueva Alianza, en la que Cristo se unió para siempre a la Iglesia, su esposa amada por la que se entregó (cf LG 6). Es, pues, conveniente que los esposos sellen su consentimiento en darse el uno al otro mediante la ofrenda de sus propias vidas, uniéndose a la ofrenda de Cristo por su Iglesia, hecha presente en el sacrificio eucarístico, y recibiendo la Eucaristía, para que, comulgando en el mismo Cuerpo y en la misma Sangre de Cristo, "formen un solo cuerpo" en Cristo (cf 1 Co 10,17). |
Esto es espectacular!
Casamiento con Misa!!!
Habría que recomendarselos a todos los católicos! Ya que hoy día, lamentablemente..solo celebran el Sacramento del Matrimmonio en media hora y sin Misa ni Comunión por parte de los contrayentes siquiera.
Sería genial recibir tres sacramentos el mismo día! Confesión, Comunión y Matrimonio! |
Aquí en México igual el Matrimonio es con Misa, de hecho la parte del Matrimonio en sí es después del Evangelio. Ahora que han venido tantos Argentinos habrá que "re-educarlos" y mandarlos de nuevos misioneros en esto!!!!!!
Ah y como dijeron antes, para las Iglesias Orientales si es indispensable la bendición del Sacerdote o el Obispo para la validez del Sacramento, según el Catecismo y el Código de Cánones para las Iglesias Orientales.
En Cristo y la Theotokos |
Aca en Puerto Rico puedes usar cualquiera de los dos ritos con o sin Misa. No me gustan las bodas con el diacono, gracias a Dios mis hijas se casaron con el sacerdote. |
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